Tribunal acredita terrorismo y condena a tres de los 11 imputados por caso Luchsinger

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El 11 de junio el tribunal dará a conocer la sentencia en contra de los tres comuneros responsables. En voto de minoría, un juez consideró culpable a la machi Linconao junto a otros dos eximputados.


Luego de 36 días de juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco decidió por unanimidad condenar bajo los cargos de incendio con resultado de muerte en carácter terrorista a tres de los 11 imputados por la muerte de Werner Luchsinger y Vivian Mackay, el 4 de enero de 2013 en el fundo Lumahue de la comuna de Vilcún, Región de La Araucanía.

De esta forma, José Peralino Huinca, José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel se unirán al machi Celestino Córdova, quien hasta ayer era el único condenado por la muerte de la pareja de agricultores. La sentencia definitiva del caso será pronunciada el próximo 11 de junio a las 11.00.

Con los votos a favor de los jueces Mauricio Poblete y Rocío Pinilla, el tribunal decidió absolver de todos los cargos a la machi Francisca Linconao, Aurelio Catrilaf, Hernán Catrilaf, José Córdova -hermano del machi Celestino-, Juan Tralcal, Sabino Catrilaf, Eliseo Catrilaf y Sergio Catrilaf.

Sin embargo, en un voto de minoría, el juez Germán Varas consideró que las pruebas expuestas eran suficientes para sumar en la condena a la machi Linconao, Eliseo Catrilaf y Hernán Catrilaf.

De esta forma, la justicia revierte en parte lo resuelto durante el primer juicio, el que decidió absolver a la totalidad de los comuneros. Tras la apelación a la sentencia, la Segunda Sala del tribunal de alzada de Temuco decidió anular este fallo, lo cual dio inicio a este segundo proceso.

El principal cambio que planteó este veredicto en comparación al primer fallo, fue la acreditación del carácter terrorista del ataque. Según manifestaron los magistrados, las pruebas rendidas lograron determinar "no solo el temor que siente el grupo de vecinos agricultores del sector aledaño al sitio del suceso, sino, además, que aquel designio de infundir tal temor conformaba el dolo de los agentes".

En este aspecto, el dictamen consideró relevante para la decisión "la real modificación que han debido practicar y perpetuar en sus vidas los diferentes vecinos del sector, a raíz, primeramente, de la escalada de hechos violentos en la zona, y en particular, las medidas de autoprotección que han debido radicalizar luego del acontecimiento delictivo que origina la presente causa".

El fiscal jefe de La Araucanía, Alberto Chiffelle, valoró que desde el Ministerio Público "siempre hemos sostenido que el hecho es de carácter terrorista, por la naturaleza de la comisión del mismo. El tribunal por unanimidad acogió esta tesis y por otro lado acogió que al menos tres de los acusados tienen participación directa en estos hechos".

Para Luis Hermosilla, abogado del Ministerio del Interior, en el veredicto "hay una ratificación de la vigencia de la Ley Antiterrorista, cosa que nos parece extremadamente relevante y significativa".

Para Sergio Arévalo, abogado de la familia Luchsinger Mackay, la calificación de terrorismo que el tribunal dio al hecho "era muy importante para nosotros, como abogados y fundamentalmente para la familia".

La declaración de Peralino

Uno de los puntos más debatidos entre las partes era la validez de la declaración de José Peralino, dado que el testimonio sirvió como sustento para las detenciones de la totalidad de los imputados. En este sentido, el tribunal descartó la invalidez de sus dichos y aseveró que las palabras del hoy condenado "no poseen vicios de ilegalidad (...) como así tampoco se advirtió la presencia de algún tipo de coacción". Este aspecto responde a los cuestionamientos que realizaron las defensas, quienes acusaron durante todo el proceso que al momento del interrogatorio, Peralino había recibido presiones de la policía.

Para los jueces, sus palabras "aparecen debidamente sustentadas en prueba anterior y posterior a las declaraciones que el coimputado (Peralino) prestó a los señores fiscales, revistiéndola de mérito suficiente para superar solo en la parte que atañe a tales imputados (Tralcal Coche y Tralcal Quidel) el estándar requerido".

A la salida de la audiencia, la machi Linconao enfatizó en su inocencia, al aseverar que es la tercera ocasión en que es absuelta. No obstante, se manifestó molesta, "muy enojada, porque hay tres personas que los van a condenar porque pusieron plata los latifundistas. Por plata se venden los jueces", sostuvo.

Para Pablo Ortega, abogado del condenado José Tralcal Coche, la decisión judicial fue "sorprendente", al no entender "cómo el tribunal arribó a un veredicto condenatorio respecto solo de tres personas. Eso significa que le dio valor probatorio a una declaración que hablaba de 11 personas. Creemos que ahí va a haber una inconsistencia insalvable en el fallo".

En este punto coincide el defensor penal público, Renato González, quien representó a la machi Linconao: "No podemos evitar señalar que es un veredicto extraordinariamente extraño. Nos cuesta entender que algunos fueron condenados y otros absueltos".

Conocido el veredicto, desde el Ministerio Público solicitaron una pena de presidio perpetuo para Tralcal Coche y Tralcal Quidel, mientras en el caso de José Peralino, y tras ser reconocido su aporte a la causa, se pidió una pena 10 años y un día.

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