Comisión de Justicia insiste con norma que obligaría a plebiscito para reformas “sustanciales” a la futura Constitución

Los convencionales coordinadores de la Comisión de Sistemas de Justicia, Vanessa Hoppe y Christian Viera.

Propuesta, que aún debe ser discutida por el pleno, repone la idea de un referéndum ratificatorio, salvo que el Poder Legislativo apruebe esas reformas por dos tercios. Otra gran diferencia, en comparación con lo que existe hoy, es que reformas profundas sobre el Congreso y el régimen político tendrían una mayor exigencia. Ese hecho se cruza, además, con el debate de las disposiciones transitorias y el margen de acción que tendría el actual Parlamento.


Solo con los cinco votos de los convencionales de derecha en contra, la Comisión de Sistemas de Justicia aprobó nuevamente la idea de un plebiscito, como cláusula adicional, en caso de reformas que alteren “sustancialmente” la futura Constitución.

Por 14 votos a favor (desde el PS a sectores de izquierda), la instancia acordó promover la necesidad de un referéndum cuando se trate de cambios profundos a la Carta Fundamental, salvo que el nuevo Poder Legislativo apruebe esa reforma por dos tercios. “El Congreso de Diputadas y Diputados deberá convocar a referéndum ratificatorio tratándose de proyectos de reforma constitucional aprobados por este y la Cámara de las Regiones, que alteren sustancialmente el régimen político y el periodo presidencial; el diseño del Congreso de Diputadas y Diputados o la Cámara de las Regiones y la duración de sus integrantes; la forma de Estado Regional; los principios y los derechos fundamentales, y el capítulo de reforma y reemplazo de la Constitución. Si el proyecto de reforma constitucional es aprobado por dos tercios de las y los integrantes del Congreso de Diputadas y Diputados y de la Cámara de las Regiones, no será sometido a referéndum ratificatorio”, dice el artículo aprobado por la comisión que ahora deberá ser visto esta semana por el pleno de la Convención Constitucional.

Este tema ya había tensionado el debate dentro de la asamblea constituyente y fue parte del tercer informe de la Comisión de Justicia que ya había sido rechazado por el pleno el pasado 14 de abril, al no alcanzar los dos tercios de los convencionales.

Sin embargo, la discusión ahora se complejiza aún más, porque esta cláusula plebiscitaria para cambiar la Carta Fundamental se mezclará con el debate de las normas transitorias, donde uno de los puntos difíciles de la discusión será si el actual Congreso tendrá o no un período de gracia para hacer modificaciones a la futura Constitución (si es que llega a ser aprobada en el plebiscito de salida del 4 de septiembre).

De hecho, al cierre de esta edición, convencionales estaban trabajando propuestas para resolver la transitoriedad del actual sistema político al nuevo modelo.

Una de las incógnitas -según parlamentarios y convencionales de distintos sectores- es bajo qué condiciones el actual Poder Legislativo, compuesto por una Cámara de Diputados y un Senado, podría ajustar el texto constitucional. El problema es que si se exige un mecanismo como el plebiscito o bien dos tercios de los parlamentarios, el margen también se reduciría.

Según el coordinador de la Comisión de Sistema de Justicia, el convencional Christian Viera, quienes critican la idea de los plebiscitos parten de una premisa errada de que “habilitar procesos de participación ciudadana es rigidizar la Constitución. Ese a priori, no lo comparto. Las reglas para reformar la Constitución son más flexibles que las que conocemos actualmente, porque el quórum de aprobación de normas constitucionales bajó ostensiblemente de dos tercios a cuatro séptimos. Lo segundo es que esa cláusula pétrea que señalaba que no se pueden suprimir los derechos fundamentales en la Constitución tampoco fue aprobada en la comisión”, dice Viera, uno de los que apoyaron la norma de los referéndum.

“Esos plebiscitos obligatorios tratándose de cinco materias (régimen político, diseño del Congreso, derechos fundamentales, forma de Estado y mecanismos para reformar la Constitución) buscan simplemente habilitar a la ciudadanía para que se pronuncie en tan importantes materias”, precisa el convencional del Frente Amplio, quien agrega que, además, se le incluyó el adjetivo que sean reformas que alteren “sustancialmente” esos capítulos.

A ello se suma otro artículo que instala la posibilidad de una asamblea constituyente cuando se requiera cambiar toda la Carta Fundamental.

A juicio del profesor de Derecho Constitucional de la UDP Javier Couso, la norma propuesta por la comisión no es tan distinta a la que existe actualmente. “Me parece algo bastante sensato, porque se dice que para materias especialmente relevantes, como cambiar el régimen presidencial por uno parlamentarista, se diga que cuatro séptimos es demasiado fácil y, para ello, debe convocarse a un referéndum ratificatorio, a menos que se haga por el actual quórum de dos tercios”.

A modo de comparación, la actual Constitución señala que se requieren dos tercios para reformar capítulos estratégicos como Bases Institucionales, Derechos y Deberes, FF.AA. y el Tribunal Constitucional. No obstante, para el texto restante se necesitan solo tres quintos de los parlamentarios en ejercicio.

La nueva propuesta establece un quórum menor de cuatro séptimos y solo cuando se trate de aspectos estratégicos se exigirán dos tercios o bien el plebiscito. La gran diferencia, sin embargo, es que el régimen presidencial y el diseño del Congreso ahora pasarían a ser temas que costaría más reformar.

Couso complementa que al señalarse que deben ser reformas que ajusten “sustancialmente” el contenido, se limita la norma. Por ejemplo, menciona que tal vez las reformas del 2005 podrían ser consideradas como cambios sustanciales.

Críticas

Sin embargo, el mecanismo no agrada en sectores de la antigua Concertación, incluyendo algunos socialistas, y en la derecha, desde donde salieron a cuestionar la norma.

El convencional Ruggero Cozzi (RN) dice que “el mecanismo de reforma que se propone es sumamente rígido. Además del quórum de 4/7, se requiere ratificación en referéndum obligatorio para cualquier modificación en temas clave como el período presidencial y parlamentario, la forma de Estado, principios constitucionales y derechos fundamentales. Asimismo, se exige consulta indígena para una buena cantidad de artículos y normas, pues se está consagrando un Estado plurinacional. Estos son verdaderos candados. Esta sería una Constitución muy difícil de modificar”.

“No contentos con un texto deficiente en muchos aspectos, ahora nos quieren condenar por años a no cambiarla. Ni la Constitución de Pinochet se atrevió a tanto. Estamos en presencia de la Constitución del amarre”, comenta otro constituyente de RN, Cristián Monckeberg.

Luis Mayol, también convencional de RN, señala que “con esto se le da la última vuelta a la llave del candado”.

“Todos los cerrojos que se dejan en la Constitución son reflejo de que la Constitución era ‘tramposa’, a juicio de ellos, solo porque no les gustaba. Porque cuando la Constitución la escribe la izquierda, se hace vista gorda de la crítica y se ponen todos los cerrojos posibles”, comenta la constituyente de la UDI Carol Bown.

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