Regulador decide no caducar la concesión de Essal, pero mantiene histórica multa por cortes de agua en Osorno
La Superintendencia de Servicios Sanitarios señaló que los nuevos dueños, la empresa canadiense Algonquin Power & Utilities Corp. han logrado mantener un estándar de continuidad y regularidad.
Ls Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) informó este viernes que resolvió no caducar la concesión de Essal, aunque mantuvo la histórica multa aplicada a la empresa por los cortes de suministro que afectaron a la ciudad de Osorno entre el 11 y el 21 de julio de 2019.
“Considerando que los actuales dueños de la concesión, la empresa canadiense Algonquin Power & Utilities Corp., ha logrado mantener un estándar de continuidad y regularidad que no hace pertinente ni oportuno que sea alterado, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, a propuesta del fiscal instructor, ha decidido no proponer la caducidad de las concesiones de agua potable de Osorno y sí proceder con las sanciones a Essal S.A., empresa responsable por los hechos ocurridos”, dijo la entidad.
Al respecto el organismo explicó que el proceso de caducidad de una concesión tiene como objetivo garantizar a la población, y al ente regulador, la adecuada y segura prestación futura del servicio y que la forma en que opera es interviniendo al actual concesionario y obligando a licitar la concesión para determinar la llegada de uno nuevo (los montos obtenidos en dicha licitación son recibidos por el antiguo concesionario).
“Sin embargo, en este caso, habiendo los dueños de la empresa Essal. vendido las concesiones de Osorno, y todas las restantes, a un nuevo dueño en octubre 2020, no se considera necesario proceder en este sentido puesto que la nueva administración ha logrado cumplir con las exigencias y asegurar debidamente dichos servicios y derechos de los usuarios”, afirmó.
El proceso administrativo de caducidad de la concesión debido a los cortes de suministro se había iniciado cuando Aguas Andinas era la controladora de la sanitaria de Los Lagos. Pero en octubre del año pasado Aguas Andinas cerró la venta del 100% de su participación directa e indirecta en Essal, a la canadiense Algonquin Power & Utilities en una transacción que sumó unos US$90 millones.
Histórica multa
En agosto de 2020 la SISS aplicó a Essal la multa más alta en materia de agua potable por los cortes que afectaron a Osorno en julio del año anterior, debido a la contaminación con petróleo diésel de la planta de agua potable Caipulli, tras un derrame.
La sanción fue de 2.720 Unidades Tribuntarias Anuales (UTA) correspondió al máximo que permite la ley según el tipo de infracción en seis de los nueve cargos formulados a la empresa, la que apeló mediante un recurso de reposición.
Sin embargo, la SISS informó que “tras un análisis exhaustivo del recurso de reposición interpuesto por la sanitaria, se ha determinado que es responsable de cada uno de los nueve cargos en su contra y que, en consecuencia, se mantiene la multa equivalente a $1.697.443.200, la mayor sanción monetaria interpuesta a un concesionario por infracciones de esta naturaleza”.
Dicha multa es adicional a los $5.927.578.099 que la empresa debió pagar para compensar a los 47.519 usuarios afectados por este corte de suministro, en virtud de lo dispuesto por la ley del consumidor.
Los cargos
El detalles de los cargos y las multas es el siguiente:
- Haber incurrido en deficiencias en la calidad del servicio de producción y distribución de agua potable, esto luego de haber suministrado agua en condiciones distintas a las establecidas en la norma chilena.
- Sanción: 50 UTA
- Haber incurrido en deficiencias en la continuidad del servicio de distribución de agua potable, al haber incurrido en un corte no programado entre los días 11 y 17 de julio de 2019.
- Sanción: 50 UTA
- Haber incurrido en deficiencias en la continuidad del servicio de distribución de agua potable, al haber incurrido en un corte no programado entre los días 17 y 21 de julio de 2019.
- Sanción: 50 UTA
- Haber afectado a la generalidad de la población con la falta de operación de la Planta de Tratamiento de Agua Potable Caipulli, lo que no solo implicó que un 97,9% de los clientes en el primer corte y un 50,6% en el segundo dejaran de recibir suministro de agua potable, sino que repercutió en el normal desarrollo de la comunidad.
- Sanción: 900 UTA
- Haber puesto en peligro la salud de la población, por no haber ejecutado medidas preventivas y correctivas adecuadas y efectivas para hacer frente a la prolongada falta de suministro.
- Sanción: 900 UTA
- Haber infringido las instrucciones entregadas por la SISS y no haber cumplido los estándares definidos respecto al accionar en situaciones de emergencias.
- Sanción: 100 UTA
- Por no haber cumplido la instrucción de otorgar suministro alternativo.
- Sanción: 100 UTA
- Tras haber sido fiscalizado y haber constatado que no se estaba dando cumplimiento a instrucciones entregadas por la SISS, como consta en acta N° 14.049, por no haber contestado oportunamente el correo enviado por el Jefe Regional, el cual tenía como finalidad informar con urgencia a distintas autoridades.
- Sanción: 70 UTA
- Haber entregado información manifiestamente errónea a las autoridades y a la población a través de correos electrónicos y lo publicado en la página web, donde se comunicaban erradamente las causas del corte del suministro, estimación del tiempo de reposición y los puntos de abastecimiento alternativo.
- Sanción: 500 UTA
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