Juzgado de San Bernardo prohíbe uso de audio de menor del Sename en franja electoral: por primera vez el CNTV deberá eliminar contenido del espacio televisivo

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El audio del registro de un menor pidiendo auxilio -captado por una vecina de la residencia Carlos Antúnez- fue utilizado en un video de la Lista del Pueblo, el pasado 26 de marzo. Tras esta resolución, el Consejo Nacional de Televisión deberá editar estas imágenes e incorporar un texto aludiendo al dictamen judicial.


De forma inédita, el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) deberá eliminar contenido de la franja electoral. Esto, a raíz de una resolución del Juzgado de Familia de San Bernardo que prohibió la publicación y reproducción “con fines de propaganda electoral” del registro audiovisual donde un menor del Sename pedía auxilio en la residencia Carlos Antúnez.

Dicho video -que provocó que Sename abriera un sumario y presentara una denuncia ante la Fiscalía por presuntos delitos en contra de quienes resulten responsables- fue utilizado en la franja de la Lista del Pueblo el pasado 26 de marzo, en el segmento de las 20.45 horas. Reproduciendo el audio del menor de fondo, sus candidatos a convencionales constituyentes llamaban a escribir una nueva Carta Magna que reconociera a todos los tipos de familia y a los niños, niñas y adolescentes como “sujetos de derecho”.

Las reacciones y críticas por el uso del registro del niño fueron inmediatas. La Defensoría de la Niñez, a través de su cuenta de Twitter, calificó la situación como “inaceptable” y anunció que estudiaban acciones legales.

En su cuenta personal, quien encabeza el organismo, Patricia Muñoz, manifestó que “indigna verificar que el uso y abuso del dolor ajeno no es propio de ningún sector político”.

A tres días des la emisión del video, el Juzgado de Familia de San Bernardo aprobó -el 29 de marzo- una medida cautelar presentada por el programa Mi Abogado, del Ministerio de Justicia y DD.HH.-a la que tuvo acceso La Tercera- que decretó lo siguiente: “Se ordena la prohibición de publicaciones y reproducciones de los registros audiovisuales captados en la Residencia Carlos Antúnez el día 22 de marzo (...), así como también cualquier contenido audiovisual o de datos personales de identificación, en el cual se exponga al niño ya individualizado y/o a cualquier otro niño, niña y adolescente ingresado en la residencia Carlos Antúnez, con fines de propaganda electoral”.

Además, mandata la “eliminación de todo registro ya publicado y/o difundido en dicho contexto”. La medida se mantendrá, de acuerdo a lo señalado por el tribunal, por un plazo de 90 días.

En la resolución también se establece que el CNTV “prohíba la reproducción de la franja electoral de la denominada ‘Lista del Pueblo’, mientras ésta contenga el registro de audio de la vulneración de derechos constitutiva de delitos de las que fue víctima el niño (...) además de que informe la medida o sanciones que adoptará tal organismo en razón de lo expuesto”.

“Valoramos enormemente la resolución del Juzgado de Familia de San Bernardo en pos del bienestar del niño y la protección de sus derechos y su dignidad. Esperamos que con esta decisión judicial se elimine y no se vuelva a considerar, la inclusión de menores en la Franja Electoral”, dijo la presidenta del CNTV, Carolina Cuevas. Agregando que todas las candidaturas fueron notificadas para que acaten la resolución del tribunal de familia y que “no vuelvan a incluir material audiovisual que vulnere los derechos de niños, niñas y adolescentes”.

Según confirmaron fuentes del organismo a La Tercera, se trata de la primera vez que el Consejo Nacional de Televisión deberá eliminar un video del espacio propagandístico. En el caso del video que ya fue emitido y que se encontraba en su sitio, señalaron que se editarán las imágenes de ese registro audiovisual para incluir un recuadro negro y un texto aludiendo al dictamen judicial: “Audio no reproducible por orden tribunal de familia de San Bernardo”.

Franja Lista del Pueblo

Asimismo, indicaron que si alguna candidatura llegara a incumplir la resolución del Juzgado de Familia, correspondería a delito de desacato y se iniciaría una investigación en su contra.

Pero esta no es la primera vez que la agrupación de independientes es blanco de críticas.

Hace una semana, el CNTV debió pronunciarse sobre el contenido de la franja electoral -por primera vez desde el retorno a la democracia- ante el alto número de denuncias por el espacio, que alcanzó un récord (107 reclamos). Casi la totalidad” de ellos iban dirigidos a dos videos de la Lista del Pueblo: uno haciendo alusión a la supuesta muerte del Presidente Sebastián Piñera y la pieza audiovisual titulada “Truco de magia”.

A la fecha, indicaron al interior del organismo, el número de denuncias ascendió a 111.

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