Arista Manicure: Corte de Apelaciones de Temuco decreta arresto domiciliario total a exjefe de gabinete del Gore

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El exjefe de gabinete del Gobierno Regional de La Araucanía, Juan Pablo Leonelli

La decisión del tribunal revocó la resolución del Juzgado de Garantía de Temuco -dada el pasado 20 de enero- en el que decretaba las medidas cautelares de firma quincenal, arraigo nacional y prohibición de comunicarse con los coimputados para Juan Pablo Leonelli.


La Corte de Apelaciones de Temuco decretó el arresto domiciliario total para el exjefe de gabinete del Gobierno Regional de La Araucanía, Juan Pablo Leonelli Lepín, formalizado como autor del delito de fraude al fisco reiterado, en relación al caso Manicure en el marco de los líos de plata. Los hechos ocurrieron durante el 2022, en el marco de los convenios suscritos entre el Gore y las fundaciones Folab y Educc.

Esto revocando la resolución del Juzgado de Garantía de Temuco -dada el pasado 20 de enero- en el que decretaba las medidas cautelares de firma quincenal, arraigo nacional y prohibición de comunicarse con los coimputados para Leonelli. Es así que el imputado quedó con arresto domiciliario total.

El fallo fue dividido, y se estimó que la medida cautelar determinada es la que garantiza los fines del procedimiento.

La resolución señala que: “(…) debe tenerse presente que cuando esta Corte confirmó la medida de arresto domiciliario total del imputado, esto es, el 28 de diciembre de 2024, ya se encontraba evacuado el informe social mencionado por la defensa. Por ello, en relación con los antecedentes adicionales presentados en esta instancia que pudieran justificar la modificación de la medida cautelar en cuestión, el contrato de trabajo celebrado por el imputado con una empresa forestal, en la cual sería socio, celebrado con fecha 24 de diciembre de 2024 es una circunstancia que podría calificarse como un nuevo antecedente, pero que no resulta suficientemente sustancial para modificar los elementos que fueron considerados por este tribunal al mantener la medida de arresto domiciliario total”.

Por tanto, se resuelve que: “Se revoca la resolución en alzada de fecha veinte de enero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, que modificó el arresto domiciliario total del imputado por las medidas contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, concretamente, por las cautelares de las letras c), d) y g) de esa disposición, y en su lugar, se dispone que se mantiene el arresto domiciliario total respecto del imputado Juan Pablo Leonelli Lepín, por estimar que esta es la cautelar que garantiza los fines del procedimiento”.

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