Corte Suprema fija para el lunes 6 de febrero la lectura del fallo sobre nulidad de juicio contra Nicolás López
Alegatos de las partes se desarrollaron esta jornada.
En junio del año pasado, la Corte Suprema declaró admisible el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Nicolás López que busca dejar sin efecto la condena a cinco años y un día de cárcel efectiva por abusos sexuales reiterados que fue dictada en contra del cineasta nacional por el Tribunal Oral de Viña del Mar el 16 de mayo pasado.
Este martes, la sala penal del máximo tribunal escuchó los alegatos de las partes.
La lectura del fallo quedó fijada para el lunes 6 de febrero.
La defensa
Paula Vial, la abogada defensora del cineasta, entregó sus argumentos a la Segunda Sala de la Corte Suprema.
La abogada cuestionó declaraciones de autoridades de los gobiernos de Sebastián Piñera y Gabriel Boric sobre el caso, acusó una estrategia de presión en redes sociales y rechazó el planteamiento de organizaciones feministas que abogan por creer a las denunciantes de delitos sexuales.
“La estrategia supuso que desde lo comunicacional se obligara, se empujara, se amedrentara todo aquel que estuviera en posición de juzgar en esta causa, poniendo en riesgo la libertad de los jueces. En este caso, los jueces no pudieron abstraerse de esta situación y sucumbieron a la presión de las redes. Esta presión llegó a tal nivel, que incluso existió intervención de autoridades de gobierno en relación a esta causa, tanto del gobierno anterior, al momento de publicarse los reportajes, como de este gobierno al momento de discutirse el juicio”, señaló.
“Estoy consciente que vivimos en tiempos de redes sociales, sin embargo, es fundamental separar los ámbitos”, sostuvo, recalcando que deben ser “capaces de hablar en el lenguaje del derecho y no en el de la manifestación, por muy válido que este pueda ser en otros contextos”.
“Consignas como el ‘Yo Te Creo’, son significativas en las políticas de la erradicación de la violencia de género, pero no pueden suponer la desaparición de derechos absolutos como la desaparición de la presunción de inocencia y a las exigencias de fundamentación y valoración”, afirmó.
“A costa de la libertad de una persona inocente, por medio de una sentencia infundada y contradictoria, el tribunal le habló a la galería en lugar de hacerlo al derecho”, cerró.
Perspectiva de género
La presentación de la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente estuvo a cargo de la persecutora regional, Lorena Parra.
Parra inició su exposición cerca del mediodía y solicitó que el recurso sea rechazado en todas sus partes y se confirme la sentencia del TOP viñamarino.
Parra expuso que Vial basó su argumentación en una supuesta vulneración al principio de inocencia y en una supuesta incoherencia en los testimonios. “Para ello, entre otras cosas, hace alusión a la perspectiva de género, que solo implica juzgar con la eliminación del sesgo”, advirtió la fiscal, acotando que ello no implica otra valoración de la prueba o considerar que solo basta el testimonio de la víctima.
“El tribunal, con esta misma perspectiva de género, no logró la convicción en otros hechos por los que acusaba el Ministerio Público y emitió un veredicto absolutorio”, recordó, enfatizando que el fallo “es un fallo contundente”.
En junio del año pasado la misma sala acogió un recurso de ampara en favor del realizador audiovisual y -por cuatro votos a uno- dictaminó dejar sin efecto la prisión preventiva que pesaba en su contra y que cumplía en un penal en Casablanca.
Desde entonces se mantiene bajo la medida cautelar de firma mensual y con prohibición de salir del país a la espera de la tramitación del recurso de nulidad que interpuso su defensa.
El caso
En abril de 2019 López fue formalizado por delitos reiterados de violación, abuso sexual y ultraje público a las buenas costumbres ante el 8° Juzgado de Garantía de Santiago. A casi dos años, el lunes 14 de marzo de 2022 comenzó el juicio oral en que fue condenado.
El primer delito que se le imputaba a López fue la violación de una menor de edad que habría ocurrido entre octubre y noviembre de 2004. El tribunal lo absolvió de esa acusación, sin embargo lo declaró culpable por dos delitos de abuso sexual.
La investigación contra el director se abrió luego que ocho mujeres vinculadas al mundo audiovisual, con reconocidas actrices entre ellas, lo denunciaran de acoso laboral y sexual en un reportaje de Revista Sábado publicado el 30 de junio de 2018. También presentaron entonces una querella en su contra. El 22 y 23 de noviembre de ese año declaró como imputado ante la Fiscalía Oriente.
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