Primeras propuestas ingresadas a la comisión de Normas Transitorias definen duración del mandato de Boric y no permitiría su reelección en 2025
Pese a que durante la noche trascendieron algunas de las propuestas preliminares de un grupo de convencionales, aún no se determina si es que el Congreso actual quedará habilitado para efectuar reformas constitucionales al texto de la nueva Carta Magna, si es que esta logra aprobarse en el plebiscito del 4 de septiembre.
A las 10 horas de este lunes están citados los 33 miembros que integran la comisión de Normas Transitorias de la Convención Constitucional, la cual sesionará por primera vez y cuyo propósito apunta a facilitar el tránsito de la Constitución actual a la nueva Carta Fundamental que elabore el órgano redactor –en caso de ser aprobada en el plebiscito de salida del 4 de septiembre-, y a la vez regulará la implementación de las normas del proyecto de la Carta Magna.
En este sentido, el plazo para presentar las propuestas de normas en las distintas comisiones venció este domingo (ayer), y durante la noche hubo cierto hermetismo en torno al contenido de las mismas, aunque con el transcurso de las horas se fueron revelando de manera preliminar, específicamente aquellas relacionadas con la comisión de Sistema Político.
Cabe indicar que de esta comisión surgieron varias interrogantes durante la última semana concernientes con el modelo de régimen presidencial y otras en torno a la definición del nuevo esquema que tendrá el Poder Legislativo. En este punto, el pasado viernes, el pleno aprobó diversas atribuciones respecto a la figura de la Cámara de las Regiones, que reemplazará al actual Senado, en torno a sus facultades, como asimismo se visaron normas que regularán la organización, atribuciones y funcionamiento de los sistemas de justicia y de los Órganos Autónomos Constitucionales.
Por su parte, un asunto decisivo que aún queda por resolver es determinar el periodo de gracia que tendrá tanto el Parlamento vigente como el Presidente, debido a que al existir modificaciones significativas que emanen de las mismas propuestas, se deberá convocar a elecciones para elegir a las nuevas autoridades.
Sin embargo, ha habido un consenso generalizado entre los convencionales, desde el PC hasta la UDI –salvo algunos casos puntuales-, en establecer un plazo de al menos cuatro años, es decir, hasta 2026, lo que preservaría el actual mandato de Gabriel Boric, como de la mayoría de los congresistas.
No obstante, algunos representantes de la Cámara Alta han manifestado su preocupación en cuanto a la duración de sus cargos, llegando incluso a la premisa de que estaría en riesgo la “soberanía popular” expresada en las urnas. Esto porque algunos senadores comenzaron su mandato en noviembre recién pasado, y debiesen concluir en 2030, mientras que los que asumieron en 2018, podrán terminar su periodo en 2026.
Esta es una de las dudas pendientes, como también si es que el Congreso actual quedará habilitado para hacer reformas constitucionales al texto de la Carta Magna que podría aprobarse el 4 de septiembre, situación que dependerá de lo que se analice en las propuestas que revisará la comisión de Normas Transitorias, las que deberán ser aprobadas y luego pasar al pleno.
Primeras propuestas
Por lo pronto, durante la noche trascendieron de manera preliminar algunas de las propuestas ingresadas por los miembros de la asamblea constituyente. Desde el Partido Comunista, Independientes No Neutrales, el Partido Socialista y el Frente Amplio se propuso que la primera elección del Congreso de Diputadas y Diputados y de Cámara de las Regiones se concrete en 2025, y quienes fuesen electos en dicho proceso desempeñen sus cargos excepcionalmente por un plazo de tres años.
En este sentido, la siguiente elección de estos representantes regionales se llevará a cabo en 2028, en conjunto con las demás autoridades, como gobernadores y consejeros regionales, alcaldes y concejales.
Al mismo tiempo, la actual Cámara de Diputados y el Senado continuarán con sus funciones hasta el 2026, momento en que entrarán en sus cargos los miembros de los organismos que sustituirán a ambas entidades legislativas.
“Las disposiciones relativas a las inhabilidades, incompatibilidades y límites a la reelección comenzarán a regir para las diputadas, diputados y representantes regionales que sean electos en 2025. Con todo, las y los diputados, y las y los senadores que estén en funciones a la fecha de entrada en vigencia de esta Constitución no podrán ser candidatos para un nuevo periodo, o para la Cámara de las Regiones en el caso de los senadores, si con dicha prórroga superan el plazo total de doce años en el desempeño del cargo”, se extrae.
En tanto, se propone además que los quórums contenidos en la nueva Carta Fundamental para la aprobación de toda ley comiencen a regir con su entrada en vigencia, con excepción de las normas relativas a reforma constitucional, y deberá ser el actual Congreso quien inicie las reformas reglamentarias correspondientes a los efectos de la vigencia de estos nuevos quórums, en los primeros tres meses desde que sea aprobada el nuevo texto.
En cuanto al modelo del régimen presidencial, se establecen nuevas atribuciones tanto del jefe de Estado como de los demás órganos superiores de la administración, las que deberán contribuir con la instalación de esta nueva institucionalidad.
En este aspecto, una de las propuestas establece que no existirían cambios en torno a la duración del mandato del Presidente Boric, aunque no se permitiría que este se presente a la reelección en 2025. A su vez, al mes siguiente de entrada en vigencia de la nueva Carta Magna –si llegase a aprobarse- el mandatario deberá convocar al Consejo Asesor Presidencial para la Implementación de la Constitución, un órgano paritario y que contará con la participación de diversos sectores de la sociedad, incluyendo a pueblos indígenas.
Este consejo dependerá del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y estará encargado de diseñar propuestas de legislación, adecuación normativa y políticas públicas que estén orientadas a la implementación de las normas constitucionales en sus aspectos legales y administrativos, así como de evaluar y monitorear el proceso de implementación de la nueva Constitución.
Por otra parte, también se difundieron algunas de las propuestas ingresadas por convencionales de Chile Vamos y del colectivo del Apruebo. Una de ellas, establece que “los capítulos, artículos y referencias al Poder Legislativo entrarán en vigencia el 11 de marzo de 2026, con excepción de las reglas de la Constitución para al Congreso de Diputadas y Diputados y a la Cámara de la Regiones, así como las facultades de los mismos órganos que entrarán en vigor desde el momento de la convocatoria de dichos procesos electorales en conformidad a la ley electoral que se dicte para tal efecto”.
Asimismo, durante el tiempo intermedio seguirán rigiendo las disposiciones de los capítulos IV, V y XV de la actual Constitución.
“La reforma constitucional se tramitará en conformidad a las reglas de procedimiento del capítulo XV y requerirá para su aprobación el voto conforme de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio”, puntualiza.
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