El juicio de los penalistas al fallo del caso Frei Montalva
La resolución entregada el miércoles por el ministro en visita, Alejandro Madrid, estableció que el exmandatario fue víctima de un homicidio simple. Sin embargo, analizado por distintos penalistas, el fallo dejó algunas dudas en su parte resolutiva: ¿cómo murió?, ¿por qué no se condenó por homicidio calificado?, ¿hubo negligencia médica? Acá las respuestas.
El fallo de 811 páginas en el caso Frei, en que el juez Alejandro Madrid indagó las circunstancias en que murió el expresidente, se entregaron los argumentos del magistrado para condenar a seis personas por el homicidio del líder de la DC en 1982. La Tercera sometió la histórica sentencia al juicio de destacados penalistas.
La muerte de Frei
Según el fallo de Madrid, Frei murió luego de una intervención innecesaria en la Clínica Santa María, la cual fue catalogada por el magistrado como de "alto riesgo". También reconoce la presencia de sustancias químicas en el cuerpo del exmandatario, pero descarta el envenenamiento. Para el penalista Miguel Chaves, el fallo "llega a la convicción de que la muerte del expresidente fue provocada por terceros, por diversos factores, razonamiento que se funda en la prueba de presunciones". Por su parte, para la abogada Joanna Heskia, "el ministro sí llega a una convicción respecto a la muerte, y estima que si bien no se pudo probar indefectiblemente la aplicación de algún veneno o toxina, si habría existido una conducta médica dolosa para causar la muerte del expresidente Frei, y esto habría ocurrido a partir de la segunda intervención".
Las apelaciones
La resolución de Madrid no quedará acá. Los querellantes apelarán y buscarán que en lugar de homicidio simple, los condenados enfrenten penas por homicidio calificado. La defensas, en tanto, apelarán para buscar la absolución de sus representados. "Es un fallo muy complejo y en ese sentido algunas defensas tendrán oportunidad de construir argumentos razonables para absolver o atenuar responsabilidad. Sin embargo, hay un núcleo duro de imputación que será difícil de revertir", dijo el abogado Cristián Muga.
El sustento del fallo
Para la familia Frei el fallo debió apuntar a un homicidio calificado, y para las defensas no hubo delito. Para el abogado Gabriel Zaliasnik, el fallo "por un lado, es positivo que finalmente se haya logrado cerrar este tema. Es una demostración más de la mayor eficiencia del nuevo sistema penal pues revela la lentitud del sistema antiguo. Por otro lado, habrá que revisar el fallo con detenimiento, porque al descartarse la existencia de un homicidio calificado es posible que quede la duda de hasta qué punto no se trató de una mera negligencia médica".
Las preguntas que dejan los expertos
Homicidio ¿simple o calificado?
Uno de los puntos del fallo que ha generado debate es sobre la calificación del delito. El ministro Alejandro Madrid lo dejó como homicidio simple y la familia Frei apelará para que se considere como homicidio calificado.
Al respecto, la penalista del estudio EH abogados Joanna Heskia -quien además es profesora de Derecho en la UAH- explicó que el homicidio simple se da cuando existen cinco calificantes taxativas y que en este caso "los acusadores particulares en general pidieron tres: veneno, alevosía y premeditación". Sin embargo, Heskia comentó que Madrid las descartó, ya que no pudo adquirir "por los medios de prueba legal, en este caso las pericias, la convicción del uso de veneno, como tampoco de una premeditación. Y en ese sentido, él señala que si bien se pudo utilizar veneno, en definitiva lo que ocurre es un manejo médico directo destinado a producir la muerte, lo que no constituye homicidio calificado".
La abogada, además, comentó que la inclusión del contexto histórico en la sentencia permitió "acreditar que este homicidio es un delito de lesa humanidad, y como tal, imprescriptible".
Una interrogante abierta: ¿hubo culpa o dolo?
Para el penalista Miguel Chaves, del estudio Chaves Awad Contreras y Schürmann, el juez Madrid "llega a la convicción de que la muerte del expresidente fue provocada por terceros, por diversos factores, razonamiento que se funda en la prueba de presunciones". Sin embargo, dijo, "a partir de ahí se abren posibilidades acerca del cómo: ¿procedimiento quirúrgico mal realizado, innecesario u otro modo deliberado? Llama la atención también que, no obstante la prueba pericial, se descarte el envenenamiento. Desde el punto de vista subjetivo también queda abierto el problema: ¿hubo culpa o dolo?".
Sobre si hay o no evidencia suficiente para probar el homicidio, aseguró que "las hay. Creo que eso no es problemático conforme a la prueba reunida".
En relación a que se haya resuelto que fue un homicidio simple y no uno calificado, indicó que "cuando se dice que hay evidencias de sustancias tóxicas en el cadáver uno tiende a pensar en una hipótesis de homicidio calificado (...) Sin embargo, ello es descartado, (...) por decantarse el fallo por una hipótesis de intervención quirúrgica mal realizada".
¿Los médicos simularon una negligencia?
Uno de los elementos centrales de la sentencia son las largas descripciones que hace el ministro Alejandro Madrid sobre la segunda intervención quirúrgica a la que se sometió el expresidente Eduardo Frei Montalva.
El penalista Matías Künsemüller, del estudio PKG abogados, aseguró que varios de los hechos expuestos en la sentencia "dan cuenta de una serie de antecedentes que podrían considerarse como irregulares desde el punto de vista médico". En esa misma línea, el abogado dijo que es particularmente relevante que "el fallo sostenga que el fallecimiento se debió a una deficiente y tardía atención médica así como a una segunda operación que podría no haber sido necesaria".
Todo eso, explicó el especialista, da cuenta de que el juez Madrid llega a la convicción de que los médicos "lograron simular una negligencia en el tratamiento y ello transformó en imperceptible la intervención de terceros". Es decir, se montó una negligencia médica para ocultar la premeditación para matar a Frei Montalva.
¿Hay relación entre el contexto y la motivación?
"El fallo apunta a faltas deliberadas de atención médica y esa afirmación supone una acción u omisión intencional, dolosa. Sin embargo, la imputación de omisiones en el cumplimiento de deberes médicos exigía un desarrollo argumental más profundo". Con esas palabras, el abogado Cristián Muga, del estudio Ortiz & Compañía, comentó la forma en como el ministro Alejandro Madrid presentó los hechos para sustentar su calificación de un delito de homicidio.
Sin embargo, Muga consideró que la inclusión de dicha argumentación "habría permitido un mejor análisis de la premeditación como calificante". Por lo mismo, el abogado aseguró que, pese a que Madrid incorpora varios hechos para relevar el contexto en que se dio el homicidio, "habría resultado interesante obtener conclusiones de la vinculación que hizo el ministro entre las circunstancias históricas y las motivaciones de los autores".
Respecto de la falta de confesiones, Muga dijo que "la confesión no es requisito para condenar" y por lo tanto este elemento no necesariamente implica una debilidad.
¿Cuál fue el efecto de desechar el envenenamiento?
En el fallo del juez Madrid no se identificó la sustancia que finalmente terminó con la vida de Frei Montalva, descartando la tesis del envenenamiento, lo que a juicio del abogado Gabriel Zaliasnik, presidente de la comisión que reforma el Código Procesal Penal, fue clave para descartar el homicidio calificado. "El homicidio calificado requiere que concurra un elemento particular, como premeditación, alevosía, ensañamiento, veneno o premio o promesa remuneratoria. Al excluir el veneno -que además es un medio alevoso y normalmente implica premeditación- el juez se quedó sin elementos para poder sostener que se trataba de un homicidio calificado". En cuanto a la convicción que se formó Frei en la causa, Zaliasnik explicó que "de modo muy preliminar, considerando que es un fallo de más de 800 páginas, pareciera ser que al desechar a la tesis del homicidio calificado, queda con elementos muy débiles para acreditar el homicidio y no, por ejemplo, una mera negligencia médica". En cuanto al contexto explicado por Madrid en el fallo, el abogado señaló que "no podríamos sustraernos al contexto. Sin embargo, judicialmente esas dudas deben apoyarse en evidencia concreta en el caso".
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