Salud realizó solo 60 fiscalizaciones en 2017 a piscinas de la capital
Cifra representa el 3.5% del total de las piletas que existen en la región -entre públicas y de uso restringido. En 2016 se realizaron 79 inspecciones.
Durante el verano, las temperaturas bordean los 30 grados en Santiago y el panorama por excelencia para capear el calor suelen ser las piscinas públicas, las que durante los últimos años se han convertido en una actividad ideal para los que veranean en la capital.
Según el registro de la Seremi de Salud, en la Región Metropolitana (RM) existen 1.700 piscinas que se distribuyen en las de uso público (municipales) y de uso público restringido ( de hoteles, moteles, condominios, escuelas, gimnasios, entre otros), que son utilizadas por un grupo reducido de personas.
Frente a este número de instalaciones, la fiscalización anual de la autoridad es escasa. Según el Ministerio de Salud, en 2017 se realizaron 60 inspecciones, lo que corresponde al 3,5% del total de piletas que están autorizadas en la Región Metropolitana, (ver infografía).
Respecto a esta cifra, el Secretario Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, Carlos Aranda, explicó que la cantidad de fiscalizadores es "insuficiente para supervisar permanentemente las 1.700 piscinas públicas y de uso restringido de la región".
Debido a esto, indicó Aranda, "se prioriza (fiscalizar) las piscinas de alta concurrencia de público y la atención de la totalidad de las denuncias de la comunidad".
Desde la Seremi también señalaron que las piletas no pueden funcionar sin la autorización sanitaria y agregaron que "este reglamento aplica tanto a piscinas públicas como restringidas".
Sumarios
Durante el 2017, de las 60 fiscalizaciones que se realizaron a las piscinas de la Región Metropolitana, se cursaron 18 sumarios sanitarios debido a faltas al reglamento de uso y administración de estas instalaciones.
Según la Seremi de Salud, las infracciones más comunes que se repiten al momento de las inspecciones son porque las piletas suelen estar sin cloro o poseen sistemas de cloración no autorizados.
Aranda detalló que otras de las prácticas comunes son: "esparcir cloro granulado sobre el agua; estar funcionando sin autorización sanitaria; no tener salvavidas, o salvavidas sin credencial que acredite capacitación en salvataje de bañistas".
Causas adicionales de sanciones tienen que ver con la falta de elementos de primeros auxilios y tener la sala de emergencia cerrada, sin acceso, ni personal capacitado para atender los accidentes.
Supervisión en terreno
La piscina de Estación Central es una de las piletas abiertas para el uso público más visitadas durante la temporada de verano. Este año inició su temporada el 15 de noviembre, y según datos del municipio hasta la fecha la han visitado 54 mil usuarios.
El encargado de deportes de la comuna, Manuel Puelma, aseguró que "somos la piscina que parte primero en la Región Metropolitana, yo te diría que casi todo Chile, como temporada de piscina propiamente tal".
Con respecto a la fiscalizaciones que han enfrentado, Puelma señaló que las que reciben son anuales y que "generalmente la Seremi nos fiscaliza una vez durante la temporada".
Desde la Municipalidad de Santiago informaron que la piscina del Parque O'Higgins ha recibido 26.760 personas desde que abrió sus puertas el 1 de diciembre. En tanto, a la piscina del Parque Quinta Normal, abierta desde el 1 de enero de 2018, han llegado 15.383 personas. Así, hasta el 8 de febrero, ambas instalaciones sumaban 42.143 visitantes.
Sobre las fiscalizaciones, desde el municipio de Santiago indicaron que fueron fiscalizados el 21 de diciembre de 2017 y no tuvieron ninguna observación.
¿Qué se fiscaliza?
Calidad del agua: transparencia, cloro libre residual: 0,5 a 1,5 ppm (miligramos/litro de agua).
Cerca o reja perimetral, lavapiés, duchas (cortina de agua), franja reservada para la circulación de bañistas.
Escaleras a ambos lados de la parte más profunda de la pileta.
Camarines, guardarropas, servicios higiénicos, duchas, en buenas condiciones.
Servicios higiénicos para el público y para el personal separados por sexo.
Prohibición de venta ambulante de alimentos y permanencia de animales.
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