Jueces afirman que proyecto de ley de fotorradares sería "inconstitucional"

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Monitoreo en calle Vicuña Mackenna con Irarrázaval. Foto: Archivo

Sostienen que no procede la multa inmediata y que usuarios podrían impugnar la norma. Transportes dice que habrá apelación, pero como trámite de segunda instancia.


Uno de los primeros proyectos de ley que priorizó el gobierno fue el que crea un Centro de Tratamiento Automatizado de Infracciones (Cati), con el objetivo de hacer controles de velocidad mediante fotorradares. Sin embargo, a poco de iniciarse la discusión en la Cámara de Diputados, los jueces de Policía Local, encargados de aplicar la Ley de Tránsito, plantearon que la iniciativa sería "inconstitucional" y podría ser impugnada por los conductores.

Luis Ramírez, presidente del Instituto de Juzgados de Policía Local, planteó el martes a los diputados de la Comisión de Transportes que, según establece el proyecto, el director del Cati tendría "la facultad de sancionar de inmediato a un eventual infractor, sin que esta persona pueda defenderse". Añadió que, en lugar de eso, se podría normar que el usuario deba presentarse ante el juez de Policía Local, explicar su situación y, si corresponde, ser sancionado.

Ramírez explicó que esto es importante, por ejemplo, en casos que involucren a un automóvil robado (infracción en la cual el dueño no tendría responsabilidad) o bien cuando se traslada a un enfermo, cuya gravedad podría justificar una falta.

Además, agregó que el rol de esta nueva institución podría ser cuestionada por el Tribunal Constitucional -tal como ocurrió en enero con la ley del Servicio Nacional del Consumidor, que establecía que la entidad podía fiscalizar y sancionar: "Los afectados podrían recurrir al TC para hacer una revisión de la ley. Especialmente, esto podría suceder por el derecho a defensa que tienen las personas", y que este tipo de entidades "no pueden ser juez y parte", por lo que la facultad debería estar en manos de los juzgados de Policía Local.

El juez también sostuvo que el proyecto de ley del Cati rebaja las penas mayores por conducir a exceso de velocidad, pues el texto señala que se multará y quitará el permiso a los conductores cuando excedan en 50 kilómetros el máximo establecido (el tope es 60 km/h en ciudades). Eso, para Ramírez es un contrasentido, pues "hoy las multas y la suspensión de la licencia son por manejar a 80 kilómetros por hora. En cambio, con esta norma, el usuario recibirá esta sanción si los detectan circulando a 110 kilómetros por hora".

Debate

La ministra de Transportes, Gloria Hutt, explicó que coincide en que el conductor pueda apelar la multa ante el juez, lo cual está establecido en el proyecto de ley, pero como un trámite de segunda instancia. Añadió que "el punto es que el Cati propone infracciones detectables fácilmente y sin mucha discusión. Luego se sanciona de inmediato".

Leopoldo Pérez, diputado RN y miembro de la comisión, dijo que no ve "vicios de inconstitucionalidad, pero los expertos deberán revisarlo y quizás será enviado a la Corte Suprema. Pero hay que pensar que el fondo del proyecto es salvar vidas, efectuar un control y que se respeten los límites".

El senador Juan Pablo Letelier (PS) y miembro de la Comisión de Transportes sostuvo que "las leyes se hacen en el Congreso y siempre los proyectos se pueden mejorar. El tema es el bien público, que es la rebaja de accidentes. A los jueces no les gusta perder atribuciones".

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