Comisión Mixta despacha proyecto que establece penas de cárcel para casos de colusión

Ello luego que se aprobaran las modificaciones al artículo 64 relativas a la exclusividad en la acción penal para el Fiscal Nacional Económico (FNE).




La Comisión Mixta despachó este lunes el proyecto que establece penas de cárcel y aumenta las multas para los casos de colusión, con lo que la iniciativa quedó en condiciones de pasar a la Sala de la Cámara de Diputados y posteriormente ser votada en el Senado.

Ello luego que la Comisión aprobara por ocho votos a favor y dos en contra, las modificaciones al artículo 64 relativas a la exclusividad en la acción penal para el Fiscal Nacional Económico (FNE).

Al respecto, el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes destacó el apoyo de los parlamentarios a la indicación presentada por el Ejecutivo, lo que permitirá el avance del proyecto de ley que fortalece el sistema de defensa de la libre competencia.

"Como Ejecutivo estamos comprometidos con la lucha contra los carteles que afectan a millones de consumidores. La forma de hacerlo es a través de este proyecto de ley, que eleva drásticamente las multas contra aquellos que atenten contra la libre competencia, llevándolo incluso al doble del beneficio económico que han obtenido quienes se hayan coludido y también estableciendo una pena de cárcel", enfatizó.

El acuerdo alcanzado en el seno de la Comisión Mixta mantiene que el inicio de la investigación penal se gatilla a través de querella interpuesta por la Fiscalía Nacional Económica, tal como establecía el texto que había sido aprobado previamente por ambas cámaras.

En ese sentido, la indicación presentada por el Ejecutivo incorpora en el texto del Proyecto la obligación al Fiscal Nacional Económico de interponer una querella en aquellos casos en que se trate de hechos que afecten gravemente la libre competencia en los mercados. Además, se establece un plazo para interponer la querella de seis meses desde que la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia quede firme.

"Nos parece que esta indicación resguarda adecuadamente el funcionamiento de la institucionalidad de la libre competencia, donde se requiere una labor coordinada entre la FNE y el Ministerio Público y al mismo tiempo, se genera un incentivo claro para desbaratar carteles", indicó Céspedes a la salida de la comisión.

La iniciativa eleva la colusión a la categoría de delito penal y establece que quienes incurran en estas prácticas ilícitas, serán sancionados con la pena de presidio mayor en su grado mínimo (de 5 años y un día a 10 años).

Además establece la imposición de una pena por estos delitos llevará siempre consigo la de inhabilitación absoluta para desempeñar, por un plazo de 5 años, cargos u oficios públicos, cargos de director o gerente en empresas públicas o sociedades anónimas, en asociaciones gremiales, empresariales o de consumidores, partidos políticos o colegios profesionales.
 
El proyecto fortalece la delación compensada, eximiendo de responsabilidad criminal al que primero hubiere aportado antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica sobre los hechos constitutivos del delito de colusión.
 
En cuanto a las sanciones económicas, sustituye la fijación de las multas a que diera lugar las conductas atentatorias contra la libre competencia, en base a un monto máximo expresado en UTA, por una fórmula de determinación basada en el doble del beneficio económico reportado por la infracción, o hasta por el 30% de las ventas del infractor correspondientes a la línea de productos y/o servicios asociadas a la infracción durante el período por el cual ésta se haya extendido.

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