Corte Suprema revisará recurso que busca anular la consulta indígena de la Convención y normas relativas a pueblos originarios
La acción constitucional fue presentada por la comunidad mapuche de la comuna de Galvarino denominada Ranquilco Grande a través del abogado Richard Caifal. El escrito solicita a la corte que deje sin efecto o declare nulas "todas las normas aprobadas que digan relación o afecten a los pueblos indígenas”. El proceso de participación ha sido blanco de críticas debido a su baja participación. Se quiso llegar a 18.790 personas, pero la cobertura fue de 7.549, es decir, un 0,6% de quienes están registrados en la Conadi.
La Tercera Sala de la Corte Suprema tiene en tabla revisar la admisibilidad de un recurso de protección ingresado por una comunidad mapuche que pretende anular la consulta indígena.
El recurso fue ingresado a la Corte de Apelaciones de Santiago el 5 de marzo por Sonia Quilán Huilcaleo en representación de la comunidad indígena mapuche Ranquilco Grande. Esta agrupación es de la comuna de Galvarino de la región de La Araucanía y según los registros oficiales de la Conadi la integran 51 familias y tiene 61 socios.
La acción constitucional busca impugnar la consulta indígena realizada por el órgano encargado de redactar la nueva Constitución. “La acción desplegada por la Convención Constitucional constituye un acto arbitrario e ilegal que contraviene nuestro texto constitucional, privando y perturbando el derecho de igualdad en y ante la ley. El actuar de la entidad puede ser calificado contrario a la buena fe, transgresor del carácter previo de toda consulta y, cuyo propósito no considera llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento, contraviniendo incluso el propio reglamento elaborado al efecto, que en su artículo 5° consignada como finalidad, el alcanzar acuerdos”, se lee en el escrito.
El abogado que representa a la comunidad es Richard Caifal Piutrín. Su nombre es conocido en el pueblo mapuche. Fue gobernador de la provincia de Cautín del expresidente Sebastián Piñera. Además fue propuesto para integrar la Secretaría de Participación y Consulta Indígena de la Convención, pero finalmente no resultó electo.
De hecho esa vez hubo polémica. La machi Francisca Linconao se opuso. “Como machi no quiero a Caifal, porque fue gobernador de Temuco, de la provincia de Cautín durante el segundo gobierno del presidente Piñera, y no hizo nada por su pueblo”, dijo Linconao. En respuesta al veto en su contra, la convencional Teresa Marinovic criticó el hecho calificando de “inaceptable” y “anti democrático” que los convencionales vetaran a un abogado mapuche por ser de derecha.
La consulta que tuvo participación de 0,6%
El recurso solicita al tribunal de alzada capitalino dejar sin efecto la consulta indígena debido que, a juicio de esta comunidad, el proceso está viciado y no respeta la normativa internacional ni tampoco el reglamento de la Convención. Por eso le solicita a la corte que resuelva el fondo del recurso, lo acoja y disponga que “la Convención Constitucional debe dejar sin efecto o declarar nulas todas las normas aprobadas a la fecha de resolución del presente recurso de protección y, que digan relación o afecten a los pueblos indígenas”.
Además pide que “una vez concluido el proceso de consulta indígena y habiéndose recibido los informes respectivos en donde se consigne de manera expresa el hecho de haberse llegado a un acuerdo o logrado el consentimiento acerca de las medidas propuestas, estas normas recién deban ser conocidas por el pleno de la Convención Constitucional para su votación”.
La consulta indígena ha sido objeto de varias críticas debido a que fue hecha a última hora y tuvo muy poca participación. En el Censo abreviado de 2017 un total de 2.185.792 personas se autodeclararon indígenas. De ellas 1.135.207 personas tienen calidad indígena de acuerdo a los registros de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi).
En el informe final sobre Participación y Consulta Indígena de la Convención se informa que el proceso solo consultó a 7.549 personas. Si se toma como referencia los registros de la Conadi, eso significa que en la consulta indígena de la Convención Constitucional solo participó el 0,6% de las personas registradas como parte de algún pueblo originario.
La Secretaría de Participación y Consulta Indígena había estimado que la cobertura sería de 18.790 personas. Debido a que la Convención solo tiene un año como plazo máximo para funcionar, todo se hizo rápido. Por eso solo se alcanzó a llegar al 40% de esa meta.
El revés en la Corte de Santiago
El recurso fue visto por la Corte de Santiago, pero el 15 de marzo la Primera Sala -integrada por las ministras Marisol Rojas, Inelie Durán y María Paula Merin- lo declaró inadmisible. La resolución de las magistradas plantea que el recurso excede “al ámbito de aplicación y las materias que deben ser conocidas mediante el presente arbitrio constitucional, por lo que la acción impetrada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, ya que no resulta ser la vía idónea al efecto”.
Caifal presentó una reposición que también fue rechazado, por lo tanto luego presentó en subsidio una apelación la cual ahora está en tabla para ser vista por la Sala Constitucional del máximo tribunal. Fuentes judiciales comentan que este recurso podría ser visto este miércoles 30 de marzo, algo que aún no ha sido confirmado. Si la Suprema lo declara admisible, el recurso vuelve a la Corte de Santiago para que sea tramitado.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.