Cascada: los días clave de los últimos imputados
Este mes la SVS debería decidir si sanciona a un segundo grupo de imputados. De hacerlo, las multas serían menores a los ya sancionados.
Octubre es un mes clave para la "segunda etapa" del caso cascada, pues según los plazos legales, se conocerá la resolución de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) respecto de los imputados que no fueron incorporados en el dictamen del 2 de septiembre.
En la lista está la corredora de Bolsa Banchile y su ex gerente de inversiones, Cristián Araya; Citigroup Global Markets y su representante legal, Fabio Gheilerman; y Linzor Asset Management (hoy CHL) y su representante legal, Canio Corbo Atria. Todos fueron oficiados el 31 de enero de este año junto a los ejecutivos de LarrainVial, la intermediaria misma y Alberto Le Blanc, los que sí recibieron millonarias multas a principios de septiembre.
En el caso de estos imputados, el tiempo que tiene la SVS para resolver vence el 31 de octubre, y según conocedores del proceso, el dictamen se cumpliría en el límite del plazo.
Caducidad
Los procesos investigativos de la SVS tienen un principio de caducidad de cuatro años después de ocurrida la operación indagada, y de seis meses después de dictado un oficio.
La formulación de cargos del 31 de enero contra las seis personas naturales y jurídicas cuyo caso aún no se ha resuelto, presume una infracción al artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, por operaciones específicas realizadas con las acciones de SQM-A y SQM-B durante los distintos ciclos en los que se desarrolló el "esquema" que habrían planeado Julio Ponce y sus relacionados, en las que Banchile, Linzor y Citigroup Global Markets fueron sus contrapartes. Las transacciones se realizaron entre 2009 y 2011.
De aquellas, solo las realizadas por Citigroup y Fabio Gheilerman entre 2009 y 2010 ya caducaron a efecto de poder ser sancionadas, motivo por el cual en julio de 2014, Citi presentó una demanda contra la SVS para que se suspendiera la investigación de esos movimientos. Además de negarse mediante oficio reservado a suspender el proceso, el superintendente de Valores, Carlos Pavez, señaló en ese mes que "estamos convencidos que nuestra ley orgánica nos permite, si bien no sancionar, sí seguir investigando operaciones que han caído en caducidad".
Banchile y Linzor también tienen operaciones caducadas (las realizadas entre 2009 y 2010), pero además fueron oficiadas por transacciones realizadas entre 2010 y 2011, por lo que estas últimas sí pueden ser sancionadas. De hecho, la SVS tiene plazo hasta el 31 de marzo de 2015 para emitir una resolución antes de caer en la caducidad.
Las operaciones
Según los oficios, y en la resolución del 2 de septiembre, las transacciones por las que se investiga a los seis imputados tienen un denominador común: la generación de utilidades contables para la sociedad cascada Pampa Calichera. Esto, con el fin de que pudiera financiar vía dividendos a Oro Blanco y esta a su vez tuviera recursos para recomprar acciones a las sociedades relacionadas y vinculadas a Julio Ponce a precios sobre referencia de mercado.
En ese sentido, más que partícipes del esquema, los imputados habrían servido como un "puente" para facilitarlo.
Los oficios dividen el esquema en "ciclos" determinados por el período en el que fueron realizados. En ese sentido, las operaciones por las cuales la SVS no ha emitido aún una resolución coinciden en haber sido efectuadas entre diciembre de un año y marzo o abril del año siguiente.
Las operaciones habrían sido estructuradas de manera que dichas acciones no abandonaran las sociedades cascada, para lo cual se utilizaron operaciones directas (OD). Solo la intervención de la auditora externa de las compañías en 2011, correspondiente al ejercicio 2010, y de la SVS en 2012, impidieron que finalmente se reconocieran posibles utilidades contables derivadas de tales operaciones, situación que, según señaló el ex superintendente Fernando Coloma ante la Cámara de Diputados, gatilló el comienzo de la investigación del caso.
Los descargos
En estos casos el nivel de filtraciones y conocimiento del proceso por parte de la opinión pública no ha tenido la misma magnitud que en el de los ya sancionados. Un cercano a la investigación señala que estas operaciones tienen diferencias claves con las efectuadas con la sancionada LarrainVial, producto de que habrían sido hechas mediante operaciones directas (OD) con difusión y divisibles.
Además, argumenta que un intermediario no puede saber el destino que van a tener la operaciones hechas por un cliente y por ende, no se le puede imputar un delito cometido a través de ellas. "Es como acusar a un corredor de propiedades porque en una casa que vendió se hizo trata de blancas", señala.
En el caso de Banchile, una fuente del mercado manifiesta su sorpresa del por qué, a diferencia de LarrainVial, no se ofició a sus principales ejecutivos, sino solo al ex gerente de inversiones.
Eventuales multas
La Ley Orgánica de la SVS aclara que las sanciones son determinadas en base a la gravedad y las consecuencias del hecho, la capacidad económica del infractor y si este hubiese cometido otras infracciones en los últimos 24 meses.
Un abogado experto en materias de mercado, indica que la resolución en contra de la corredora de Bolsa LarrainVial "debiera dar un referente en este caso". Advierte, eso sí, que "hay un tema complicado porque si se multa a Banchile se sancionaría a las dos corredoras más importantes del país".
Asimismo, dice que lo que la SVS explicitó en su primera resolución, es que las corredoras pueden ser responsables de las operaciones de sus clientes.
El jurista aclara que por el nivel de las operaciones, las multas en este segundo grupo de imputados deberían ser inferiores a las de la primera resolución, que en total sumaron US$ 164 millones. Por lo mismo, dice, el regulador decidió dividir la imputación en dos bloques.
Al ser consultada al respecto, la SVS declinó efectuar comentarios debido a que el proceso está aún en curso.
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