Ley de 40 horas: DT explica la compensación de horas extra y la modificación del artículo 22
"Se permite acumular hasta cinco días en el año. Lo que hemos dicho es que cuando se solicite un día por compensación es el día, no es que se pueda fraccionar", sostuvo el director del Trabajo, Pablo Zenteno, respecto a la compensación de horas extra por días feriados.
El próximo 26 de abril entra en vigencia la ley de 40 horas, que parte por reducir este año la jornada laboral a 44 horas. En ese contexto, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, explicó las modificaciones contenidas al artículo 22 inciso segundo, de quienes quedan excluidos de la jornada ordinaria.
“Hay algunas dudas que tienen que ver con la distribución de la jornada, pero en general son cosas más específicas y un debate que se ha abierto respecto del (artículo) 22 inciso segundo. Este norma qué permite o no que trabajadores tengan o no jornada. La ley redujo la hipótesis de trabajadores que están en esa situación. Diría que por ahí están los temas y esperamos que el 26 de abril respecto de aquellos (trabajadores) que tienen jornada ordinaria, no tengan mayor problema. En el caso de las jornadas extraordinarias, es un ciclo distinto, porque hay un proceso progresivo”, indicó en Radio Pauta.
Y agregó que en “el espíritu de la ley el legislador tiene un sentido. Estableció nuevas formas de distribución de la jornada, bandas horarias, y por tanto solo es posible en la medida que haya una certeza de la jornada. Y por cierto, era evidente que había que modificar el artículo 22. Antes teníamos cinco hipótesis y hoy tenemos dos. Desde el 26 de abril en adelante quienes pueden estar excluidos de jornada son dos tipos de trabajadores: gerentes administradores que tengan facultad de representación y dirección de la empresa, no cualquier tipo de jefatura en la empresa, y aquellos que no tienen fiscalización superior inmediata, en razón de la naturaleza de las labores que desarrollan”.
Eso sí, el director del Trabajo evitó entregar un número sobre cuántas personas quedarán definitivamente excluidas de jornada, cuando la normativa esté en vigencia.
“Son cerca de 500 mil trabajadores los que tienen el artículo 22 según la información que nosotros tenemos. No podría aventurarme en un número como este. Es una situación que habría que revisar en cada una de las situaciones que ocurren. Es evidente que ese número debiera reducirse. Cuánto va a ser esa reducción es algo que hay que ir revisando en cada una de las situaciones que se produzcan”, detalló.
Otro tema que ha estado en el debate es la compensación de horas extra. Al respecto, Zenteno sostuvo que estas no pueden ser más de dos horas al día.
“En ese caso la regla general que establece el código se sigue aplicando. Tiene que hacerse a través de pacto individual por escrito, para situaciones excepcionales con un límite de dos horas extra. Eso se va a regular de la misma forma. El recargo es el mismo, que es un 50% de la jornada ordinaria. No debiera haber un cambio en esa dirección”, indicó.
Asimismo, se refirió a la compensación de horas extra por días feriados.
“Es una norma que apunta en la dirección de varias normas que se han aprobado, que permiten los cuidados. Se permite acumular hasta cinco días en el año. Lo que hemos dicho es que cuando se solicite un día por compensación es el día, no es que se pueda fraccionar, porque la ley lo asemejó al feriado legal. Al feriado en vacaciones”, señaló Zenteno.
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