Pascua Lama no se rinde, busca evitar clausura y acusa de "sesgada y prejuiciosa" a la SMA
Hoy comenzaron los alegatos en el Primer Tribunal Ambiental con sede en Antofagasta, donde la compañía dueña del proyecto minero solicitó que la resolución que ordena el cierre de la obra quede sin efecto. En tanto, la Superintendencia de Medio Ambiente pidió que las sanciones cuestionadas sean confirmadas.
Un nuevo capítulo sumó el emblemático proyecto minero Pascua Lama, de la canadiense Barrick. Esto, luego que hoy el Tribunal Ambiental de Antofagasta diera inicio a los alegatos por las reclamaciones de la empresa, que acusó ilegalidad de la solicitud de la SMA de clausurar la faena.
El caso tiene su origen en la decisión de la Corte Suprema de ordenar al tribunal que revise su decisión en que acogió la petición de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) e impuso la máxima sanción contra Pascua Lama, esto es, el cierre definitivo y total del proyecto minero, que se concibió como el primero de carácter binacional del mundo y que se ubica en la frontera de la región de Atacama y la provincia transandina de San Juan.
El primero en intervenir en la audiencia fue el abogado de la Compañía Minera Nevada (filial de Barrick), Patricio Leyton, quien pidió que la resolución de la SMA quede sin efecto y que se dicte una nueva resolución, esta vez ajustada a derecho. Además, advirtió que si la clausura es definitiva y total, sería el equivalente a la pena de muerte en derecho ambiental.
En su opinión, en este caso la SMA "habló de manera sesgada y prejuiciosa, presumió intencionalidad sin considerar los actos positivos de la empresa por llevar al cumplimiento, sancionó por circunstancias que no fueron objeto de cargo, afectando su derecho de defensa".
Leyton dijo además que la Superintendencia ha infringido los principios más básicos que se establecen en el ordenamiento jurídico, entre los que mencionó el principio de imparcialidad, al actuar de una manera sesgada y contra los intereses de su representada. También señaló que la SMA no respetó el principio de culpabilidad, al establecer presunciones de intencionalidad; y el de congruencia, en circunstancias que no fue por objeto de los cargos. "Se discrimina arbitrariamente, pues se sanciona con la pena más severa que establece nuestro ordenamiento jurídico, mientras en otros casos de mayor entidad se sancionó con penas o sanciones menores", concluyó el representante de la empresa.
En tanto, el abogado Emanuel Ibarra, quien defendió a la SMA, señaló que la decisión de clausura que se aplicaron es proporcionada y correcta. "Nos enfrentamos a un proyecto que con su actuar, ha reflejado un carácter de incumplimiento negligente con sus obligaciones (....). Todo el actuar de Pascua Lama, ha reflejado que su historia e instrumento, impide que se relacionen de manera saludable y correcta con el medio ambiental y comunidad", dijo.
Más duro en el tono, el abogado Álvaro Toro -representante de la comunidad Valle del Alto-, acusó a la empresa derechamente de victimizarse. "La actitud de transgredir, de no cumplir los compromisos y obligaciones ambientales es permanente", puntualizó.
Senado avanza con proyecto de delitos ambientales
Hoy, en la comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado hubo avances con el proyecto que sancionan delitos contra el medio ambiente y daños ambientales.
En la instancia, los parlamentarios aprobaron cinco de diez indicaciones consensuadas entre gobierno y oposición, quedando las demás pendientes.
Dentro de lo aprobado destaca el artículo que crea una multa de hasta 10.000 UTM al que vierta en el aire, suelo o subsuelo agentes contaminantes que pongan en peligro la salud animal o vegetal.
Otro artículo castiga con hasta con 500 UTM a quien, a sabiendas, presentare o mandare presentar información falsa en una solicitud de calificación ambiental en un plan de reparación o en un programa de cumplimiento.
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