Boluarte defiende proyecto que busca sancionar a periodistas que opinen a favor de protestas en Perú

La Presidenta peruana, Dina Boluarte, llega al Congreso para pronunciar su primer discurso anual el Día de la Independencia en Lima, el 28 de julio de 2023. Foto: AP

La iniciativa, que cuenta con la venia del Congreso, ha sido criticada por la Sociedad Interamericana de Prensa y la Asociación Nacional de Periodistas de Perú.


El gobierno de la presidenta peruana, Dina Boluarte, se encuentra inmerso en una nueva controversia luego que pidiera facultades legislativas al Congreso para modificar un inciso del Código Penal en materia de delitos contra la seguridad y tranquilidad pública, un proyecto que ha tenido que defender.

La solicitud propuso “sancionar a los instigadores del delito de disturbio (…), ilícitos que muchas veces han sido cometidos a consecuencia de instigación incluso de funcionarios públicos y de comunicadores que utilizando medios de comunicación masivos han convocado a distintas marchas incluso incitando a la violencia”.

Tras conocerse esta propuesta, distintos sectores manifestaron su preocupación porque consideraron que el gobierno buscaba pretender obtener una herramienta de amedrentamiento contra periodistas que opinan a favor o favorecen las manifestaciones.

Pero Boluarte salió en defensa de la iniciativa: “De ninguna manera. Nosotros siempre hemos estado abiertos a la prensa, y ustedes (periodistas) en el rol que les compete. Nosotros no vamos a impedir que esa labor de investigación y de dar la noticia diariamente a la población peruana sea manera libre y espontánea y dentro de sus competencias de la libertad de prensa que cada uno de ustedes tiene”, manifestó.

Una manifestante sostiene un cartel que dice "Fuera Dina" durante una protesta exigiendo que la presidenta de Perú, Dina Boluarte, renuncie, en Cuzco, el 2 de febrero de 2023. Foto: Reuters

La Comisión de Constitución del Congreso, que es presidida por la parlamentaria de Fuerza Popular, Martha Moyano, inició el martes el debate del predictamen sobre la solicitud de facultades presentado por el Gobierno para legislar en materia de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres y otros.

En el documento, al que tuvo acceso el diario El Comercio, el grupo de trabajo realizó pequeñas modificaciones al punto 3.1.2, inciso C del pedido. Si bien el área técnica de la Comisión de Constitución remarca que “la voluntad del Poder Ejecutivo es sancionar penalmente a quien exprese en medios de comunicación masivos, sea comunicador, político o funcionario público, el apoyo a una marcha”, y que con esto “puede vulnerarse la libertad de expresión”, el grupo concluye que se le debe dar las facultades para legislar en este punto, colocando un candado.

Esto quiere decir que el gobierno podrá modificar el Código Penal respecto a los delitos contra la seguridad y tranquilidad pública, “sin que se vulnere los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución”.

En medio de esta controversia, el Consejo de la Prensa Peruana mostró su rechazo a dicha medida catalogándola de “atentado contra la libertad de expresión”.

“Este punto no solo atenta contra los ciudadanos que libremente deseen convocar o informar a través de medios comunicación su participación en una manifestación, un derecho humano reconocido internacionalmente”, indicó el Consejo a través de sus redes sociales.

El Consejo también manifestó que esta propuesta abre la posibilidad que “se procese arbitrariamente” a las personas bajo el concepto de “instigadores de disturbios, a ciudadanos, incluyendo periodistas, que informen o compartan información sobre protestas”.

Por su parte, la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) denunció que se pretende sancionar a quienes dicha iniciativa califica como instigadores del delito de disturbios en el marco de protestas, mediante informaciones de la prensa.

Un oficial de policía lanza una bengala de humo durante una marcha contra la presidenta de Perú, Dina Boluarte, tras el derrocamiento y arresto de Pedro Castillo, en Lima, el 19 de enero de 2023. Foto: Reuters

En la propuesta presentada por el Ejecutivo al Parlamento se acusa a comunicadores de medios de comunicación de haber convocado a distintas marchas, incluso incitando a la violencia. A juicio de la ANP, se trata de una imputación directa que abre la posibilidad de la imposición de restricciones que afectarían el derecho a la información.

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) también criticó la iniciativa: “En las sociedades democráticas, las libertades de prensa, expresión, reunión y protesta son derechos de acción individual y colectiva para expresar ideas, oposición o denuncias. Restringir esos principios atenta de forma flagrante contra las convenciones internacionales sobre Derechos Humanos”.

Un editorial del diario El Comercio se sumó este jueves a los cuestionamientos contra la iniciativa y señaló que abre “la posibilidad de que quienes opinen a favor de alguna jornada de protesta -un evento perfectamente lícito y constitucional- o sencillamente informen acerca de ella sean sancionados”.

“La pretensión es a todas luces abusiva, pues la responsabilidad de las derivaciones violentas de una marcha no puede ser atribuida a quienes se manifiestan a favor de las causas que originalmente la animaron”, indicó el diario.

El abogado Andrés Calderón, experto en derecho sobre libertades informativas, dijo al diario que tanto la solicitud de facultades del Ejecutivo como el predictamen de la Comisión de Constitución “son muy peligrosos para la libertad de expresión”. Consideró que el documento congresal “no hace nada para eliminar el riesgo” de que comunicadores sean sometidos a juicios por opinar a favor de una protesta.

“Se puede decir que una ley no afecte los derechos fundamentales de las personas, pero ese no es un candado suficiente”, sostuvo.

Por su parte, el abogado y asesor jurídico del Instituto Prensa y Seguridad, Roberto Pereira, recordó que la instigación ya está prevista en el Código Penal para cualquier delito y funciones, “y se aplica con los criterios y reglas generales de siempre. Por tanto, no es necesario crear una figura de instigación para el delito de disturbios o el de entorpecimiento de los servicios públicos”.

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