Convención Constitucional: promover desarrollo de empresas de menor tamaño y protección de consumidores se aprueban en votación en particular sobre emprendimiento
En el articulado, que parte por consignar "la libertad de emprender", también se dejó establecido que "colusión entre empresas y abusos de posición monopólica" serán considerados "conductas contrarias al interés social".
En una maratónica sesión, que continuaba al cierre de esta edición, la Comisión de Derechos Fundamentales votó en particular el articulado sobre “Libertad de emprender y desarrollar actividades económicas”, incorporando nuevas materias, como la promoción de desarrollo de empresas de menor tamaño y protección de consumidores, para que formarán parte del informe que se despachará al pleno de la Convención Constitucional.
Las importantes modificaciones no tuvieron lugar, eso sí, en el encabezado del articulado, en el cual se señala que “la Constitución asegura a todas las personas naturales y jurídicas la libertad de emprender y desarrollar actividades económicas. Su ejercicio deberá ser compatible con los Derechos consagrados en esta Constitución, la protección de la naturaleza y con el interés general”. En este caso sólo se agregó “naturales y jurídicas” y se cambió “cuidado del medio ambiente” por “protección de la naturaleza”, para hacerlo concordar con los conceptos que cruzarán a toda la propuesta de Carta Magna que se redacta.
A renglón seguido también permanece que “el contenido y los límites de este derecho serán determinados por las leyes que regulen su ejercicio”. De ahí en adelante solo se observan incisos que no formaron parte de aquello que se aprobó en general.
Los nuevos incisos
Se parte, entonces, por señalar que las legislaciones en la materia deberán “deberán promover el desarrollo de las empresas de menor tamaño y asegurarán la protección de los consumidores”, según la indicación patrocinada por un grupo de 25 convencionales proveniente de todos los colectivos de centroizquierda e izquierda.
Mientras la última pasó con la venia de 30 de los 31 constituyentes de la comisión en cuestión, menos consenso hubo en incorporar cuestiones sobre las cuales si bien todos se manifiestan a favor, algunos convencionales, entre ellos los de Vamos por Chile, discreparon en que este contenido forme parte de la Constitución, en lugar de resolverse en la Ley.
“Las prácticas de colusión entre empresas y abusos de posición monopólica, así como de concentraciones empresariales que afecten o puedan afectar el funcionamiento eficiente, justo y leal de los mercados y el bienestar de las y los consumidores y usuarios y usuarias, se entenderán como conductas contrarias al interés social. La ley establecerá las sanciones a los responsables y su obligación de reparación integral”, se lee en la indicación que se abrió camino al pleno.
Patrocinado por los convencionales Natalia Henríquez (distrito 9), Daniel Bravo (D5), Francisco Caamaño (D14), Cristóbal Andrade (D6) y Constanza San Juan (D4), casi todos miembros del colectivo Pueblo Constituyente, el nuevo inciso continúa señalando que “la ley establecerá las sanciones a los responsables y su obligación de reparación integral.”.
En tanto, la otra indicación que fue aprobada estaba patrocinada por el mismo grupo de 25 convencionales que se mencionó. En ésta se señala que “la libertad de emprender y desarrollar actividades económicas implica también reconocer las formas y prácticas productivas que desarrollen los pueblos y naciones indígenas de acuerdo a su propio modo de entender el desarrollo, considerando sus prioridades y necesidades”.
Además plantea que, “sin perjuicio de lo anterior, el ejercicio de esta libertad siempre deberá respetar, proteger y salvaguardar la identidad cultural de dichos pueblos, sus manifestaciones identitarias, patrimonio material e inmaterial y todo cuanto ponga en riesgo su existencia y continuidad como pueblos indígenas”.
Respecto a los cambios presentados por los 15 convencionales, todos aprobados en particular, una de sus integrantes, Damaris Abarca (D15) señaló: “Creemos firmemente que la promoción y garantía del ejercicio de la libertad de emprender debe ser focalizada en las mipymes y pymes. Nosotros apuntamos a su desarrollo a fin de superar el monopolio y la concentración de mercado que azota a nuestra economía, como hemos podido observar en la colusión, por ejemplo de las farmacias, los pollos, el confort y ahora último el gas”.
La convencional además señaló que “no hay nada peor para el mercado que la colusión y la concentración de los más poderosos en contra de los pequeños y medianos emprendedores. Sin duda y considerando que el consumidor también es un actor fundamental en esta relación económica y debido a que es el más perjudicado por los abusos de estos poderosos, es que consagrará la protección constitucional de sus derechos también es importante en esta norma”.
Lo rechazado
Entre las indicaciones rechazadas, en esta votación en particular de la Comisión de Derechos Fundamentales, se cuentas las 15 propuestas de los convencionales de Vamos Por Chile, la mayoría de Bernardo Fontaine (D11), pero también varias de Rocío Cantuarias (D20) y Teresa Marinovic (10), así como de Katerine Montealegre (26).
Entre lo que no concitó suficiente apoyo se cuenta la indicación que apuntaba que “el Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades económicas o participar en ellas sólo si una ley fundada en el interés general y aprobada por la mayoría de los diputados y senadores lo autoriza, debiendo dicha ley definir con precisión el giro autorizado para cada caso”.
Otra de estas indicaba que “el Estado y sus organismos deberán proteger y promover la libre competencia en los mercados, especialmente cuando actúe como legislador, regulador o comprador de bienes y servicios”.
Pero no fue el único sector que vio rechazadas sus indicaciones. Los colectivos de izquierda cuando fueron solos, sin la compañía de la centroizquierda, tampoco vieron prosperar sus propuestas. Entre estas últimas figura la indicación que señalaba que “el Estado podrá establecer una regulación de precios máximos en bienes, prestaciones y servicios en razón del interés superior social”. Esta era patrocinada, principalmente, por convencionales de Pueblo Constituyente.
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