CDE acusa a Banmédica de intentar obtener una “exorbitante cantidad de dinero del Estado” por millonaria demanda
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) rechazó la demanda de Banmédica, que exige $20.375 millones por los costos de la Licencia Médica Preventiva Parental durante la pandemia del Covid-19, afirmando que estas son prestaciones propias de la seguridad social. Banmédica, por su parte, argumenta que la normativa le impuso cargas desproporcionadas, vulnerando sus derechos constitucionales y alterando el sistema de financiamiento de las licencias médicas.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) contestó las demandas de indemnización presentadas por Isapre Banmédica, las cuales alegan perjuicios derivados de la Ley N°21.247 y de circulares emitidas por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) durante la pandemia del Covid-19. Según la isapre, estas normativas le impusieron obligaciones económicas que vulneraron sus derechos constitucionales, generándole un perjuicio patrimonial estimado en $20.375 millones.
El CDE, sin embargo, fue categórico en rechazar los argumentos de Banmédica. “Es evidente la intención de Banmédica de generar artificialmente una supuesta afectación a derechos y garantías constitucionales para obtener indebidamente una exorbitante cantidad de dinero del Estado”, afirmó en su escrito de contestación.
El pasado 11 de noviembre, el CDE presentó sus descargos a la demanda de Banmédica -filial del estadounidense United Health Group- interpuesta el 17 de julio de 2024 ante el 3° Juzgado Civil de Santiago.
El conflicto se centra en la implementación de la Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP), creada por la Ley N°21.247 durante el estado de excepción constitucional por la pandemia. La normativa estableció que estas licencias fueran financiadas por las instituciones de salud previsional (isapres) y Fonasa, sin derecho a reembolso ni ajuste en los planes de salud. Banmédica sostiene que esta medida alteró de manera injustificada el sistema de financiamiento de las licencias médicas, vulnerando sus derechos constitucionales de propiedad y de igualdad ante la ley.
El CDE, en defensa del Fisco y de la Suseso, argumentó que las licencias médicas son prestaciones de seguridad social financiadas por las cotizaciones legales obligatorias de los afiliados. Por tanto, dijo, las isapres, como entidades integrantes del sistema de seguridad social, tienen la obligación de cubrirlas. Según el CDE, las demandas de Banmédica carecen de sustento jurídico y técnico, ya que pretenden calificar la LMPP como una carga pública desproporcionada, cuando en realidad se trata de un beneficio contributivo.
El CDE descartó que exista discriminación arbitraria en la normativa, señalando que tanto Fonasa como las isapres están sujetas a las mismas reglas para financiar las licencias. Además, subrayó que las medidas adoptadas durante la pandemia respondieron a una crisis sanitaria sin precedentes y fueron aprobadas por unanimidad en ambas cámaras del Congreso.
“La demandante pretende, por una vía oblicua, bajo el subterfugio de una acción de responsabilidad del Estado por actos del legislador, que un tribunal de la República infrinja el ordenamiento jurídico constitucional”, sostuvo el CDE, refiriéndose a la intención de Banmédica de trasladar la discusión sobre la constitucionalidad de la ley a un tribunal civil, algo que, según el Consejo, está fuera de su jurisdicción y competencia.
Argumentos
El CDE enfatizó que el financiamiento de las LMPP no constituye una obligación fuera de lo previsto en la ley, sino que se enmarca en el rol esencial de las isapres dentro del sistema de seguridad social. Argumentó que Banmédica intenta desligarse de una responsabilidad inherente a su naturaleza como institución previsional y cuestionó las bases técnicas y jurídicas de su demanda.
“La isapre demandante al esbozar su alegato sobre una imposición supuestamente desigual de cargas públicas, olvida que en nuestro ordenamiento jurídico el sistema de seguridad social contempla tanto a instituciones públicas como privadas”, aseguró el CDE en su escrito.
El CDE concluyó que las demandas de Banmédica buscan “crear un escenario ficticio de responsabilidad patrimonial del Estado” y no reconocen el carácter transitorio y preventivo de las medidas implementadas durante la pandemia. Además, reiteró que las isapres tienen un deber ineludible de proteger el derecho a la salud de sus afiliados, incluso en contextos de crisis.
Réplica
Consultada Banmédica al respecto, dijo que “reafirma que los perjuicios demandados son efectivos y que lo planteado en tribunales corresponde estrictamente a lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente. Todo ello será demostrado en la instancia judicial correspondiente”.
El pasado 22 de noviembre, la compañía representada por el abogado Germán Concha, presentó un escrito de réplica al tribunal.
En el documento, que cuenta con 10 páginas, Banmédica sostiene que estas normativas obligaron injustificadamente a las Isapres a cubrir los costos de la licencia sin posibilidad de ajustar sus precios ni redistribuir dichas cargas, situación que, según la demandante, vulnera principios constitucionales como la igualdad ante la ley, la libre iniciativa económica, el derecho de propiedad y la seguridad jurídica. Adicionalmente, argumenta que el financiamiento de estas licencias debió ser cubierto por fondos estatales, tal como se corrigió posteriormente mediante la Ley 21.351.
La réplica también refuta argumentos de las demandadas, enfatizando que la carga económica fue grave y excepcional, y señala una clara relación causal entre los actos normativos y los perjuicios sufridos por Banmédica.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.