Fraudes con tarjetas: denuncias ante la PDI caen 31% en el primer trimestre

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En 2020 este tipo de denuncias disminuyó 47,5%, hasta las 5.749. En tanto, en 2021 la baja fue de 36%, llegando a 3.660. Y durante enero-marzo de este año la caída continuó, registrándose 706 denuncias. Tal tendencia se asocia a la entrada en vigencia, a fines de mayo de 2020, de la llamada ley de fraude con tarjetas, iniciativa que obliga a la banca a devolver los montos a los usuarios cuando éstos desconocen las transacciones en distintos medios de pagos.


A la baja han venido en los últimos dos años las denuncias que hacen las personas por fraudes con tarjetas y otros medios de pago ante la Policía de Investigaciones (PDI). En 2020 este tipo de denuncias disminuyó 47,5% respecto al año anterior, hasta las 5.749. En tanto, en 2021 la baja fue de 36% año contra año, llegando a 3.660 denuncias por fraudes a diciembre pasado.

Y lo cierto es que durante 2022 la baja ha continuado, ya que en el primer trimestre las denuncias disminuyeron 31% en comparación al primer trimestre de 2021, sumando 706 a marzo de este año. Esto significa que ya van dos caídas consecutivas para el primer trimestre, ya que el año pasado a marzo se registró un descenso de casi 58% en las denuncias de este tipo frente a la PDI, hasta las 1.024. En cambio, en el primer trimestre de 2020 se registró un alza de 9%, a 2.428.

¿Qué hay detrás de las bajas del último tiempo? Lo que ocurre es que a fines de mayo de 2020 entró en vigencia la llamada ley de fraude con tarjetas, iniciativa que obliga a la banca a devolver los montos a los usuarios cuando éstos desconocen las transacciones en distintos medios de pagos. Así las cosas, como las instituciones financieras en el último tiempo han tenido que responder frente a estos fraudes y devolver los dineros defraudados, las personas han hecho menos denuncias.

Al menos a eso apunta el subprefecto Marcelo Romero, jefe de la Brigada Investigadora de Delitos Económicos Metropolitana (Bridec): “Es posible que se deba a la modificación a la Ley 20.009, siendo modificada por la Nº 21.243 en mayo de 2020, limitándose la responsabilidad de los titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude”, explica el subprefecto.

En ese sentido, detalla que “es relevante informar lo estipulado en el Art. 4 de la Ley 21.243, donde en sus principales acápites se establece que el usuario deberá reclamar al emisor aquellas operaciones respecto de las cuales desconoce haber otorgado su autorización o consentimiento, en el plazo de 30 días hábiles siguientes al aviso. El reclamo podrá incluir operaciones realizadas en los 120 días corridos anteriores a la fecha del aviso efectuado por el usuario”.

En relación con las operaciones no autorizadas incluidas en el reclamo, Romero puntualiza que “se considerará especialmente la circunstancia de que el emisor haya enviado una alerta de fraude al usuario, identificando las operaciones sospechosas, y que exista constancia de su recepción por parte del usuario, conforme al contrato de prestación de servicios financieros correspondiente. Tan pronto el usuario tome conocimiento de la existencia de operaciones no autorizadas, deberá dar aviso conforme a lo previsto en el artículo 2 de esta ley”.

En los casos en que el usuario desconozca haber autorizado una operación, el subprefecto señala que “corresponderá al emisor probar que dicha operación fue autorizada por el usuario y que se encuentra registrada a su nombre”.

Asimismo, dice que “el solo registro de las operaciones no bastará, necesariamente, para demostrar que esta fue autorizada por el usuario, ni que el usuario actuó con culpa o descuido que le sean imputables, sin perjuicio de la acción contra el autor del delito”.

La ley fija en 35 UF el monto que el banco debe restituir en los siguientes cinco días hábiles cuando es informado de un fraude y el usuario lo desconoce. Si el monto “extraído” fuera superior a las 35 UF, la entidad financiera tendrá siete días para revisar los antecedentes y determinar si hubo dolo o culpa grave, y si ese fuera el caso puede iniciar un proceso judicial ante los juzgados de policía local. La denuncia se realiza en los juzgados de la localidad en que vive la persona, lo cual debe ser notificado por los bancos a sus clientes.

Y más allá de las denuncias, los fraudes en la banca también han venido a la baja desde que se puso en marcha la ley de fraude con tarjetas. Así, si en el segundo semestre de 2020 fueron 165 mil usuarios los que reportaron haber sido afectados por fraudes en los distintos medios de pago que tienen con la banca, por montos que totalizaron $54.000 millones; en el primer semestre de 2021 el número de afectados bajó a 121.475 casos, mientras el monto defraudado cayó a $41.735 millones.

Y según las últimas cifras reportadas por la banca, durante el segundo semestre de 2021 los fraudes en el total de los medios de pago llegaron a 103.976, lo que significa una baja de 14% con respecto al semestre inmediatamente anterior. Eso sí, el monto defraudado entre julio y diciembre de 2021 marcó un alza de 2,4%, a $42.727 millones, versus el primer semestre del año pasado.

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