La decisión constitucional
Por Alex Olivares, doctorando en Teoría Política (CEU)
El proceso electoral que vivirá Chile el 4 de septiembre es bastante más complejo de lo que parece. Si bien las opciones son dos, detrás del proceso de deliberación sobre qué opción se ajusta a nuestras preferencias hay mucho más que Apruebo o Rechazo. Y entender aquello es clave para comprender el Chile el día después del plebiscito.
Una primera aproximación formalista dice: la decisión entre Apruebo o Rechazo es una que debe mirar, exclusivamente, la calidad de las reglas que componen el nuevo texto constitucional. En este contexto, la nueva Constitución sería mejor que la anterior si provee un mejor articulado. Hablar de mejores reglas no deja de ser controversial, pero creo que contamos con información suficiente para articular un juicio semi objetivo, al menos en lo que respecta al sistema político y otros títulos del cuerpo normativo.
Una aproximación distinta viene dada por la dimensión simbólica del proceso. En este sentido, la legitimidad de origen y su coherencia ideológica son las razones más comunes. La primera dice relación con la bondad de este nuevo texto constitucional, que es resultado de un proceso democrático en su origen, a diferencia del texto vigente. El punto sobre coherencia ideológica dicta que la calidad de este nuevo texto viene dada por la consagración de ciertos valores o ideas políticas, alineadas con el ideario de quienes deben decidir si aprobar o rechazar. Ambos criterios pueden contribuir a clarificar nuestra visión sobre el texto y su valor, así como utilizarse en favor de las opciones disponibles.
Desde un punto de vista no sustantivo, las diferencias dirán relación con el proceso. Más allá de las reglas constitucionales y/o su valor simbólico, la calidad del proceso deliberativo viene a constituir una cuestión a considerar para decidir si aprobar o no. Así, la conducta de los constitucionales, sus errores y aciertos, así como la forma en que se llegó a la propuesta constitucional puede evaluarse de forma separada al contenido del texto mismo. Puede gustarnos o no el texto, pero las expectativas respecto al proceso, para algunos, podrán separarse del juicio sobre las cuestiones sustantivas, dada su relevancia para la decisión en ciernes.
Los tres criterios anteriores solo tienen sentido si los alineamos con las expectativas que hemos puesto sobre la Convención y su trabajo. Parte de esto se ve en la discusión sobre el proceso constituyente entendido como la vía para dar con una Constitución que sea la “casa de todos”. En este sentido, el proceso de deliberación y su resultado se juzgan en función del logro de este objetivo previamente delineado, sea el dotar a Chile con una “casa de todos” o solo un texto constitucional que no promueva nada con lo que sostuviéramos no poder vivir (parafraseando a Couso).
Finalmente, en medio de todas estas consideraciones, el gobierno ha decidido entrar al ruedo y convertir el plebiscito en una evaluación indirecta de su trabajo y programa. Apoyando el proceso y haciendo evidente su inclinación a aprobar, han atado el juicio ciudadano a lo que ocurra el 4 de septiembre, confundiendo su apoyo y rechazo al nuevo texto con una opinión sobre el gobierno y su futuro.
Clarificar estas aproximaciones permite entender que detrás de cada voto pueden confluir múltiples razones, organizadas de distinta forma. En lo venidero, creo que la más importante dice relación con el análisis retrospectivo de nuestras posiciones y expectativas. Si no partimos sincerando el lugar desde el que hablamos y juzgamos el proceso, difícilmente podremos conversar y debatir fructíferamente sobre las razones que nos llevarán a aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución.
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