Enel lleva a la Suprema pugna por multa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles por cortes de luz
Esto, luego de que la Superintendencia sancionara a la energética y la Corte de Apelaciones la multara por $853 millones.
La eléctrica Enel Distribución no quedó conforme con la multa que la Corte de Apelaciones realizó y que fue aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) por diversas interrupciones en los servicios de alimentadores de energía.
En el documento presentado por la italiana se argumenta que "consideramos como ilegal y arbitraria la multa impuesta a Enel Distribución".
Esto por cuatro razones. En primer lugar se señala que la multa de $853 millones es "extremadamente alta" y sin justificar la metodología concreta en que se ha basado, es decir, sin indicar la fórmula o cálculo que permita replicar la forma en que se ha arribado a tal extrema cifra.
En segundo lugar, se indica que se ha dictado en "abierta contradicción a la única norma administrativa previa de la propia SEC en que ha definido la metodología aplicable al cálculo de las sanciones por infracción a los estándares de continuidad de suministro; y ello sin modificarla previamente, sin explicar por qué sería inconveniente o injustificada su aplicación en el presente caso y sin precisar qué metodología se aplicó en su lugar".
En tercer lugar, Enel argumenta que se ha determinado la cuantía de la multa de un modo "absolutamente desproporcionado, incurriendo en abierta contradicción del principio non bis in ídem y calificando errónea e incompletamente las circunstancias que exige la ley".
Por último, se manifestó que la multa se dictó en ausencia de una norma técnica "exigida por el Reglamento Eléctrico, que determine los valores promedio y distribución probabilística de los índices para medir las interrupciones".
Por tanto, Enel considera que se proceda a dejar sin efecto la multa impuesta por 17.776 UTM, "por no existir infracción alguna ala normativa legal y reglamentaria vigente que se le pueda imputar".
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