Alejandro Gil acusa daño a la honra e integridad síquica y pide anular formalización: tribunal rechaza solicitud
Abogado del Presidente de la Clínica Las Condes pidió anular la audiencia de formalización ya que la investigación "está fundada en antecedentes que provienen de una investigación ilegal". El 4° Juzgado de Garantía confirmó la audiencia fijada para agosto.
La jueza del 4° Juzgado de Garantía de Santiago, Francis Patricia Fell, confirmó la resolución del 17 de junio que fijó una audiencia de formalización en contra del presidente de Clínica Las Condes, Alejandro Gil. Esto luego que el empresario solicitara la nulidad procesal de dicha resolución, asegurando que han ocurrido “irregularidades en la investigación”.
El tribunal fijó la formalización de Alejandro Gil para el 6 de agosto por el delito de apropiación indebida. Los querellantes, los médicos Javier del Río y Joaquín Lara, presentaron la acción legal en septiembre de 2022 y en ella acusan a CLC de incumplir el pago de honorarios y apropiarse de recursos pagados por aseguradoras y pacientes. Según la querella, la clínica debe más de $250 millones a Lara y más de $100 millones a Del Río. Ambos doctores son asesorados por Patricio Fernández y Pamela Contreras, socios del estudio Healthlegal & Compliance, quienes también representan a otros 12 otorrinos, traumatólogos y cirujanos plástico, quienes reclaman deudas por $1.500 millones.
El escrito firmado por el abogado defensor de Gil, Álvaro Jofré, sostiene que “la resolución que fija la audiencia de formalización en contra de mi representado está fundada en antecedentes que provienen de una investigación ilegal”.
“En el caso de autos, el perjuicio que sufre mi representado hoy es consecuencia de los dos años que ha vivido en calidad de imputado; siendo arrastrado por esta formalización -eventualmente- dos más a una investigación que daña su honra e integridad psíquica”, agregó.
Entre otras cosas, la defensa de Gil sostiene ni la Clínica ni su representado fueron notificados correctamente de un oficio de la Fiscalía, lo que llevó a una serie de correos electrónicos confusos y versiones contradictorias del mismo documento. con ello alude al Oficio N° 49 de la Fiscalía, que solicitaba a CLC que remitiera toda la información relativa al listado de pacientes atendidos en el recinto médico, incluyendo comprobantes y costos de los procedimientos realizados por los médicos querellantes, correspondientes al periodo de enero de 2020 a diciembre de 2022.
La Fiscalía solicitó repetidamente documentos que, según la defensa, ya habían sido entregados, por lo que puso en cuestión la administración de la información y la diligencia del Ministerio Público en el manejo del caso.
La defensa alegó que varias pruebas y testimonios cruciales para demostrar la inocencia de Gil Gómez fueron rechazados arbitrariamente por la fiscal a cargo, Karin Naranjo Hernández. Entre estos, se encontraba la solicitud de declaraciones de ejecutivos de Isapres y la copia de un expediente arbitral que podría demostrar la regularidad en el pago de honorarios médicos por parte de la Clínica.
Además, la defensa de Gil destacó la negativa de la fiscal para reunirse con la defensa para discutir nuevos antecedentes y pruebas, lo que obstaculizó el derecho a una defensa justa y adecuada.
En respuesta a las quejas presentadas, la Fiscal Regional admitió la existencia de errores y la falta de supervisión adecuada en la investigación, asegurando que se habían tomado medidas para evitar futuras irregularidades, dice el texto de 16 páginas. Sin embargo, según la defensa, estas medidas no fueron suficientes y la Fiscalía continuó actuando de manera cuestionable.
El recurso presentado concluyó que la investigación, tal como fue llevada a cabo, vulneró los derechos de Alejandro Gil Gómez, afectando su honra y sometiéndolo a un proceso injusto y prolongado. Por estas razones, se solicitó la nulidad de la resolución que fijó la audiencia de formalización.
“Atendido que la solicitud de formalización de la investigación (audiencia que tiene por finalidad comunicar al imputado en presencia del juez de garantía, de que desarrolla una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados) es un atribución del Ministerio Público, solicitud presentada con fecha 14 de los corrientes que cumple con los requisitos del artículo 230 y 231 del Código Procesal Penal, no ha lugar al recurso de reposición, ni tampoco a la nulidad procesal solicitada por el abogado Álvaro Jofré, toda vez que no se vislumbra ninguna actuación o diligencia judicial defectuosa en la resolución que cita a audiencia de formalización”, dice la resolución de la jueza Francis Patricia Fell.
La defensa de Gil evalúa apelar ante la Corte de Apelaciones.
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