Comisión aprueba creación del “Consejo de la Justicia” y eliminar la justicia militar

Tribunales

Tanto la creación e integración del "Consejo de Justicia" -un nuevo organismo que tendría como objetivo el nombramiento de distintos jueces- causó un arduo debate entre los constituyentes de la instancia de Sistemas de Justicia. Desde la derecha manifestaron su postura en contra respecto a que este nuevo órgano esté compuesto por seis personas designadas por el Congreso y seis jueces. Asimismo, la comisión visó una norma transitoria que eliminaría la justicia militar hasta que "concluya la tramitación de las causas vigentes".


El pasado 2 de marzo se votó en el pleno de la Convención el segundo informe de Sistemas de Justicia donde se visó, entre otros puntos, lo relacionado con el pluralismo jurídico. Sin embargo, las normas que hablaban respecto a la creación y facultades del Consejo de la Justicia fueron devueltas a la comisión. En ese contexto, hoy la comisión siguió con su deliberación en particular de esas normas y se aprobó, entre otras cosas, la creación y conformación de este nuevo organismo y un artículo transitorio que eliminaría la justicia militar.

El nuevo órgano, según lo aprobado previamente en la comisión, estaría “encargado del nombramiento, gobierno, gestión, formación y disciplina en el Sistema Nacional de Justicia”. En específico, deberá “nombrar, previo concurso público y por resolución motivada, todas las juezas, jueces, funcionarias y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia”.

También deberá efectuar “una revisión integral de todos los tribunales del sistema nacional de justicia”, conforme a lo establecido en la Constitución y la ley, además de evaluar y calificar periódicamente, el desempeño de juezas, jueces, funcionarias y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia.

En tanto, se visó que el Consejo esté conformado por 17 integrantes de acuerdo a criterios de paridad de género, plurinacionalidad y equidad territorial. En específico, de acuerdo a lo aprobado hoy, el órgano estaría integrado por: seis juezas o jueces titulares elegidos por sus pares; tres funcionarios o profesionales del Sistema Nacional de Justicia elegidos por sus pares; dos integrantes elegidos por los pueblos originarios; y seis integrantes elegidos por el Congreso.

Esto último generó un debate entre los constituyentes. Mientras algunos manifestaron su posición en contra de que dentro de los integrantes “los jueces sean minoría”, algunos de los que votaron a favor señalaron que es una discusión que aún no está zanjada.

En tanto, la comisión estableció que las y los integrantes del Consejo de la Justicia durarán seis años en sus cargos y no podrán ser reelegidos, “debiendo renovarse por parcialidades cada tres años de conformidad a lo establecido por la ley”, establece la norma. Además, sus integrantes deberán ser profesionales con “a lo menos diez años del título correspondiente, que se hubieren destacado en la actividad profesional, académica o en la función pública”.

El debate entre constituyentes

Frente a su conformación, Ruggero Cozzi (RN) aseguró que no le parece bien la integración del Consejo de la Justicia, pues “se deja a los jueces en situación de minoría, al ser 6 de 17 miembros”. También advirtió que “un mal diseño en este asunto puede debilitar la independencia de los tribunales, exponiendo al órgano a la captura política”.

Además, el convencional recordó la experiencia de otros países, como Argentina o Perú, la cual “ha sido bastante negativa”. Cozzi (RN) asegura que “una corrección importante sería que la mayoría del Consejo sean jueces, tal como lo recomiendan los estándares internacionales. Por ejemplo el Art. 2-3 del Estatuto Universal del Juez (2017) (...)También el informe de 2018 del Relator de Naciones Unidas sobre la independencia de los jueces”.

Por su parte, el convencional Christian Viera (Frente Amplio) cree que es razonable que el Consejo de la Justicia “esté integrado por nueve personas que sean parte del mundo judicial, que excede con creces la mitad de sus integrantes, ¿puede ser corregido? Tal vez. Y habrá que escuchar la voz del pleno sobre la materia. El número de integrantes planteados no son definitivos”.

En tanto, Tomás Laibe (Colectivo Socialista) considera que es un buen modelo y que “permite equilibrar la adecuada representación de la sociedad civil, así como del Poder Judicial”. Y al igual que Viera (FA), cree que el que sean sólo seis jueces “es un elemento a considerar y corregir en función del debate que se dé en el Pleno. Pero asegura que hay un marco para esa corrección: “Hay un consenso grande de que lo máximo que pueden alcanzar de representatividad los jueces en el Consejo debiese ser la mitad de sus integrantes”, agregó.

¿Cómo es la elección de supremos actualmente?

Actualmente, a la cabeza del Poder Judicial se encuentra la Corte Suprema de Justicia, la cual está “compuesta de veintiún ministros, uno de los cuales es su Presidente”. Este último es designado por sus pares, y dura dos años en sus funciones. Por lo demás, los ministros son designados por el Presidente de la República, quien los elige de una nómina de cinco personas que, en cada caso, propone la Corte Suprema, y con acuerdo del Senado.

De los 21 miembros de la Corte Suprema, 16 deben provenir de la carrera judicial, y cinco son abogados extraños a la administración de justicia, que deben tener “a lo menos quince años de título, haberse destacado en la actividad profesional o universitaria y cumplir los demás requisitos que señale la ley orgánica constitucional respectiva”.

A la Corte Suprema le corresponde la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales de la nación, con excepción del Tribunal Constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones y los Tribunales Electorales Regionales.

Justicia militar

Además, en la penúltima indicación votada, se aprobó una nueva disposición transitoria presentada por Mauricio Daza (Independientes por una Nueva Constitución), Ingrid Villena (Pueblo Constituyente), Tomás Laibe (CS), Manuela Royo (Movimientos Sociales Constituyentes), Natividad Llanquileo (Pueblo Mapuche) y Hugo Gutiérrez (PC) que pondría fin a la Justicia Militar.

“Los tribunales militares establecidos en el Libro I del Código de Justicia Militar cesarán en funciones una vez que concluya la tramitación de sus causas vigentes”, se lee en la disposición la disposición. Además, será la ley quien establezca “la forma en que se concretará lo dispuesto en el inciso anterior”. Esto fue aprobado por 11 votos a favor y siete en contra.

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