Los argumentos de la defensa del ministro Figueroa para que se desestime la acusación constitucional

Raúl Figueroa

El texto de 300 páginas alude informes del BID y la Cepal para refutar los planteamientos del libelo acusatorio elaborado por diputados opositores. En su defensa el titular del Mineduc detalla 62 iniciativas de apoyo implementadas en pandemia por su cartera. Además destaca la flexibilización de la Subvención Escolar Preferencial, asegurando que permitió utilizar entre $120.000 y $170.000 millones en gastos relacionados con la pandemia. La presentación sostiene que la acusación tiene un sentido político-comunicacional para "restarle mérito al gobierno en la conducción política del Estado durante el manejo de la pandemia″.


Más del doble de páginas que la acusación constitucional que presentaron en su contra tiene la respuesta que elaboró el ministro de Educación, Raúl Figueroa, para defenderse de los cuestionamientos que diputados opositores hacen en el libelo.

Este martes la defensa del titular del Mineduc hizo entrega de la contestación a la Cámara de Diputados.

La acusación constitucional fue ingresada el 20 de julio pasado por un grupo de parlamentarios de oposición liderados por la diputada de Comunes, Camila Rojas. El libelo acusatorio está compuesto por tres capítulos y 142 páginas donde se fundamenta las faltas a la Constitución y las leyes en las cuales habría caído el secretario de Estado.

Figueroa esa misma jornada se refirió a los cuestionamientos señalando que “hemos hecho todo lo necesario en un contexto complejo para apoyar al sistema educativo”.

Justamente ese panorama “complejo” es clave en el documento presentado en su defensa y al que tuvo acceso La Tercera. El texto de 300 páginas comienza entregando antecedentes generales sobre el contexto de excepcionalidad por la pandemia de Covid-19, que constituye “sin lugar a duda, el desafío global más importante en materia de salud pública y sanitaria del último siglo (sino de la historia de la humanidad) con las consecuentes repercusiones sociales y económicas, no sólo en nuestro país, sino también a nivel mundial”.

Argumentos

Tras referirse al panorama en el país por la pandemia y abordar las medidas que tomó la administración de Sebastián Piñera, la respuesta de Figueroa al libelo aborda los temas de fondo.

La contestación argumenta que la acusación “toma como premisa un diagnóstico completamente alejado de la realidad”, al apuntar a una “gravosa omisión del gobierno” y plantear que el Ejecutivo “tampoco ha sabido estar a la altura de la contención de la crisis sanitaria y sus consecuencias sociales”.

“La abundancia, celeridad y eficacia de las medidas descritas precedentemente no sólo ponen en burda evidencia la infectividad de ese diagnóstico, sino que traslucen el sentido político-comunicacional de esta acusación, cual es, restarle mérito al gobierno en la conducción política del Estado durante el manejo de la pandemia″, dice el texto en defensa del ministro Figueroa.

En su tercer capítulo “Consideraciones respecto a las medidas adoptadas en materia educacional en el contexto de la de la pandemia de Covid-19”, se destaca que “las iniciativas adoptadas por el Ministerio Educación en las primeras semanas fueron destacadas por el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante, “BID”) en el contexto regional”.

Se expone que “en su informe de mayo de 2020, “Education in times of coronavirus: Latin America and the Caribbean’s education systems in the face of Covid-19” 27, se indica que los países latinoamericanos inicialmente se centraron en proporcionar contenido alineado con los planes de estudios de las escuelas , de modo de construir un modelo rápido de educación a distancia de emergencia. En este contexto, el informe destaca que Chile, a pesar de estar recién partiendo un sistema de clases remoto, en mayo de 2020 ya contaba con un modelo que permitía dar continuidad al servicio educativo, destacando el contenido digital a través de redes sociales, televisión o radio”.

Adicionalmente, se resalta un informe de la Unesco y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) que “destacó a Chile dentro de los ocho países -de un total de 33- que contempló la entrega de dispositivos tecnológicos como una medida de continuidad del aprendizaje a distancia”.

Hay en el documento una tabla en el que se detallan 62 iniciativas de apoyo implementadas por el Mineduc en pandemia, consignando una descripción acotada, su impacto y los destinatarios de cada una de ellas. Allí figuran, por ejemplo, la entrega de 16.400 tablets a liceos de enseñanza técnico profesional, la distribución de 45.000 kits de apoyo pedagógico de Junji para familias; y la priorización de los trabajadores de la educación en el proceso de vacunación contra el Covid-19, entre otras iniciativas.

La contestación además reporta todos los recursos financieros que quedaron a disposición de los establecimientos para perfeccionar el sistema de educación a distancia y cumplir con los protocolos sanitarios. En ese punto se destaca la flexibilización de la Subvención Escolar Preferencial permitió utilizar entre $120.000 millones y $170.000 millones en gastos relacionados con la pandemia. Adicionalmente, los establecimientos educacionales utilizaron sobre $30.000 millones para invertir en tecnología, equipos de sanitización y otros gastos relacionados con el contexto Covid.

Finalmente, en las conclusiones, el documento enumera 10 puntos para señalar que la acusación debe ser desestimada, asegurando que: “Se basa en afirmaciones inefectivas y/o erradas (...) No cumple con los requisitos básicos y esenciales para su procedencia (...) Se basa en opiniones, valoraciones, y hechos que no han sido acreditados (...) Está formulada de una manera que infringe el principio de legalidad, el que se encuentra legal, constitucional y supranacionalmente garantizado (...) Infringe el principio de separación de poderes, al basarse en materias que se refieren al ejercicio de potestades exclusivas del Poder Ejecutivo (...) Infringe el principio de culpabilidad, legal, constitucional y supranacionalmente garantizado. (...) Está formulada de una manera que infringe el principio de proporcionalidad, legal, constitucional y supranacionalmente garantizado. (...) Infringe el principio de proceso racional y justo legal, constitucional y supranacionalmente garantizado (...) Infringe el principio de Ultima Ratio, legal, constitucional y supranacionalmente garantizado (...) El ministro acusado ha desempeñado su cargo con estricto apego a las facultades que le confiere la Constitución y las leyes, y ha promovido el funcionamiento del sistema educativo chileno pese a las dificultades que el contexto de pandemia”.

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