Comienzan pagos del IFE Laboral de mayo: revisa si te corresponde

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Consulta por el depósito de mayo del IFE Laboral 2023. Foto referencial.

El beneficio del Sence da inicio a los depósitos agendados para este mes, destinados a los trabajadores.


Comienzan a entregarse los depósitos correspondientes al IFE Laboral de mayo, destinados a los trabajadores que postularon recientemente y continúan cumpliendo con los requerimientos que les permitieron el acceso al beneficio.

La ayuda del Estado está a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y se traduce en un monto variable de acuerdo a cada postulante.

Se trata de una entrega que asciende hasta los $100.000 para hombres entre 24 y 55 años; y hasta $300.000 para mujeres, jóvenes de entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad certificada y asignatarios de pensión de invalidez.

En tanto, recientemente el Gobierno confirmó la extensión de este beneficio, por lo que todavía es posible postular a través de Internet, para recibirlo durante el primer semestre.

¿Cuándo se paga el IFE de mayo?

Los depósitos del IFE Laboral comienzan a llegar a partir del miércoles 10 de mayo a los trabajadores beneficiarios.

Según se informa a través del calendario del Sence, corresponden los pagos a las siguientes personas:

  • Postulantes de enero reciben su tercer pago.
  • Postulantes de febrero reciben su segundo pago.
  • Postulantes de marzo reciben su primer pago.

Quienes hayan enviado su postulación pueden ingresar a la plataforma del IFE Laboral con Clave Única, para revisar si le corresponde y el detalle del pago.

IFE Laboral
Sitio de postulación al IFE Laboral

¿Quiénes reciben el IFE Laboral?

El beneficio se facilita a través de un proceso de postulación en línea, donde se debe ingresar al sitio del Sence y completar un formulario con los datos personales y del empleo.

Para otorgar este subsidio se verifica el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Contar con un contrato de trabajo celebrado recientemente.
  • Haber estado cesante el mes anterior a la postulación.
  • Percibir una remuneración mensual bruta imponible igual o menor a tres ingresos mínimos mensuales, que actualmente se traduce en $1.230.000.

Cabe destacar que este beneficio se entrega por una sola vez, por lo que no pueden solicitarlo aquellos trabajadores que lo hayan recibido anteriormente.

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