Los cambios al SEIA

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Aun cuando la experiencia y los hechos demuestran la conveniencia y lo acertado de la decisión de terminar con las Comisiones de Evaluación y con el Comité de Ministros, es de la mayor relevancia pensar con mucha responsabilidad la nueva institución que se propone para radicar la decisión de la calificación ambiental de los proyectos de inversión.

La propuesta institucional que se postula para resolver la calificación ambiental de los proyectos en el SEIA consiste en la instalación de tres "Comisiones Macrozonales de Evaluación", integradas por el director macrozonal del SEA, el intendente regional y el secretario regional ministerial de Medio Ambiente de la región donde se ejecutará el proyecto, más dos miembros designados por el Presidente de la República y dos profesionales especialistas.

Esta nueva fórmula institucional, aun cuando innova en la estructura orgánica y postula una cobertura espacial macrozonal, persevera en la vieja concepción de una instancia colegiada de configuración política que replica el actual modelo. Esto es, se persiste en incorporar autoridades políticas o de gobierno en las decisiones de la calificación ambiental, aun cuando dicho esquema institucional históricamente ha demostrado serias inconsistencias al estar cruzado por variables políticas, electorales, económicas u otras que en nada se vinculan con la evaluación ambiental y tampoco agregan valor al mismo.

Luego de más de veinte años de operación del instrumento, en la actualidad es un hecho indesmentible que la calificación ambiental de un proyecto, solo será abordada adecuadamente cuando la institución que resuelva esa calificación esté revestida del profesionalismo necesario y de la autonomía suficiente que le permita abstraerse de cualquier gobierno de turno, de intereses políticos particulares o de conveniencias pretendidas por el mundo empresarial.

Al eliminar las Comisiones de Evaluación y el Comité de Ministros, resultaría mucho más eficiente que las potestades radicadas en esas instancias pasaran a formar parte de las atribuciones del SEA, entidad que presenta la madurez suficiente para sobrellevar la responsabilidad de la calificación ambiental de los proyectos. Es más, en los hechos siempre han sido los funcionarios y directivos del SEA (antes la Conama), quienes han debido sostener y fundamentar las decisiones de las calificaciones ambientales y de asumir la defensa de las mismas ante la comunidad, los titulares y, con especial relevancia, ante los Tribunales de Justicia.

En consecuencia, y a juzgar por los hechos, pareciera ser que resulta de mucha mayor consistencia que la atribución de la calificación ambiental definitivamente sea radicada, no en la instancia macrozonal que se propone y que será necesario instalar a costa de la desarticulación de las Direcciones Regionales del SEA, sino que en el propio Servicio de Evaluación Ambiental, institución que debería ser reforzada profesionalmente y revestida de facultades que le entreguen la autonomía política y la entidad necesaria para resolver la calificación ambiental, en el marco de las reglas técnicas y jurídicas que orientan y conducen la evaluación ambiental.

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