Bancos disparan contra Hacienda y Economía por implementación de ley de fraudes con tarjeta

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"La Asociación de Bancos ve con preocupación la inconsistencia de la decisión del Ejecutivo", dijo el gremio tras la definición que tomaron ambos ministerios, que mantuvieron sin cambios el límite de 35 UF para el monto a restituir por las operaciones desconocidas, en un plazo de 10 o 15 días, por parte de un usuario de medios de pagos. La ley establece que el gobierno puede fijar un monto de entre un rango de 15 y 35 UF.


La mañana de este martes el Ministerio de Hacienda publicó en el Diario Oficial una norma general, donde junto al Ministerio de Economía, decidieron mantener sin cambios el límite de UF 35 que existe actualmente sobre el monto que deben restituir las instituciones financieras por las operaciones que desconozcan los usuarios en los distintos medios de pago, devolución que deben realizar los bancos y otras entidades en un plazo de 10 días hábiles, o 15 días si es que la operación reclamada consistiere en giros en avances en efectivo o cajeros automáticos.

Lo cierto es que este año se aprobó la Ley de Sobreendeudamiento, que viene a modificar la Ley de Fraude con Tarjetas, buscando contener la expansión del autofraude. En esa ley se estableció que el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, previa consulta a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), debían emitir un reglamento para definir uno o más umbrales de restitución, el que actualmente se encuentra en UF 35. Allí se definió que esos límites “no podrán ser inferiores a UF 15 UF, ni superiores a UF 35. El o los umbrales deberán ser revisados por los Ministerios de Hacienda y de Economía, Fomento y Turismo al menos anualmente, y podrá determinarse fundadamente la mantención del o los umbrales vigentes o el cambio de uno o más de ellos”.

La Asociación de Bancos (Abif) lamentó la decisión que tomó el gobierno de mantener el umbral actual en UF 35, y advirtió que genera un impacto en la prevención de los autofraudes.

Mediante un comunicado, el gremio detalló que “las modificaciones a la Ley 20.009, entre otras cosas, facultaron a esos ministerios a establecer dicho límite en el rango de UF 15 a UF 35, además de poder fijar límites diferenciados por tipo de operación, medio de pago y producto. Desde la mirada del gremio, la mejor opción para mitigar el surgimiento de autofraudes era determinar el límite superior para la devolución de las operaciones desconocidas en las 15 UF y no mantenerlo en 35 UF”.

Sin embargo, señalan que “a pesar del deterioro del sistema financiero frente a los autofraudes, donde las operaciones desconocidas aumentaron 7 veces en menos de 12 meses, la Abif ve con preocupación la inconsistencia de la decisión del Ejecutivo. Esto, ya que la atribución solicitada por el gobierno en dicha ley buscaba precisamente reducir los incentivos a los autofraudes. Contrariamente a lo esperado, mantuvieron el monto de UF 35″.

Por otra parte, allí mencionaron que “la modificación de la Ley 20.009 encargó a la CMF dictar la normativa asociada a los factores de autenticación en las operaciones con medios de pagos, estableciendo un plazo máximo de 12 meses a contar de la publicación de la Ley en el Diario Oficial, cuyo objetivo era mitigar una situación insostenible en materia de autofraudes. Si bien la CMF aún se encuentra dentro del plazo para emitir la normativa de factores de autenticación requerida, el gremio bancario estima que es pertinente dictarla con celeridad, considerando la gravedad de la situación que llevó a su modificación, y donde el sistema bancario alcanzó registros de devoluciones por US$ 80 millones tan sólo en un mes (marzo de 2024)”.

La Abif dijo que “la publicación de las modificaciones a la Ley 20.009 efectivamente ha contribuido al descenso en el monto de autofradues, aunque estos todavía se encuentran muy por encima de algunos países desarrollados y se ha agregado, además, un componente de judicialización que no es acorde con el desarrollo de medios de pago masivos e inclusivos. En ese sentido, el gremio lamenta que Chile sea el único país donde se observa una situación como la descrita, donde se ampara el engaño”.

La Abif afirmó que “la decisión de los Ministerios de Hacienda y Economía, así como la ausencia de la normativa de factores de autenticación por parte de la CMF, desconciertan y no son acordes a la realidad que buscaban abordar las modificaciones a la Ley de Fraudes. La implicancia directa de este actuar es mantener riesgos y costos para el sistema de pagos que atentan contra su desarrollo y, en definitiva, que los ciudadanos no puedan acceder a medios de pagos seguros y modernos, sostiene el gremio”.

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