SII activa opción para que afectados por incendios forestales pidan rebaja de contribuciones
Para solicitar este beneficio los dueños u ocupantes de un inmueble deberán presentar una solicitud de manera presencial
El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó este martes la resolución N°22, que establece el procedimiento para que propietarios u ocupantes de inmuebles afectados por incendios forestales en las zonas de catástrofe puedan solicitar rebaja en el avalúo o en las contribuciones.
Para solicitar esta rebaja, los dueños u ocupantes de un inmueble afectados por los incendios deberán presentar una solicitud de manera presencial o en sii.cl a través de una petición administrativa, acompañando los antecedentes necesarios para acreditar la afectación de los inmuebles producto del siniestro y su efecto en la disminución del valor del bien raíz, tales como fotografías u otros antecedentes emitidos por órganos de la Administración del Estado en el ejercicio de sus atribuciones (Municipalidades, Secretarías Regionales Ministeriales, Gobiernos Regionales, etc.) o por otras entidades públicas o privadas encargadas de prestar ayuda en dicha clase de emergencias.
El SII también podrá efectuar directamente, sin necesidad de una solicitud previa, modificaciones de avalúos y contribuciones de inmuebles en las zonas de catástrofe, siempre que cuente con información que le permita acreditar la afectación de los inmuebles, como una forma de apoyar a los contribuyentes afectados.
Una vez recibida la solicitud, el Departamento Regional de Avaluaciones analizará los antecedentes y emitirá una resolución fundada en un plazo de 20 días hábiles, los que podrían ser prorrogados en casos que exijan un análisis mayor.
El procedimiento anterior también rige para los contribuyentes que soliciten la rebaja o prórroga en el pago de contribuciones correspondientes a inmuebles emplazados en las zonas de catástrofe. Este beneficio puede solicitarse también para las cuotas 3 y 4 de 2023 (septiembre y diciembre del año pasado) que se mantengan pendientes de pago.
Dependiendo el nivel de afectación del inmueble, la rebaja avalúo podrá traducirse en hasta el 100% del monto a pagar por concepto de Impuesto Territorial. Tales modificaciones regirán desde el 1º de enero del año en que ocurra el siniestro siempre que se soliciten dentro del mismo año. Es importante señalar que en virtud de estas rebajas no procederá la devolución de impuestos.
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