Corte Suprema acoge recurso de usuario por alza injustificada en plan de Isapre

Los magistrados establecieron que las instituciones sólo pueden alzar los planes de sus cotizantes por motivos pormenorizados y comprobados.




La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió acoger el recurso de protección presentado por un usuario del sistema de salud privada en contra de la Isapre Cruz Blanca por un alza injustificada en el precio base del plan de salud, revocando una decisión adoptada por la Corte de Apelaciones de Santiago que consideró suficientes los argumentos entregados por la empresa para justificar el incremento.

La Corte Suprema indicó que la institución de Salud Previsional (Isapre) sólo puede alzar los planes de sus cotizantes por motivos pormenorizados y comprobados, ya que de otro modo –indica- se vulnera la garantía del derecho a la propiedad.

En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal del país acogieron el recurso de protección presentado por Juan Pablo Mouat Holley, estableciendo la arbitrariedad en el alza del plan y desestimando que la carta entregada a sus clientes por la empresa -en la que explica, en términos generales, los motivos del incremento y ofrece un plan alternativo más económico- sea suficiente justificación.

"El anexo se circunscribe a afirmar con cifras y criterios generales, que los costos de la institución recurrida para otorgar las prestaciones a que está obligada han aumentado, sin que ello se demuestre o justifique de manera cabal, pormenorizada y racional, por lo que no puede pretenderse reajustar los precios con los solos antecedentes que se invocan en el citado anexo por quien está obligado a brindar por contrato que reviste características de orden público y jerarquía constitucional las prestaciones de un bien como la salud", dice el fallo.

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