Seguro Escolar: revisa a quiénes cubre y en qué situaciones

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Seguro Escolar: revisa a quiénes cubre y en qué situaciones. Foto referencial Agencia Uno.

Conoce los beneficios para quienes sufren accidentes en sus establecimientos educacionales.


El Seguro Escolar está incorporado en la Ley 16.744, dirigido a estudiantes de establecimientos dependientes o reconocidos por el Estado, en todos los niveles, otorgándoles cobertura total de servicios de salud, en caso de sufrir accidentes .

El beneficio funciona en casos que un escolar debe ser llevado a cualquier establecimiento de la Red de Salud Pública, generando gastos asociados, cirugías, medicamentos o prótesis, entre otros.

Seguro Escolar
Seguro Escolar: revisa a quiénes cubre y en qué situaciones. Foto redes sociales.

¿A quién va dirigido el Seguro Escolar?

El Seguro Escolar, puede ser utilizado por estudiantes de:

  • Establecimientos fiscales.
  • Establecimientos municipales.
  • Establecimientos particulares subvencionados.
  • Establecimientos particulares no subvencionados reconocidos por el Estado.

En los niveles de párvulos, está dirigido a:

  • Niños y niñas de 84 días a 4 años de edad.
  • Educación básica.
  • Educación media.
  • Técnico agrícola.
  • Técnico comercial.
  • Técnico industrial.
  • Educación universitaria.
  • Institutos profesionales.

Cabe mencionar que el Seguro Escolar no cubre los accidentes producidos de forma intencional por la víctima, o los ocurridos por una situación que no tenga relación alguna con los estudios o la práctica profesional.

Será la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), quien determinará las causas del accidente y la calidad del accidente escolar. Para ello, recopila y acumula todos los antecedentes relacionados al hecho.

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Seguro Escolar: revisa a quiénes cubre y en qué situaciones. Foto página web.

¿Para qué sirve el seguro?

El Seguro Escolar cubre a estudiantes en caso que sufran cualquier tipo de lesión a causa de los estudios o práctica educacional, la cual produzca incapacidad o muerte.

Considera aquellos hechos ocurridos en:

  • El interior del establecimiento y/o en el lugar donde se realiza la práctica profesional.
  • En el trayecto directo, durante el viaje de ida o regreso entre el domicilio y el establecimiento educacional.

¿Cuáles son las prestaciones?

Los servicios que cubre el Seguro Escolar son:

  • Servicio médico gratuito.
  • Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud o a domicilio.
  • Hospitalizaciones, en los casos que fuera necesario.
  • Medicamentos y productos farmacéuticos.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos, incluidas las reparaciones.
  • Gastos de traslados y/o cualquier otro necesario para poder recibir estas prestaciones.

Hasta la completa recuperación del paciente, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.

¿Cómo acreditar un accidente escolar?

Para acreditar un accidente y hacer utilización del Seguro Escolar, se puede hacer de las siguientes maneras:

  • Cuando es de trayecto: se puede utilizar un parte de Carabineros, declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba que sea igualmente válido.
  • Cuando ocurre en el establecimiento: se puede acudir a cualquier establecimiento de la Red de Salud Pública para recibir la atención médica necesaria.

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