Servel absuelve a administrador electoral de Karina Oliva por rendiciones irregulares de candidatos a concejales de Comunes
El organismo determinó que las falencias en las rendiciones derivaron de “incumplimientos previos de los administradores electorales de los respectivos candidatos, o, porque habiendo sido enviado por el administrador electoral, la cuenta no se reflejó" en el sistema.
Fue el 30 de marzo de 2022 que el Servicio Electoral (Servel) dispuso la apertura de un proceso sancionatorio en contra de Martín Miranda, administrador electoral del Partido Comunes que cobró notoriedad pública por el caso de Karina Oliva.
Lo anterior, como se informó en su momento, “por no remitir al Subdirector de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, en la forma y plazo establecido en la ley, la información contable y la documentación relativa a los ingresos y gastos electorales” de las candidaturas de seis aspirantes a concejales en representación de la citada tienda.
Se trataba de los dineros gastados en las campañas de Julio Uriel Hernández Chacano (La Cisterna), Edward Francis Ireland Arancibia (Quintero), Nicolás Francisco Palomo Ruiz (Pedro Aguirre Cerda), Antonio Hernán Mamani Mamani (Alto Hospicio), Ruth Natalia Cáceres Triviño (Coquimbo) y de David Heriberto Castillo Palma (San Miguel).
Sin embargo, a casi dos años de la apertura del caso, desde el Servel comunicaron a las partes que se resolvió absolver a Miranda de los cargos que se le “imputaban”, dado que se consideró que no es responsable de las irregularidades detectadas en las rendiciones de los citados candidatos.
“De los antecedentes tenidos a la vista, y de conformidad a las reglas de la sana crítica, no se logra alcanzar la convicción para sancionar al Sr. Martín Ignacio Miranda Sepúlveda, en su calidad de administrador general electoral del Partido Comunes en las Elecciones Municipales del año 2021, en razón de que si bien no presentó ante el Subdirector de Control del Gasto y Financiamiento Electoral antecedentes que conforman la cuenta general de ingresos y gastos electorales de las candidaturas inscritas en representación del partido, dicho incumplimiento no se originó por hechos atribuibles a su responsabilidad”, se lee en la resolución.
Lo errores detectados, se agrega en el mismo escrito, derivan de “incumplimientos previos de los administradores electorales de los respectivos candidatos, o, porque habiendo sido enviado por el administrador electoral, la cuenta no se reflejó en el escritorio del Sistema de Rendición Web del Administrador General Electoral, por tanto, no es proporcional aplicar un reproche infraccional por el incumplimiento de las obligaciones” de la Ley Orgánica Constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral”.
Respecto de las acusaciones referentes que no solicitó a los respectivos administradores los antecedentes faltantes, desde el Servel agregaron que “se presume que el administrador general electoral del partido Comunes requirió a los administradores electorales la información contable de las candidaturas a su cargo, por cuanto, se acreditó mediante la prueba documental aportada que, constantemente se comunicó con este Servicio Electoral con la finalidad de informar problemas con la plataforma de rendición”.
Así las cosas, la resolución concluye: “Martín Miranda Sepúlveda intentó desempeñar el cargo de administrador general electoral con atención, prudencia y cuidado, de manera informada y con la dedicación adecuada atendiendo a las distintas circunstancias imperantes (...) Cumplió con la obligación impuesta”.
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