“Vicios de legalidad y constitucionalidad”: la estrategia de las aplicaciones de transporte para botar reglamento de Ley Uber

La estrategia de las apps para botar reglamento de Ley Uber
La estrategia de las apps para botar reglamento de Ley Uber

Tras su reingreso a Contraloría, el reglamento enfrenta nuevamente fuertes críticas de parte de las apps y gremios del sector, quienes advierten que las exigencias propuestas por el Ministerio de Transportes afectarán la calidad del servicio, la oferta de vehículos y los costos de los viajes.


Después de meses estudiando el reglamento de la Ley de Empresas de Aplicación de Transportes (EAT) o “Ley Uber”, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) ingresó por segunda vez el documento a Contraloría para su posterior toma de razón. Sin embargo, el reglamento parece no convencer todavía a las aplicaciones, las cuales acusan que, de concretarse, “afectará directamente la oferta de automóviles disponibles para las personas, calidad del servicio y, por ende, el costo de los viajes”.

Por lo mismo, los gremios -coordinadas bajo Alianza In- analizaron punto por punto las exigencias contenidas en el reglamento, donde identificaron al menos 12 vicios de legalidad y constitucionalidad, como lo definen. Con esto en mano ahora pondrán sus esfuerzos en acudir a la Contraloría en los próximos días y que así se realice nuevamente una revisión del documento.

En paralelo, algunas de las empresas coordinadas en Alianza In, como Didi, Uber, Cabify y Rappi realizarán sus propias presentaciones al órgano fiscalizador, buscando que obligue al MTT a retirar el reglamento. Y, por ahora, descartan llevar la discusión al Tribunal Constitucional (TC).

El análisis que hacen las aplicaciones dice que el reglamento reingresado mantiene los requisitos de operación para conductores y sus vehículos “en circunstancias que existe espacio para mejorarlas” como, por ejemplo, lo relacionado a los años de antigüedad de los vehículos. Esto, según su lectura, el reglamento extiende para todo el territorio nacional un mismo requisito de antigüedad para los vehículos de aplicaciones, “desconociendo la realidad del parque automotriz y la regulación de taxis”.

Uber

En tal sentido, ahondan que la antigüedad excepcional fijada para la creación del parque de aplicaciones (10 años) es menor a la definida para los taxis (18), sumado a que los requisitos de cilindrada también son distintos: en 2024 el MTT modificó la regulación de taxis permitiendo que vehículos con “torque y potencia” equivalente a un motor de 1,4 cc puedan ser utilizados como taxi. En cambio, el nuevo reglamento no define qué entenderá por “equivalencia”, lo que, añaden, hace imposible que vehículos con menor cilindrada puedan registrarse.

En consecuencia, según Alianza In, al no haber modificaciones a los requisitos de vehículos, el nuevo reglamento sigue impactando al 40% de los conductores. Es decir, a lo menos a 40 mil personas que ven en las aplicaciones su fuente principal o secundaria de ingresos.

Otro punto de preocupación para las apps guarda relación con la afectación a la calidad del servicio, al imposibilitar el reemplazo de conductores durante los 18 meses que el parque de vehículos se encontrará congelado. “Un proceso de reemplazos imposible de implementar, y la potestad autoatribuida por el MTT para asignar cupos a su discreción, reducirán sistemáticamente el número de conductores efectivamente disponibles, y en consecuencia impactará la disponibilidad del servicio de aplicaciones, especialmente en regiones extremas”, se lee en el documento de análisis.

Asimismo, asevera que el reglamento “mantiene extensos e inciertos plazos para la emisión de permisos administrativos”. Es decir, aseveran que producto de un trámite administrativo no contemplado en la ley, un conductor puede llegar a esperar dos meses para recién estar habilitado para prestar servicios.

cabify

También dicen que las exigencias mantienen riesgos a la privacidad de los datos personales de conductores y usuarios. Si bien la ley deja un margen para definir los datos solicitados, se señala que estos deben corresponder a información sincronizada o consolidada, estadística e innominada.

Algunos de estos puntos cuestionados han sido compartidos por la Asociación Chilena de Plataformas de Movilidad (Achiplam), que alerta que de aplicarse como está, el reglamento presentará un impacto económico en 60.000 familias que ocupan este medio como principal sustento.

“La actual fórmula del reglamento no se condice con las condiciones tecnológicas y las dinámicas de la industria de las plataformas de movilidad, complicando el óptimo funcionamiento de las mismas, y limitando el impacto social y económico que genera a diario. Es más, consideramos que la regulación cerrará las puertas a los emprendedores nacionales quienes no podrán competir con las empresas ya establecidas”, aseveran.

La contraofensiva de Cabify

Una de las empresas que se adelantó en su presentación fue Cabify, que el 21 de enero entregó a Contraloría un documento de 25 páginas, firmado por los abogados Claudia Ramírez, Elisa Walker y William Machmar, donde se argumentó que el reglamento “adolece de graves vicios de ilegalidad al imponer exigencias no previstas en la ley, como la transformación de un sistema de registro en un proceso de autorización que contradice el marco normativo y afecta la libre competencia”.

Entre los puntos que califican como más controvertidos se encuentran las cargas desproporcionadas impuestas a empresas y conductores, vinculación de conductores y vehículos -una disposición que las empresas consideran ajena a la intención del legislador- y entrega de datos sensibles, pues la información solicitada no es estadística ni innominada, por lo que infringiría la ley de datos personales, la constitución y la misma Ley EAT.

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“En este afán, el proyecto de reglamento reingresado a la Contraloría sobrerregula una actividad lícita que ha demostrado ser un mecanismo eficiente y que, además, ha bajado sustancialmente los precios del transporte”, se lee.

La empresa sostiene que estas medidas no solo afectan su operación, sino que también podrían traducirse en costos más altos para los consumidores finales. Por ello, solicitan a la Contraloría que rechace el reglamento y lo devuelva al MTT para su revisión.

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