Hassler emite informe técnico y rechaza formalmente construcción de nueva cárcel de Alta Seguridad

Iraci Hassler
Foto: Andrés Pérez

En respuesta al oficio remitido desde Vivienda, el municipio comandado por la alcaldesa comunista argumenta que el proyecto no consideró una consulta ciudadana, que la ley invocada por el gobierno sería inconstitucional y que no considera el impacto social y económico en el llamado "barrio penitenciario".


A poco más de dos semanas de haber recibido el oficio del Ministerio de Vivienda para que se pronuncie formalmente sobre la reforma al plan regulador para construir una nueva cárcel de máxima seguridad en la comuna, en el denominado “barrio penitenciario”, la Municipalidad de Santiago emanó el informe técnico con que se opone formalmente a la materialización del proyecto anunciado por el Presidente Gabriel Boric en julio.

“Por el presente, se emite informe negativo y rechazando la propuesta de modificación del Plan Regulador de Santiago (...) aportando antecedentes de hecho y de derecho para la oposición al proyecto de “Ampliación” del Centro de Detención Preventiva de Santiago 1 (CDP Santiago 1) ubicado en calle Nueva Centenario N°1879, de esta comuna”, se lee en el documento de 20 carillas al cual tuvo acceso La Tercera.

El resultado del informe entregado por el municipio al Minvu le agrega un nuevo ingrediente a la disputa pública que la alcaldesa Irací Hassler abrió con el gobierno y en particular con el ministro de Justicia, Luis Cordero, tras el anuncio de la construcción de un nuevo penal de Alta Seguridad en la comuna de Santiago. La autoridad acusó al Ejecutivo de “improvisación” e inició una ardua cruzada para conseguir apoyos en contra del proyecto anunciado por el gobierno como respuesta a la ola de homicidios en la Región Metropolitana.

En el documento remitido a la cartera que dirige Carlos Montes, el municipio argumenta que la propuesta no respetaría instrumentos de planificación establecidos, que no se ha hecho consulta ciudadana, que faltaría documentación, que la ley invocada sería inconstitucional y que habría impactos urbanísticos, sociales y económicos negativos asociados a la construcción.

Planificación, consulta y prohibiciones

Como se expone en el oficio de Santiago, durante los últimos años se han incorporado modificaciones a fin de garantizar la participación de las comunidades en procesos de planificación territorial, lo que, a juicio de la administración de la militante comunista, no se estaría respetando.

Asimismo, considerando que la propuesta implica modificar los “Usos de Suelo Prohibidos” de la manzana conformada por Av. Pedro Montt (por el norte); Av. Centenario (por el sur); Av. Manuel Rodríguez (por el oriente) y Av. Club Hípico (por el poniente), indicaron: “Rechazamos tajantemente la propuesta, atendido que dicha prohibición responde a las instrucciones impartidas desde el año 1994 por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago”.

Vista aerea de lo que sera la nueva carcel de alta seguridad en la comuna de Santiago
Santiago, 22 de julio 2024 Vista aérea de lo que será la nueva cárcel de alta seguridad en la comuna de Santiago. Jonnathan Oyarzún/Aton Chile

De esta forma, hicieron presente que “de ser aceptada la propuesta del Ministerio de Justicia, se estaría yendo en contra de las indicaciones que desde hace ya 30 años, impartió el entonces “Ministerio de la Vivienda y Planificación Urbana”, hoy Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, de los principales objetivos como fueron: reducir la segregación socio-espacial, lo que no ocurrirá pues se acrecienta el estigma social de los vecinos residentes del entorno cuya calidad de vida empeorará aún más con las externalidades negativas que supone el aumento de la población penitenciaria en dicho sector”.

Sostienen, igualmente, que con la construcción se anularía una instrucción ya impartida respecto de proyectar Av. Beauchef en el tramo Av. Pedro Montt/Centenario, lo que iría en contra de aumentar la “conectividad” del sector.

“No es una ampliación”

La respuesta de Santiago también alude otro eventual inconveniente. A juicio del municipio, la construcción no constituye la ampliación de Santiago 1, sino que, para ellos, es la edificación de un nuevo penal, lo que necesariamente, de acuerdo con la normativa, requeriría la aprobación del concejo municipal.

“El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha propuesto modificar el Plan Regulador Comunal (PRC) de Santiago, para la “ampliación” del Centro de Detención Preventiva Santiago 1. No obstante, de los antecedentes acompañados y la normativa legal que rige la materia, se puede advertir que estamos frente a un proyecto para construir un nuevo recinto penitenciario y no una ampliación como se indica”, se menciona.

Y agregan: “En efecto, de acuerdo al Art. 20 del Código Civil, cuando el legislador ha definido expresamente una palabra para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal. Pues bien, el vocablo técnico de “ampliación” de una edificación está definido expresamente en el Art. 1.1.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.), señalando que consiste en ‘aumentos de superficie edificada que se construyen con posterioridad a la recepción definitiva de las obras’”.

nueva cárcel

Así las cosas, hacen presente que, de acuerdo con la normativa urbanística, para que se pueda hablar de una ampliación, necesariamente debe existir una edificación que cuente con recepción definitiva, circunstancia que no se verifica en el caso de Santiago 1, porque una cárcel no requiere de tal.

De la misma forma, argumentan que el Centro Penitenciario Santiago 1 se emplaza en el inmueble de calle Centenario N° 1879, mientras que “la supuesta “ampliación” se llevaría a cabo en un predio distinto que es el de Club Hípico N° 2138, por lo que tampoco podría ampliarse una construcción en un predio distinto al edificado, aun cuando ambas propiedades pertenezcan al mismo dueño”.

Base “inconstitucional” y efectos negativos

Entre los últimos dos argumentos de Santiago para rechazar la construcción, se segura que la ley en que se ampara la modificación del plan regulador en cuestión, la 21.636, sería inconstitucional.

Lo anterior, indican, porque “fue presentada y votada como ley simple por lo cual no puede superponerse a atribuciones establecidas en la Constitución y la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, afectando gravemente el principio de autonomía municipal y también haber omitido el trámite de control constitucional preventivo que le correspondía al Tribunal Constitucional”.

Según exponen, una ley simple como es la N°21.636 “reguló materias que, según la Constitución, debieron ser abordadas exclusivamente por una Ley Orgánica Constitucional, lo que constituye un error normativo”. Se estarían “usurpando”, a juicio de ellos, competencias municipales referentes al desarrollo de sus propio plan regulador.

Y, por último, se detalla que la propuesta se rechaza dados “los efectos adversos que tendría en la comunidad local. Los estudios revisados en la bibliografía del informe refuerzan estas preocupaciones, destacando que las cárceles en áreas urbanas densamente pobladas suelen depreciar el valor de las propiedades, sobrecargar los servicios públicos, incrementar la percepción de inseguridad, y agravar las tensiones sociales. Además, estas instalaciones no suelen contribuir al desarrollo económico local y pueden deteriorar la cohesión social”, puntualizan.

“Construir otro recinto, en el llamado de manera desafortunada y estigmatizante “Barrio Penitenciario”, por el ministro Luis Cordero, solo incrementará las actividades delictivas adicionales que se producen en el entorno a la cárcel, transformando en una verdadera “zona de sacrificio” el sector de Avda. Pedro Montt y sus alrededores”, puntualizan.

Dado que la postura del municipio no es vinculante para definir el futuro del proyecto, desde la comuna han sostenido que recurrirán a todas las instancias que sean necesarias para frenarlo.

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