Comisión electoral del PPD determina que no hubo fraude en elección interna
Organismo partidario se basó en informe técnico que determinó un error informático en la votación. De todas formas, antecedentes serán revisados por el tribunal supremo de la colectividad.
La Comisión Nacional Electoral (CNE) del PPD resolvía anoche que no hubo fraude en la elección con que la colectividad renovó su mesa directiva el domingo pasado.
Lo que puso en duda la legitimidad del proceso electoral fue una denuncia efectuada por el diputado Marco Antonio Núñez, quien tras resultar electo vicepresidente de la colectividad, acusó la aparición de 1.800 votos tardíos, los que ingresaron la noche del domingo, supuestamente, favoreciendo a candidatos de otras corrientes internas del partido.
Aunque sí fue la más bullada, la de Núñez no fue la única advertencia de incongruencias en la votación. A comienzos de esta semana, tanto la comisión electoral como el Tribunal Supremo (TS) del partido recibieron varios requerimientos de candidatos que -independiente de que hubieran resultado electos-, pidieron escrutar de nuevo los resultados, luego de observar inconsistencias en las cifras finales.
Aunque desde el comienzo de la controversia se planteó la posibilidad de que todo se pudo haber producido por una falla informática, solo ayer la comisión electoral del partido se pronunció oficialmente. Lo hizo luego de recibir y analizar un informe técnico elaborado por la persona encargada del software a través del cual se podían seguir los resultados de la elección.
Según explicaron luego en la comisión electoral, el problema no se produjo en regiones específicas -como había sostenido el diputado Núñez-, sino que en todas las comunas del país se produjo un ingreso virtual de votos adicionales, y que la cantidad de estos fue mayor o menor en una relación directamente proporcional al número de sufragios de cada recinto de votación.
Lo que viene
El veredicto de la comisión, en todo caso, no es determinante, pues después del informe con los resultados oficiales de la CNE, se abre un plazo de cinco días para que el tribunal supremo de la colectividad pueda recibir eventuales reclamaciones.
En el periodo posterior, el tribunal supremo contrastará el informe de la CNE con las actas, votos, padrones y firmas de electores en cada región, además de las reclamaciones particulares.
Solo entonces, en caso de determinar que hay concordancia en los resultados, el tribunal determinará la validez de la pasada elección interna.
El hecho de que la polémica haya debido resolverse solo a nivel intrapartidario puso de manifiesto las áreas grises de la nueva Ley de Partidos Políticos, pues pese a definir que es el Servicio Electoral (Servel) el organismo que debe fiscalizar los procedimientos internos de las colectividades, no se estandarizó la manera en que esto se lleve a cabo.
Al cierre de esta edición, la nueva configuración de la mesa dejaba a Núñez como segundo vicepresidente y a Eduardo Vergara -respaldado por el senador Ricardo Lagos Weber- fuera de la mesa.
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