¿Copiar o adaptar las reglas del Senado?: las fórmulas de los partidos para que la nueva Convención parta con un reglamento listo

Acuerdo Congreso

En la antesala de que se retomen las negociaciones este viernes, los dirigentes de las colectividades políticas siguen en conversaciones para ir despejando puntos con el objetivo de llegar a un nuevo acuerdo. Uno de los elementos que hay que resolver es la necesidad de definir cuanto antes qué hacer con las reglas de funcionamiento del nuevo órgano redactor. Utilizar el procedimiento legislativo de la Cámara Alta, hasta ahora, es la idea que más convence.


Mientras los partidos políticos se alistan para continuar este viernes con las negociaciones para un nuevo acuerdo político que permita consensuar un mecanismo para redactar otra propuesta de nueva Constitución, los dirigentes de las mesas directivas han mantenido sus tratativas para llegar con definiciones claras a la mesa negociadora.

Uno de los puntos que se van a tener que zanjar en los próximos días es qué hacer con el reglamento del nuevo órgano. El objetivo, respecto del cual habría consenso en todo el arco político, es que la nueva instancia que se forme para redactar la propuesta constitucional tiene que ejecutar su encargo en poco tiempo.

Para lograr ese objetivo hay que ser eficientes en el tiempo. Por lo mismo, se comenta entre las colectividades políticas, hay que ahorrar trabajo y no malgastarlo en funciones que se pueden omitir. Una de ellas es el proceso de elaboración del reglamento.

En la experiencia pasada, la ahora disuelta Convención Constitucional se negó a utilizar los reglamentos que ya existen en el Congreso argumentando que era un ente autónomo. Además, era un organismo que miraba con recelo a la Cámara y el Senado, por lo que se embarcaron en la tarea de crear su propio reglamento desde cero.

En eso estuvieron tres meses, que fue el periodo de instalación de la Convención. Con el resultado del plebiscito del 4 de septiembre en la mano, la evaluación que se hizo de esa instancia fue negativo. En parte, se comenta entre los dirigentes políticos, debido a que se elaboró un reglamento que no fue funcional para crear las condiciones que permitieran tener una buena deliberación de normas constitucionales.

Con ese diagnóstico, entre los partidos que están sentados en la mesa negociadora barajan una idea: utilizar el reglamento de la Cámara o del Senado.

Pese a que aún no se ha tomado una postura, corre con fuerza la opción de utilizar el del Senado. Las razones son varias. Aún nadie las ha explicitado, pero distintas fuentes que están al tanto del ritmo de las conversaciones confirman que es la idea que, hasta ahora, más convence.

Uno de los motivos, por ejemplo que tiene RN, es que ese partido mira con mucho interés que el nuevo órgano sea lo más parecido a la Cámara Alta. Es decir, una instancia de 50 integrantes electos en circunscripciones regionales. Por lo mismo, sería coherente que en ese marco se utilice el reglamento del Senado.

En el oficialismo aún no se han cerrado con alguna de las dos opciones. Comentan que más que sellar uno de los dos reglamentos lo que les interesa es cerrar que el nuevo órgano no perderá tiempo armando un nuevo reglamento desde cero.

Despejado ese punto, en algunos partidos oficialistas también les convence el reglamento del Senado. Esto debido a que favorecería una “mejor deliberación democrática” de las normas. En la Cámara la tramitación legislativa contempla una discusión general en comisión, discusión particular en comisión, luego discusión general en sala y posteriormente discusión particular en sala.

En el Senado la lógica es distinta. La discusión de un proyecto de ley se da en general en la comisión y luego en general en la sala. Recién ahí, pasa a la discusión en particular en la comisión para luego replicar el mismo paso en la sala.

La idea de replicar ciertas lógicas del Congreso también ha concitado el apoyo de expertos. Por ejemplo, hace algunas semanas el investigador del CEP Lucas Sierra, comentaba en una nota de La Tercera, recomendaba replicar algunos mecanismos. “En el nuevo órgano, la propuesta o ‘idea de legislar’ debería ser aprobada en general por el pleno y, luego, pasar a la respectiva comisión para su elaboración pormenorizada, y volver al pleno. Para aprobar la ‘idea de legislar’, el pleno podría votar con un quórum algo menor que para aprobar definitivamente la norma. Así se le daría fluidez al proceso, pero con un filtro necesario que la Convención no tuvo”, dijo Sierra.

Adaptar las reglas parlamentarias

Pese a lo tentador de utilizar reglamentos que ya existen y que llevan décadas de funcionamiento, hay quienes plantean que no sería del todo útil simplemente copiar los reglamos de la Cámara y el Senado. Esto debido a que un órgano redactor constitucional, a diferencia del Congreso, es una instancia unicameral. El Congreso es bicameral, por lo tanto, sus reglamentos descansan en que existe espacio para que la deliberación tenga más de una revisión y así se puedan identificar defectos en los proyectos de ley por parte de órganos diferenciados. Eso además viene acompañado de la opción de producir acuerdos políticos en comisiones mixtas.

A eso se sumaría que el proceso de elaborar una Constitución no es igual al proceso de elaborar una ley. Por lo mismo, en este caso, surge la opción de que el reglamento del Senado, por ejemplo, pueda adaptarse a las necesidades del nuevo órgano.

Esa adaptación, incluso, podría ser tarea de la comisión de expertos que se pretende formar para que acompañe al nuevo organismo. En ese escenario, los expertos trabajarían de forma previa para entregarle al órgano, una vez instalado, el reglamento adaptado para que pueda comenzar a funcionar.

Si hay algo que todos quieren evitar, es que el nuevo órgano se diluya en muchas comisiones temáticas, como resienten algunos partidos de derecha en base a lo que pasó en la disuelta Convención. El trasfondo de esto son las experiencias de otros procesos constitucionales latinoamericanos. Un trabajo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) analizó el tema y reportó que el proceso de Colombia tuvo cinco comisiones, en Ecuador hubo 10, además de otras comisiones específicas que se hicieron cargo de temas complejos y una última instancia de participación social. En Venezuela el órgano contó con 20 comisiones y Bolivia tuvo 21.

Otro tema que también se quiere enmendar es el “deficiente modelo” de aprobar normas por goteo, es decir, una por una. En contraposición a esa forma de deliberación, a algunos partidos les gustaría un reglamento que permita aprobar paquetes de normas o, incluso, que de voten los capítulos completos.

En los partidos también se ha comentado que es hora de utilizar los insumos que se hicieron en los meses previos a que se instalara la Convención. Por ejemplo, se ha comentado una propuesta de reglamento que elaboró el abogado Sebastián Soto en el Centro de Políticas Públicas de la Universidad Católica.

En ese documento, Soto planteaba pensar un reglamento con dos comisiones temáticas y cuatro comisiones funcionales. Todo eso bajo un modelo circular, es decir, “un continuo ir y venir de textos de las comisiones hacia el pleno y luego de vuelta a las comisiones, para ir perfeccionando los textos y sumando apoyo”. El modelo sería similar al funcionamiento que tuvo la asamblea de Colombia cuando redactó, de manera exitosa, su nueva Constitución en 1991.

A ese documento también se suma el informe que la Cámara le pidió al exsecretario de la Convención John Smok con propuestas de mejora al reglamento que elaboraron los convencionales.

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