Comisión de Medio Ambiente aprueba que el Estado proteja a los animales y termina de votar los artículos rechazados por el pleno
Este jueves los convencionales de dicha comisión votaron las indicaciones de los cinco artículos y medio que fueron rechazados en particular por el pleno a inicios de marzo, correspondientes al primer informe. Se suprimieron tres y se sustituyeron otros tres. Ahora este informe deberá volver al pleno y se estima que la votación podría ser el próximo jueves.
De un total de 40 normas, el pleno de la Convención Constitucional a inicios de marzo rechazó la mayor parte del primer informe de la comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico, ya que solo seis consiguieron superar los 103 votos a favor necesarios para ser aprobadas en general. Y apenas media norma avanzó luego en la discusión en particular.
Es por este motivo que todo lo rechazado volvió a dicha comisión para ser discutido y votado nuevamente, para efectos de proponer un informe de reemplazo con modificaciones. Las temáticas a revisar eran sobre crisis climática, bienes comunes naturales, principios ambientales, gestión de residuos, construcción en armonía con la vida, biodiversidad, derechos de los animales y democracia ambiental.
Este miércoles la comisión de Medio Ambiente votó las indicaciones de los 34 artículos que fueron rechazados en general por el pleno. De ese total, finalmente 28 artículos fueron suprimidos, y solo seis artículos fueron sustituidos por una nueva redacción.
Y este jueves fue el turno de la votación de las indicaciones de los cinco artículos y medio que fueron rechazados en particular por el pleno, para así poder construir una segunda propuesta constitucional al respecto. De ellos, se suprimieron tres artículos y los tres restantes fueron sustituidos.
Al igual como fue la tónica del miércoles, en la sesión de este jueves todos esos artículos que aprobaron sustituir fueron presentados por el convencional y coordinador de dicha comisión, Juan José Martin (INN), junto a otros convencionales. Ahora se estima que ambos informes serían votados por el pleno la próxima semana, probablemente el jueves próximo.
En concreto, este jueves los convencionales aprobaron una indicación para sustituir el artículo 1, para que el texto sobre crisis climática y ecológica quede así: “Es deber del Estado adoptar acciones de prevención, adaptación, y mitigación de los riesgos, vulnerabilidades y efectos provocados por la crisis climática y ecológica”.
Adicionalmente, aprobaron sustituir el artículo 23, de los animales, por el siguiente: “Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia”.
El artículo anterior sobre esta materia, que fue rechazado en particular por el pleno, hablaba del derecho de los animales, y era algo más extenso, pues afirmaba que “el Estado protegerá a los animales, reconociendo su sintiencia, individualidad y derecho a vivir una vida libre de maltrato. La ley establecerá los demás derechos de los animales, un servicio público para su protección y no extinción, una acción para su tutela, el resguardo de su hábitat y la prohibición de prácticas que los sujeten a tratos crueles”.
El convencional Bernardo Fontaine (Vamos por Chile) señala que este artículo sustitutivo que se aprobó quedó mejor que el anterior, sin embargo, cree que “el problema es que dice que son ´sujetos´, ese es un detalle legal, porque en realidad son ´seres´. En estricto rigor, los sujetos de derecho tienen deberes y derechos, y los animales no tienen deberes, no se les puede poner un deber, así que eso está mal redactado jurídicamente y puede prestarse el día de mañana para confusión”.
Por otro lado, se aprobó una indicación para sustituir el artículo 33, sobre democracia ambiental. Ahora este artículo señala que “se reconoce el derecho de participación informada en materias ambientales. Los mecanismos de participación serán determinados por ley. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información ambiental que conste en poder o custodia del Estado. Los particulares deberán entregar la información ambiental relacionada con su actividad, en los términos que establezca la ley”.
En tanto, los artículos que se suprimieron fueron el 5, sobre deberes del Estado con la naturaleza; así como el 25, que decía que “el Estado fomentará una educación basada en la empatía hacia los animales y propenderá, a través de la ley, sus órganos y políticas públicas, al bienestar animal”; y el 37, sobre derecho de acceso a la información ambiental.
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