SVS emite normativa que establece tipos de ofertas de valores que no constituyan ofertas públicas

La nueva norma fija las condiciones bajo las cuales los oferentes, podrán realizar ciertas ofertas de valores, sin que les sean aplicables las disposiciones que rigen a las ofertas públicas.




La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) emitió hoy la Norma de Carácter General que establece que determinados tipos de ofertas de valores no constituyen ofertas públicas.

Lo anterior, en cumplimiento del mandato legal incorporado en la modificación efectuada a dicha ley por la Ley de Gobiernos Corporativos.

La nueva norma fija las condiciones bajo las cuales los oferentes, nacionales o extranjeros, podrán realizar ciertas ofertas de valores tales como bonos, efectos de comercio, acciones, cuotas de fondos, entre otros, sin que les sean aplicables las disposiciones que rigen a las ofertas públicas.

Para quedar amparadas por la nueva normativa, las ofertas deben estar dirigidas a los Inversionistas Calificados, o a menos de 50 personas que no cumplan esa condición. Además, dicha oferta no podrá realizarse a través de medios masivos de difusión.

Para el caso de ofertas de valores sobre instrumentos cuyo valor unitario ascienda al menos a U.F. 5.000, la norma no establece requisitos en cuanto al número o tipo de inversionista al cual pueda estar dirigida.

"De conformidad a lo requerido por la nueva normativa, quienes realicen esas ofertas deben informar a los potenciales inversionistas respecto al hecho que los valores ofrecidos no están inscritos en el Registro que lleva la SVS, razón por la que podría no haber información pública respecto de esos valores y no estarán sometidos a la fiscalización de la Superintendencia", dijo la entidad en un comunicado.

La norma fue publicada para comentarios del mercado entre el 22 de marzo y el 23 de abril pasado, recibiendo diversos aportes que fueron considerados en el texto de la normativa emitida. Las disposiciones establecidas rigen a contar de hoy.

PROPUESTA DE NORMATIVA PARA COMENTARIOS

Asimismo, hoy fue publicado el proyecto de normativa que eximirá a determinadas ofertas públicas de valores, del requisito de inscripción que establece la Ley del Mercado de Valores.

La propuesta de normativa establece que no se requerirá la inscripción del emisor, tanto nacional como extranjero, y de sus valores en el Registro que lleva la SVS, a las siguientes ofertas públicas de valores:

- Aquellas que se refieran a instrumentos representativos del capital social, tales como acciones y cuotas de vehículos de inversión colectiva, como fondos, entre otros instrumentos.

- Las ofertas de instrumentos representativos del capital social de una entidad, de sus filiales o de las coligadas de aquélla o de sus filiales.

El proyecto de normativa estará publicado para comentarios del mercado, hasta el 20 de julio.

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