Caso Caval: Los argumentos de la Corte para sobreseer a Dávalos

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El ex director sociocultural de La Moneda logró salir de la investigación por negociación incompatible, violación de secreto y cohecho, que indagaban los fiscales Arias y Moya




Antes de lanzarse contra la fiscalía, Dávalos escuchó, siempre en compañía de su señora, el veredicto de la Corte de Apelaciones de Rancagua, la que acogió su requerimiento de revocar la resolución del Juzgado de Garantía que, el 18 de diciembre, rechazó su sobreseimiento del caso Caval.

Así, el ex director sociocultural de La Moneda logró salir de la investigación por negociación incompatible, violación de secreto y cohecho, que indagaban los fiscales Emiliano Arias y Sergio Moya, en la arista principal del caso, donde figuraba como imputado.

No obstante, la fiscalía podría imputarle cargos en caso de comprobarse su presunta participación en otros hechos investigados, correspondientes a otras aristas del caso, como, por ejemplo, la correspondiente a la derivada de la querella por estafa presentada por el empresario Gonzalo Vial Concha u otras líneas investigativas.

Los argumentos de Dávalos para pedir su sobreseimiento se centraron en dos puntos: que desde que se inició la investigación no se ha probado ningún delito en su contra y que la causa principal se encuentra cerrada, donde él nunca fue formalizado, ni menos acusado.

La Corte de Apelaciones acogió el requerimiento y resolvió que la fiscalía "le ha brindado a la indagación un curso progresivo, llegando incluso en su arista principal a clausurar la misma y presentar acusación fiscal en relación a los otros encausados y en relación al requirente (Dávalos) en cuestión, solo en esta faz procesal, instada por la defensa, ha expuesto determinados indicios imprecisos y generales, que a juicio de la propia fiscalía no han revestido la idoneidad suficiente para a lo menos inferir la existencia indiciaria o preliminar de los sustratos fácticos de los ilícitos atribuidos al referido imputado Dávalos Bachelet".

Además, calificó de "excesivo (el) periodo transcurrido" en la investigación contra el imputado sin que existiere una formalización, además de agregar que "los hechos denunciados y objeto de la actuación aludida, con respecto de Dávalos Bachelet no son constitutivos de delitos y no le son imputables, hipótesis que justifica decretar el sobreseimiento definitivo requerido".

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