Comisión Mixta aprueba nueva redacción para normas de exención de contribuciones y objeción de conciencia

Comisión Mixta

Al final de la sesión –que aún sigue hasta su total despacho-, se tendrá un borrador definitivo del texto, el cual deberá ser votado por el Consejo Constitucional, y aprobado con el respaldo de tres quintos del Pleno, es decir, 30 votos.


Desde las 17 horas de este sábado y hasta su total despacho, la Comisión Mixta se encuentra votando las 64 nuevas propuestas de redacción y las 32 enmiendas donde no ha habido acuerdo entre los expertos y los consejeros constitucionales, y que no fueron aprobadas ni rechazadas, como el estado de sitio por grave amenaza terrorista, paridad en cargos de elección popular, objeción de conciencia, entre otras.

En ese contexto, la Comisión Mixta aprobó la redacción propuesta por la derecha sobre la eliminación de contribuciones, la cual señala que el inmueble destinado a la vivienda principal del propietario, estará exento de toda contribución e impuesto territorial.

Asimismo, agrega que las excepciones legales a la referida exención solo podrán fundarse en el alto avalúo fiscal de la vivienda principal y los ingresos del contribuyente y de su familia.

Cabe indicar que una disposición transitoria de la referida norma que establece que la eliminación de contribuciones se iniciará en 2026 y a razón de un 20 por ciento anual.

A la vez, la Comisión Mixta aprobó la redacción del principio de paridad, que señala que la ley asegurará el acceso equilibrado de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular, así como su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional, donde será el Estado el que garantizará el ejercicio de la participación política de las mujeres.

Sobre el tema migratorio, se aprobó de igual manera la propuesta de solución al artículo 16.4.B, que aborda la ley que regula el ingreso, estadía, residencia y egreso de extranjeros al territorio nacional, en la cual se incluye la frase “expulsión en el menor tiempo posible” sobre los migrantes que hayan ingresado en forma clandestina o por pasos no habilitados, así como aquellos que hayan cumplido una pena de presidio efectivo por crímenes o simples delitos.

En torno a la objeción de consciencia, la Comisión aprobó la redacción de la derecha, que incorpora el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y religión, garantizando su ejercicio, debido respeto y protección. En este derecho se incluye la libertad de toda persona para adoptar la religión o creencias de su elección y comprende la objeción de conciencia, la que se ejercerá de conformidad a la ley.

Al mismo tiempo, se aprobó la redacción que establece que una “grave amenaza terrorista” será una causal para que se declare estado de sitio.

En lo preciso, el artículo 31.1, señala que “el estado de asamblea, en caso de guerra exterior, y el estado de sitio, en caso de guerra interna, grave conmoción interior o grave amenaza terrorista, serán declarados por el Presidente de la República, con acuerdo del Congreso Nacional”

Al final de la sesión, la Comisión Mixta tendrá un borrador definitivo del texto, el cual deberá ser votado por el Consejo Constitucional, y aprobado con el respaldo de tres quintos del Pleno, es decir, 30 votos, para subsiguientemente entregar la propuesta definitiva el martes 7 de noviembre, y ser votado en el plebiscito del 17 de diciembre.

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