Kits, fomento a campañas digitales, capacitaciones y otras medidas: Diario Oficial publica reglamento sanitario para el plebiscito
"Se debe reconocer que no existe un riesgo cero al realizar elecciones en tiempos de pandemia", sostiene el documento, por lo que el documento pretende generar un "adecuado balance -basado en los criterios de razonabilidad- entre los derechos políticos y el derecho a la salud". Conoce las principales medidas.
Este jueves se publicó en el Diario Oficial el reglamento sanitario para preservar la salubridad durante el plebiscito del próximo 25 de octubre, el que se desarrollará en plena pandemia por el coronavirus.
"Se debe reconocer que no existe un riesgo cero al realizar elecciones en tiempos de pandemia, debiendo las autoridades electorales, y en general del Estado, en estrecha colaboración, tomar las medidas más prudenciales para evitar oportunidades de amplificación de la propagación de la COVID-19 en el país”, aseguró el Servel en el propio reglamento, un documento de 29 páginas.
“El presente protocolo representa un esfuerzo intersectorial, y compromiso del Servicio Electoral de Chile, del Ministerio de Salud de Chile, de la Organización Panamericana de la Salud, y otras instituciones colaboradoras, por generar un adecuado balance -basado en los criterios de razonabilidad- entre los derechos políticos y el derecho a la salud de los que gozamos las personas”, resalta.
Para cumplir todo el protocolo, el Servicio Electoral de Chile dispondrá de capacitaciones obligatorias en modalidad presencial y virtual para el personal con rol electoral (funcionarios y funcionarias de Servel, miembros de Juntas Electorales, Delegados, Miembros de Colegios Escrutadores, personal de voto en el extranjero, vocales de mesas receptoras de sufragios, personal de enlace, entre otros).
Kits sanitarios
El Servicio Electoral de Chile “hace un llamado al electorado para que el día del Plebiscito Nacional 2020 acuda con sus propios implementos de protección sanitaria (alcohol gel al 70% y mascarilla idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues)”. No obstante lo anterior, “el 25 de octubre se dispondrá de kits sanitarios para colaborar en un apropiado resguardo de las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud”.
“El elector deberá llevar su propio lápiz pasta azul para marcar su preferencia en las correspondientes cédulas de votación, así como para firmar el padrón de mesa”, considera el Servel.
De acuerdo al documento, estos kits sanitarios deben contener:
- Mascarillas para vocales de mesa (2 del tipo KN95 por persona, para recambio durante la jornada). Los apoderados de las opciones deberán llevar sus propios kits sanitarios, de lo contrario no podrán desempeñar sus funciones.
- Escudos faciales para los vocales de mesa, siendo obligatorio el uso por parte del presidente/a de mesa al momento del escrutinio.
- Alcohol en gel al 70% para vocales de mesa y electores.
- Desinfectantes a base de alcohol o cloro para limpieza de superficies y cámara secreta aplicado mediante un rociador, de conformidad al protocolo dictado por la autoridad sanitaria, en particular se debe priorizar la limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia. Para realizar la limpieza se recomienda el uso de guantes de nitrilo, desechándolos y posterior lavado de manos.
- Toallas húmedas con alcohol al 70%, cloro o amonio cuaternario
- Toallas de papel o servilletas.
- Guantes de nitrilo para el conteo de votos.
- Bolsas de basura grande (basureros de hasta 240 litros).
Locales de votación
De igual manera, el reglamento estableció una serie de medidas para los locales de votación. Son las siguientes:
- Los locales de votación deberán ser sanitizados los días 23 y 24 de octubre en la madrugada. Para ello se solicitará la colaboración de las autoridades correspondientes, y de los propietarios y administradores de los recintos. Además, se solicita a los municipios realizar, durante la jornada del 25 de octubre, retiro periódico de basura y limpieza de locales.
- Al exterior de los locales se deberán demarcar con cinta amarilla el espaciamiento físico que será requerido a los electores para su ingreso. De igual forma se deberá demarcar el distanciamiento físico para ingresar a la mesa receptora de sufragios.
- Será obligatorio el uso permanente de mascarillas (idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues) en los locales de votación.
- Los electores deberán ingresar a los locales de votación solos, sin compañía, salvo aquellos que manifiesten necesidad de voto asistido.
- En la medida que los espacios lo permitan, considerar filas de acceso preferencial para adultos mayores, personas con necesidades especiales o embarazadas, las que deberán tener 2 metros de distancia con la fila de acceso general.
- Al momento de ingresar a los locales de votación todas las personas, sin excepción, deberán desinfectar sus manos con el uso de alcohol gel al 70% o rociador con alcohol al 70% dispuesto por la institución para tales fines.
- Los locales de votación contarán con mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues para casos de contingencia con electores u otros.
- Para ingresar a los locales de votación se deberán realizar filas, siempre provistos de mascarillas (idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues) y guardando una distancia de al menos un metro entre las personas.
- En los locales de votación queda estrictamente prohibido ingresar con propaganda referente a alguna de las opciones del Plebiscito, ya sea en sus elementos sanitarios o vestimenta.
- Se deberá determinar un aforo considerando la capacidad máxima del recinto asegurando un distanciamiento de al menos un metro entre personas. Se deberá también coordinar con las fuerzas de orden correspondientes que tampoco existan aglomeraciones en el exterior del local de votación. En el aforo no se debe considerar a los vocales, apoderados, prensa, personal del Delegado o con rol electoral y fuerzas encargadas del orden.
- Se recomienda que los locales de votación tengan habilitadas puertas de ingreso y salida distintas, para permitir el flujo unidireccional y evitar aglomeraciones.
- Una vez emitido el voto, los electores tendrán que hacer abandono inmediato del local de votación por la salida dispuesta para ello. Es importante procurar impedir los contactos sociales, conversaciones y saludos en el interior del recinto de votación. Las declaraciones, entrevistas o conferencias de prensa de cualquier persona deberán ser realizadas afuera de los locales de votación.
- Se deberán reforzar los basureros con tapa al interior de los locales de votación y colocando bolsas de basura grande (basureros de hasta 240 litros), para asegurar la protección del personal de aseo. Además, duplicando su capacidad y señalando claramente cuáles son los indicados para botar la basura sanitaria (la señalización de éstos deberá ser de color rojo). Se entenderá por basura sanitaria las mascarillas, escudos faciales, guantes, toallas de higienización u otro que se haya utilizado para cuidado personal o limpiar materiales. Los municipios deberán hacer retiro periódico de la basura y limpieza de los locales de votación.
- Tanto en el exterior como en el interior de los locales de votación, se deben colocar afiches que orienten al elector sobre medidas sanitarias, entradas y salidas.
- Los locales de votación deben contar con baños públicos disponibles y éstos deben limpiarse y desinfectarse de manera frecuente, procurando tener agua potable, jabón líquido y asegurando distancia física de al menos un metro.
En los locales de votación, en tanto, queda estrictamente prohibido utilizar material sanitario, o de cualquier otro tipo, que tenga propaganda referente a alguna de las opciones del Plebiscito.
En campaña
Tomando en cuenta el contexto sanitario, el Servel definió un protocolo para el desarrollo de las campañas. Se contemplan las siguientes medidas.
- Los partidos políticos, las organizaciones de la sociedad civil, los parlamentarios independientes o los comandos de las opciones sometidas a plebiscito deben evitar eventos presenciales masivos y promover los canales virtuales, donde la ciudadanía de forma segura pueda escuchar ideas y debatir sobre las opciones sometidas a plebiscito.
- Quienes hagan campaña tendrán la responsabilidad de destinar recursos para insumos sanitarios y ponerlos a disposición de quienes trabajen en la campaña.
- Las campañas puerta a puerta pueden realizarse siempre que se desplace un número limitado de personas y que en ellas se respete la distancia física de al menos un metro, se utilice mascarilla quirúrgica desechable de tres pliegues (con cambio cada 4 horas) e higienice periódicamente las manos.
El Ministerio de Salud dio el visto bueno al reglamento con fecha 9 de septiembre de 2020. El documento completo lo puedes leer a continuación:
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