Año Nuevo: Sernac entrega recomendaciones para los consumidores que asistan a fiestas
“El llamado a las y los consumidores es que, para poder ejercer sus derechos, siempre deben contratar este tipo de servicios en el comercio establecido, adquiriendo entradas con anterioridad y no comprando en la calle, arriesgándose a falsificaciones o sobreprecios”, señalaron en el Sernac.
Para un buen término de año, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), entregó sus recomendaciones para que los consumidores que pretendan asistir a fiestas puedan hacer valer sus derechos.
Partiendo por las entradas, la entidad indicó que para los eventos masivos, la cantidad de entradas vendidas no debe superar la capacidad real del recinto. “Esto permite que se garanticen las condiciones explicitadas por los proveedores, entre ellos, las de seguridad”, explicaron en el Sernac.
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En esa línea, el organismo añadió que es fundamental no comprar entradas revendidas, puesto que así los consumidores no podrán garantizar sus derechos, además de que este tipo de entradas no garantiza seguridad a la hora del acceso al evento, lo que puede provocar incluso la negación del ingreso.
“El llamado a las y los consumidores es que, para poder ejercer sus derechos, siempre deben contratar este tipo de servicios en el comercio establecido, adquiriendo entradas con anterioridad y no comprando en la calle, arriesgándose a falsificaciones o sobreprecios”, señalaron.
De igual manera, los proveedores u organizadores deben cumplir con todas las condiciones informadas o publicitadas, desde el horario, las prestaciones disponibles, la comida y hasta los artistas, pistas de baile, servicios sanitarios, estacionamientos y acceso a áreas VIP.
“Por todo lo anterior, es recomendable que los consumidores guarden los soportes publicitarios, print de pantalla, la entrada, entre otros, en caso de existir algún incumplimiento de lo prometido”, agregaron.
Además, el Sernac recordó que los consumidores tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente por razones de raza, condición social, aspecto físico, género o edad, además de que no se les niegue injustificadamente el servicio. En caso de que este derecho sea vulnerado, las personas afectadas podrán ser indemnizadas.
En el caso de quienes deben hacer uso de estacionamientos, la ley establece que la empresa debe tener medidas de vigilancia eficaces y proporcionales al recinto, ya sea que el servicio de estacionamiento sea pagado o gratuito. Lo anterior incluye la implementación de cámaras, accesos controlados o personal de vigilancia.
“La Ley establece que, si la empresa no toma las medidas de seguridad adecuadas y el consumidor sufre algún daño o robo en su vehículo producto de esa negligencia, debe responder”, indicaron en el Sernac.
Tras las recomendaciones, el organismo también informó que en caso de que los consumidores sientan vulnerados sus derechos, pueden dejar sus reclamos en el portal web del Sernac, así como también llamando al 800700100, o bien, de forma presencial en las oficinas regionales del Sernac.
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