Corte de Apelaciones de Copiapó acoge recursos de protección y otorga seis meses al SLEP Atacama para mejorar deficiencias de colegios

En Atacama, el paro por mejoras en la infraestructura de establecimientos dependientes de Slep se ha mantenido por dos meses
Foto: Karl Grawe / Agencia Uno.

En sus fallos, el tribunal de alzada indica que la condición estructural de los establecimientos constituye una vulneración de garantías constitucionales y de la ley internacional. Agrega que estas fallas provienen de años anteriores y que el SLEP no ha tomado acciones para solucionarlas por una "evidente desidia”.


La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió este miércoles recursos de protección interpuestos contra el Servicio Local de Educación (SLEP) de Atacama, donde se acusan deficiencias en infraestructura y salubridad en establecimientos educacionales que dependen del organismo, y le ordenó adoptar, en un plazo de seis meses, las medidas conducentes a asegurar un acceso a la educación igualitario, digno y seguro para los afectados.

El tribunal de alzada acogió de manera unánime los recursos legales interpuestos en cuatro causas diferentes, encabezadas por la Municipalidad de Caldera; por la concejala Carolina de la Carrera y el senador Rafael Prohens (RN); por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y por la Defensoría de los Derechos de la Niñez, en contra del SLEP de Atacama y a favor de los alumnos de la región.

Así, en el fallo, la Corte señala que “a pesar de no haber sido invocada la garantía del articulo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República (que protege el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona), esta Corte considera que la misma se ha violentado ante la falta de condiciones mínimas infraestructura, habitabilidad, higiene y salubridad, para el desarrollo de clases lo cual lleva a considerar que hay una amenaza cierta a la integridad física de los estudiantes, los que deben exponerse a permanecer bajo un techo roto -temporalmente reparado por un profesor-, a plagas, a gases, vidrios rotos, o a problemas del sistema eléctrico, entre otros; y la integridad psíquica, ya que las malas condiciones e imposibilidad de llevar a cabo las clases les generan una situación de preocupación que ha tenido consecuencias en su aprendizaje y desarrollo intelectual”.

Agrega que “se ha violentado la garantía de igualdad ante la Ley del artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República, y los preámbulos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas y de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, lo que acontece por tener a los educandos del SLEP Atacama en condiciones desfavorecidas a los demás estudiantes del país”.

En este sentido, destacan que las graves deficiencias advertidas provienen de años pretéritos y que “han sido permanentes e incrementadas con el transcurso del tiempo al no haber tomado oportunamente las acciones preventivas y reparadoras que cada establecimiento requería, lo que no se hizo por una evidente desidia”.

“Resulta evidente que ha existido una falta de actuar, infringiendo las normas legales vigentes, cometida por el director ejecutivo del Servicio de Educación Pública Local Atacama, al no generar las condiciones, el financiamiento, ni las medidas adecuadas y necesarias para que niños, niñas y adolescentes de la región pudieran acceder de manera efectiva al pleno uso y goce de su garantía al derecho a su educación y su libertad individual”, agrega la Corte.

“Resulta ser un hecho cierto que la recurrida ha actuado en forma ilegal y arbitraria con su conducta omisiva, violentando los derechos fundamentales indicados en los considerandos precedentes y en consecuencia, se acogerá el recurso de protección adoptando esta Corte las medidas que se indicarán en lo resolutivo”, indica.

Plazos para el SLEP

Así, la Corte de Apelaciones dispuso una serie de medidas y plazos que deben ser cumplidos por el SLEP de Atacama para poner remedio a la vulneración de las garantías constitucionales mencionadas.

“En un plazo no superior a cuatro meses adoptará las medidas eficaces y concretas, para resolver los problemas de infraestructura, salubridad y mantenimiento que presentan los establecimientos educacionales de su dependencia, asegurando acceso igualitario, digno y seguro a la educación de los niños, niñas y adolescentes afectados”, indica la Corte.

Agrega que el SLEP de Atacama, “en el término máximo de cuatro meses realizará un catastro total de establecimientos educacionales de su dependencia que cuentan con problemas de infraestructura, mantenimiento, higiene como de salubridad, detectando los problemas específicos de cada establecimiento educacional con la correspondiente valorización presupuestaria, así como también la actual cantidad de niños, niñas y adolescentes matriculados en dichos establecimientos que se encuentran afectados”.

Finalmente, indica que el servicio local de educación “dentro del plazo de seis meses, dispondrá de todas las medidas y actuaciones necesarias para dar una solución concreta a los problemas de infraestructura, mantenimiento, higiene y salubridad de los establecimientos educacionales de su dependencia”.

Senador Prohens: “El SLEP será ahora responsable ante la justicia”

Tras conocerse el fallo, el senador RN Rafael Prohens -quien patrocinó uno de los recursos junto a la concejala por Copiapó Carolina de la Carrera y un grupo de apoderados afectados- valoró que la Corte haya encomendado tareas en un plazo definido al SLEP de Atacama para regularizar la situación en los establecimientos.

“La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió y falló a favor de los recursos de protección que presentamos, junto al INDH a la Defensoría de la Niñez, como también a la Municipalidad de Caldera. Creo que es de suma importancia recalcar que los derechos de los niños, niñas y adolescentes de Copiapó fueron violentados, pasándose por alto los protocolos que Chile ha firmado a nivel internacional”, sostuvo el senador por la Región de Atacama.

“Además de reconocer la vulneración de derechos que tuvieron los niños y también las familias, la corte hace hincapié en que estos jóvenes no pudieron estudiar en igualdad de condiciones con los niños del resto del país y es por eso que le entrega tareas (al SLEP de Atacama), que tienen que resolver en los próximos meses”, destacó.

“Ellos tendrán que hacerse responsables hoy ante la justicia de que se cumplan los protocolos, se cumpla lo que pide la Corte para que los niños, niñas y adolescentes de Atacama no vuelvan a sufrir esta violación de derechos que han tenido al no poder estudiar”, cerró el senador.

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