Sernac denuncia a Claro, Movistar y Entel por envío de publicidad a móviles

Las compañías no permitían a los consumidores ejercer su derecho de suspender el envío de los mensajes y tampoco informaban correctamente sobre las condiciones de los concursos y promociones, según el organismo.<br>




El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) denunció ante la justicia a las empresas de telefonía Claro, Movistar y Entel por no permitirles a los consumidores suspender del envío de mensajes de texto promocionales remitidos por las compañías.

El Servicio, tras un monitoreo realizado entre diciembre pasado y febrero de este año, corroboró que las tres compañías, enviaron mensajes de texto a sus clientes de teléfonos celulares promocionando su participación en diversos concursos y sorteos.

Sin embargo, ninguna de las compañías indicaba una "dirección válida" o una forma expedita para que los consumidores pudiesen solicitar que este tipo de mensajes publicitarios cesaran.

Se pudo corroborar que pese a enviar mensajes dirigidos a los números de origen,  solicitando que las compañías no enviaran más mensajes con este tipo de promociones, dicha situación siguió repitiéndose.

Además, el Sernac detectó que en los mensajes enviados por las compañías no se informaba sobre la fecha en que se llevaría a cabo el sorteo o concurso publicado, y tampoco daba a conocer las bases de la promoción ni el tiempo o plazo de su duración.

Asimismo, el Servicio corroboró que la empresa Claro tampoco cumplía con informar el precio de los servicios anunciados o el costo asociado a la participación en la promoción publicitada.

Movistar, por su parte, no informaba adecuadamente el precio de las promociones o servicios publicitados.

Con las acciones judiciales, la empresa Claro se arriesga a multas que puede llegar hasta las 1.000 U.T.M. (alrededor de $40 millones); mientras que Movistar podría ser condenada a pagar hasta 950 U.T.M. (más de $38 millones); y Entel a 200 U.T.M. ($8 millones).

El Sernac recordó que la la Ley del Consumidor establece que las empresas pueden enviar un primer mensaje, en la medida que cumpla ciertos requisitos, como por ejemplo, indicar el asunto o materia de qué trata; la identidad del remitente , pero deben señalar una dirección válida donde solicitar la suspensión de los envíos, los cuales quedan prohibidos desde ese momento.

En materia de promociones y ofertas, la Ley del Consumidor señala que los consumidores tienen derecho a recibir claramente la información sobre las bases y el tiempo de duración, así como las condiciones y restricciones relevantes.

Si la promoción consiste en concursos o sorteos, el anunciante debe informar el monto o número de premios, el plazo en que se pueden reclamar y difundir adecuadamente los resultados.

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