Exposición en el TC por proyecto de aborto: los alegatos que marcaron la jornada

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El Tribunal Constitucional resolverá esta semana si le da o no luz verde al proyecto que despenaliza el aborto en tres causales.




UC: "La vida del ser humano parte en la fecundación"

El abogado Patricio Zapata representó a la universidad.

Con dos representantes, la U. Católica dio a conocer sus reparos sobre la despenalización del aborto en tres causales. El primero fue el vicerrector académico de la casa de estudios, Juan Larraín Correa, quien en su calidad de doctor en Biología Celular y Molecular se refirió al momento en que se puede establecer que un ser humano está vivo.

"Los descubrimientos de la biología del desarrollo muestran que con la fecundación se produce un nuevo genoma y se activan redes genéticas que controlan un proceso continuo y secuencial que da forma al inicio de una nueva vida humana", manifestó, y luego agregó: "Lo que viene después es un proceso de sucesivas etapas que va a permitir que luego de algunas semanas este sistema nervioso se organice anatómicamente, que aparezca funcionalidad nerviosa. Y lo más importante, cada una de éstas depende de que ocurra la etapa anterior, y hay una sola que no depende de una fase anterior y esa es la fecundación".

Tras esto, el abogado constitucionalista Patricio Zapata enfocó sus argumentos respecto de cuándo parten los derechos: "¿El hito fundamental es el nacimiento o lo es la existencia de humanidad? Me sorprende que algunas personas a las que he escuchado durante 20 años (...) pretendan convencernos de que la palabra nacer se refiere al acto que se realiza en la clínica por el cual se le corta el cordón umbilical a la guagua (...). Qué dice la Constitución sobre la persona. Dice que son seres que tienen un desarrollo espiritual y material posible, y luego en el artículo quinto señala que los derechos son los que emanan de la naturaleza humana".

Finalmente, apuntó a que "para la U. Católica fue importante plantear lo complejo que resultaba que este proyecto obligara a practicar abortos. Costó mucho convencer a la mayoría parlamentaria de que no solamente se circunscribiera el ejercicio de derecho al médico (...). Una comprensión cabal del sentido de la objeción de conciencia no puede circunscribirse a un reclamo individual".

U. de Chile: "Se trata de casos puntuales y extremos"

Lucas Sierra representó a la organización.

El decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Davor Harasic, fue el encargado de defender la visión de la casa de estudios, que considera constitucional el proyecto de aborto en tres causales.

La autoridad universitaria argumentó ante el TC que la discusión central no consiste en si se está a favor o en contra del aborto, sino que el debate es sobre la conformidad del proyecto de ley con la Constitución.

"La Constitución en su artículo 1° dice que todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Es decir, esta disposición establece claramente el hito en el cual se inicia la personalidad y este hito es el nacimiento. La Constitución no utiliza términos superfluos. El término nacimiento está referido al comienzo de la existencia física de las personas y no se puede pretender que este sea la concepción. Tal aseveración implicaría desconocer el carácter jurídico de la Constitución", señaló Harasic.

Según complementó el decano, el aborto terapéutico ya existió en la legislación chilena, y que los comisionados encargados de redactar la Carta Fundamental de 1980 dejaron en manifiesto su opinión en cuanto a que habría de ser constitucionalmente admisible legislar sobre el aborto.

Desde la perspectiva de la Salud Pública, el abogado afirmó que Tratados Internacionales de Derechos Humanos han señalado que la penalización del aborto promueve los procedimientos clandestinos y que Chile ha recibido la recomendación de organismos internacionales, como la ONU y la Cepal, de enmendar las leyes y políticas públicas sobre el aborto para la protección de la vida y salud de las mujeres.

"El proyecto de ley que nos convoca simplemente despenaliza y regula la interrupción voluntaria del embarazo en situaciones muy particulares y extremas. Se trata de casos puntuales en los cuales un mínimo de respeto por el otro hace necesario despenalizar la interrupción del embarazo", agregó.

Human Rights watch

José Miguel Vivanco

"Consideramos que el proyecto de ley que permite la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales es perfectamente compatible con las obligaciones jurídicas que ha asumido el Estado de Chile en materia de derechos humanos (...). La posición unánime de los organismos internacionales de protección de los DD.HH. es que el aborto no es incompatible con el derecho a la vida".

Asociación de magistradas

Nicole Nehme

"Obligar a esta mujer, cuya voluntad no estuvo en el origen de estas causales, a proseguir forzosamente con el embarazo bajo sanción penal parece ser imponerle el deber legal, sujeto a sanción penal, de ser mártir (...). La mujer que ha vivido una violación, está saliendo del horror, de la tortura. No la penalicemos, no le inflijamos dolor sobre dolor".

Asoc. usuarios servicios evangélicos

Edgardo Sepúlveda

"Lo que se pretende es asegurar una acción directa en contra de la vida y de la gestación de la criatura humana que se encuentra en proceso de desarrollo, absolutamente indefenso, pues la natura le dio por defensor a su madre. Ahora esta se encuentra justamente, exigiendo derechos que se transforman en la posibilidad legal de que se le autorice a la destrucción de esa vida".

Universidad de los andes

Raúl Bertelsen

"¿Qué diríamos si el Ministerio Público en lugar de proteger a las víctimas y testigos de un delito, como exige la Constitución, las eliminara? (...) La norma que impone a la ley la protección de la vida del que está por nacer obliga al legislador a adoptar las providencias que parezcan convenientes para proteger la existencia del nasciturus (el no nacido) en su indefensión, lo que excluye el darle muerte. Nadie puede entender que proteger autoriza a matar al protegido".

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