Lo que arriesgan los autores de quema a bus con la Ley de Seguridad del Estado
Según la letra C del Artículo 6 de la ley, que se enfoca en daños a los servicios públicos, los culpables podrían recibir penas de hasta diez años de cárcel.
Esta tarde, el ministro del Interior Rodrigo Hinzpeter, invocó la Ley de Seguridad del Estado para castigar a quienes hayan participado de la quema del bus de Transantiago, que tuvo lugar esta mañana en la intersección de las calles Macul con Grecia. Según señaló, se basa en que "la conducta que he descrito, interceptar este bus de la locomoción colectiva, incendiarlo, aterrorizar a sus pasajeros, está expresamente considerada en la Letra C del artículo 6 de la Ley de Seguridad del Estado".
Según dicho apartado de la ley, quienes sean encontrados culpables, serán penados "con presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo, si se diere muerte a alguna persona o se le infirieren lesiones graves, y con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, si el hecho se ejecutare en tiempo de guerra". Debido a que de los pasajeros del bus, nadie murió tras el incidente, ni se está en tiempo de guerra como describe la norma, los culpables serían castigados con presidio mayor en su grado medio. Esto significa que la pena puede variar entre los cinco y los 10 años; mientras que su período mínimo se puede extender entre los 1.826 y los 2.738 días, el máximo variaría entre los 2.739 y los 3.650 días.
El artículo al que se refiere el secretario de Estado, castiga a quienes "inciten, promuevan o fomenten, o de hecho y por cualquier medio, destruyan, inutilicen, paralicen, interrumpan o dañen las instalaciones, los medios o elementos empleados para el funcionamiento de servicios públicos o de utilidad pública o de actividades industriales, mineras, agrícolas, comerciales de comunicación, de transporte o de distribución, y los que, en la misma forma, impidan o dificulten el libre acceso a dichas instalaciones, medios o elementos".
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