Expertos afirman que impuesto a servicios digitales va en línea con recomendaciones OCDE

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Si bien la tasa sugerida por el organismo está por determinarse, algunos países ya han avanzado en la materia, como Argentina que aplica el IVA de 21%. Comercio mantiene las dudas tras anuncio.


El anuncio que había hecho el ministerio de Hacienda respecto de cobrar un tributo a las empresas de servicios digitales como Netflix o Spotify, se materializó en el proyecto de reforma tributaria.

El ministro Felipe Larraín comentó ayer que este sería del 10%, aplicable a los servicios digitales prestados por plataformas extranjeras y que se utilicen en Chile por personas naturales. Se espera que esto se traspase a precio, pues el agente recaudador sería el emisor de la tarjeta de crédito u otro instrumento de pago del servicio.

Las empresas del sector, como Netflix, habían realizado un fuerte lobby en Chile al respecto a nivel parlamentario y del gobierno central.

En este grupo de empresas que pagarán el tributo no se considerará a aplicaciones de transporte como Uber y Cabify, ya que esto se verá en la legislación particular que se tramita en el Congreso; ni tampoco aquellas ligadas al comercio digital, pues esa fiscalización corresponde a Aduanas, explicó Hacienda.

El socio de Impuestos de Deloitte, Hugo Hurtado, indicó que la OCDE "estaba recomendando un impuesto similar y la tasa estaba por determinarse, entonces este tema va en línea con el derecho internacional".

Similar opina el socio líder de Impuestos Internacionales de EY Chile, Felipe Espina, quien agrega que a mediados de este año en Argentina se gravan los servicios digitales "prestados por un extranjero cuando el consumidor final es una persona natural".

En el país vecino, la estrategia fue aplicar el IVA (21%) en vez del impuesto a la renta, agregó Espina.

En ese sentido, Hurtado aclaró que "estos países prestan servicios desde países que tienen convenios tributarios con Chile, por lo cual la tributación puede ser tan baja como el cero. Por ejemplo, si tienes una sociedad en el Reino Unido que presta servicios en Chile, aunque haya un impuesto a la renta, este puede ser bloqueado por el convenio. No así cuando se trata de un impuesto distinto. (...) Desde el punto de vista técnico, creo que eso es lo que estaba pensando Hacienda, sin perjuicio que es anticipado dar una opinión sin conocer el detalle".

Dudas del comercio

Tanto la Cámara Nacional de Comercio como la de Cámara de Comercio de Santiago quedaron con más dudas que certezas respecto de este punto. El presidente de la CNC Manuel Melero indicó que se trata de un anuncio incompleto "dado que la realidad de las plataformas es muy distintas. (...) No sabemos si se les va a aplicar sólo el impuesto de 10% u otros como el IVA, derechos de internación, etc. Estamos a la espera de mayores precisiones".

En la misma línea, el gerente de Estudios de la CCS George Lever sostuvo que más que desarrollar un nuevo impuesto "el objetivo original era generar equidad tributaria para actores locales e internacionales en base a la legislación vigente. En tal sentido, parece más adecuado determinar en qué casos corresponde gravar con IVA (al igual que a operadores locales) y aplicarlo de acuerdo a lo que corresponde".

Dicen

Hugo Hurtado (socio de impuestos Deloitte): "La OCDE estaba recomendando un impuesto similar y la tasa estaba por determinarse. Entonces, ese tema va en línea con el derecho internacional".

Felipe Espina (socio EY Chile): "Estos servicios prestan servicios desde países que tienen convenios tributarios con Chile, por lo cual la tributación puede ser tan baja como cero",

Manuel Melero (presidente CNC): "Valoramos que se avance en la regulación tributaria de las plataformas digitales, ya que es un tema, junto al de apoyo a las pymes, que hemos impulsado desde la CNC".

Uber: "Uber considera fundamental conocer el texto del proyecto en su totalidad antes de emitir una evaluación sobre el mismo".

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