Sebastián Beccacece vuelve a derrotar a la ANFP en tribunales

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ordenó que el organismo debe pagarle los US$840 mil que habían sido protestados por poder de firma caducado del cheque. En junio, la Corte de Apelaciones ya había resuelto a su favor al confirmar el pago de $43 millones por una demanda anterior.




Otra vez Sebastián Beccacece vuelve a ganarle a la ANFP en tribunales. Esta vez, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ordenó a la entidad de Quilín a pagarle al ex ayudante de Jorge Sampaoli el cheque por US$ 840 mil que había sido protestado por poder de firmas caducado.

El monto, equivalente a unos $ 553 millones a cambio de hoy, corresponde a los premios obtenidos por la consecución de la Copa América 2015.

"Que la demandada deberá pagar a la demandante, la suma de US$ 840.000 por concepto de remuneraciones pendientes en virtud del bono de resultado pactado, en los términos establecidos en la cláusula décima de la presente sentencia", señala la sentencia redactada por la jueza titular Inés Recart Parra.

En febrero pasado, Beccacece había intentado cobrar este documento en el Banco Santander, pero la institución financiera negó el pago por la controversia con las firmas. Por esta situación, el argentino resolvió llevar el caso a los tribunales laborales.

Durante el desarrollo de esta causa, la ANFP aseguró que era el transandino quien debía pagar la cláusula de salida por haber renunciado a su cargo en el cuerpo técnico de la Selección Chilena en noviembre del año pasado. Así, el pago del cheque quedaba injustificado. Sin embargo, el tribunal laboral le dio la razón al actual técnico de Universidad de Chile.

De esta manera, Beccacece derrotó por segunda ocasión a la ANFP en la justicia. Cabe recordar que el pasado 14 de junio la Décima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que la organización que preside Arturo Salah debe pagarle $43 millones, esta vez por dineros pendientes asociados a su salida de la "Roja".

En esta demanda anterior, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago había dictaminado dicha sentencia, pero la Asociación elevó un recurdo de nulidad que fue rechazado por el tribunal de alzada.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.