Atentados: ¿Es jurídicamente posible declarar "ilegal" a la CAM?

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Ante la solicitud de multigremiales del sur, especialistas en derecho aclaran las implicancias legales de esa eventual decisión.




Luego de que las multigremiales de la zona centro-sur solicitaran al gobierno, a través de un comunicado, "interponer una querella contra la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), por el cargo de asociación ilícita terrorista y, además, que sea declarada ilegal", expertos en derecho afirman que sí se puede declarar fuera de la ley a una organización, pero sólo mediante el fallo de un tribunal, no a nivel político.

"Para definir ilegal a una organización tiene que existir un proceso judicial que concluya que es ilegal y que termine en la privación de su personalidad jurídica, si la tuviese, o (si fuera clandestina) en la declaración de asociación ilícita con fines penales", explica Lilian San Martín, docente de la Facultad de Derecho de la U. Alberto Hurtado (UAH).

En esa línea, ni el Ejecutivo ni el Parlamento pueden darle ese calificativo a una entidad. "Solo un tribunal puede definir si una organización es ilegal o no (...). En Chile existe la libertad de asociación, que está garantizada por la Constitución", agrega San Martín.

Actualmente, y desde 2016, la Fiscalía Regional de La Araucanía investiga a la CAM por presunta asociación ilícita y la conformación de milicias privadas.

Según explicó el fiscal vocero, Roberto Garrido, las pesquisas se iniciaron tras informaciones de prensa donde aparecían sujetos señalando que pertenecían a la organización y que utilizaban armas de fuego.

Pese a estos antecedentes, Garrido recuerda que "ya en 2005 el Ministerio Público llevó a juicio a esta organización, y en una resolución dividida, el tribunal oral estimó que la fiscalía no había logrado acreditar que existía la organización y que tenía una finalidad de atentar contra el orden social. Por eso, terminó absolviendo a las personas acusadas".

Querella

Luis Emilio Rojas, docente de Derecho Penal en la UAH, dijo que "en este caso, si la fiscalía está investigando la eventual asociación ilícita, no tiene mucho sentido que se le pida al gobierno que, además, presente una querella por el mismo delito".

Rojas explicó que el Ministerio Público "es el órgano del Estado llamado a investigar los hechos constitutivos de delito y hacer efectiva la acción penal pública".

Sin embargo, el abogado destacó que "una persona que es víctima de eventuales delitos, provocados por una asociación ilícita, sí está legitimado para presentar una querella contra ella como particular".

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