Ganaba $2 millones al mes y ahora solo $1 millón ¿Cómo accedo a los beneficios del plan para la clase media?

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Foto. Andrés Pérez

De las cuatro medidas anunciadas, dos serían a través de proyectos de ley y las dos restantes, al ser ampliaciones de programas hoy día vigentes, se harían por la vía administrativa.


El gobierno anunció ayer el esperado plan de ayuda a la clase media y en menos 24 horas diversos ministros han salido a hablar sobre el alcance de las medidas. La vocera Karla Rubilar y su par de Desarrollo Social, Cristián Monckeberg, de hecho, tuvieron esta tarde una pauta conjunta para explicar del tema, la que que se suma a lo que ya había adelantado el propio ministro de Hacienda, Ignacio Briones, ayer en Canal 13 y esta mañana en radio Duna.

¿Qué dijo? El jefe de Teatinos 120 fue bien gráfico y ejemplificó las medidas de apoyo en una familia que, de un ingreso de 2 millones al mes, bajó a $ 1 millón y que debe enfrentar el pago de un dividendo de $ 350 mil mensuales.

“Veamos qué es lo que pasa con dos de nuestras medidas, a ver cómo queda esa familia. Estamos hoy permitiéndoles postergar ese dividendo, o sea, son $350 mil como que no cuentan por lo próximos seis meses y además le estamos permitido acceder en ese caso a un crédito mensual de $650 mil, que es el techo mensual que hemos definido. Entonces: $650 mil más $350 mil usted ahí completó el millón de pesos que perdió. Esa familia en esos meses va a tener la liquidez en condiciones similares a las que tenía”, explicó.

El ejemplo grafica en gran medida cómo podrían ayudar las medidas del gobierno, pero detrás de esto hay muchos detalles.

Veamos.

Cuatro son los ejes que componen el paquete de medidas para la clase media: créditos blandos con pago contingente al ingreso; diferir cuotas de créditos hipotecarios a través de una garantía estatal; subsidios temporales al arriendo; y ampliación del Crédito con Aval del Estado (CAE).

De las cuatro medidas anunciadas, dos serían a través de proyectos de ley y las dos restantes, al ser ampliaciones de programas hoy día vigentes, se harían por la vía administrativa.

Ayer, en su presentación, el Presidente Sebastián Piñera sostuvo que este plan que se financiará con los recursos de los US$12.000 millones del Fondo Covid-19, va a dar “más alivio que el que habrían tenido retirando el 10% de sus fondos previsionales”, la frase del mandatario, por lo demás fue secundada por su ministro de Hacienda, Ignacio Briones, quien ad portas de iniciar la tramitación de estas iniciativas, defendió sus alcances.

Por eso, y en medio de este contexto, acá las claves para conocer las principales definiciones de lo anunciado ayer.

El primer eslabón: Créditos clase media

De acuerdo a la información manejada por las autoridades, este programa de créditos especiales para la clase media estará anclado en el Estado y será contingente a los ingresos. Esto quiere decir que será con cargo al Fisco y que el pago de las cuotas dependerá de la situación del beneficiario, según explicó Karla Rubilar, desde el Palacio de La Moneda.

De la forma en que está planteado este programa, permite entregar créditos por hasta $2,6 millones para cubrir la caída en los ingresos hasta en un 70%.

La tasa de interés que operará para estos créditos será de 0% real (solo reajustado por IPC) y tendrá un plazo de cuatro años para pagarse, con un año de gracia. Es decir, la primera cuota será de un 20% en el 2022; en un 40% en 2023 y un 40% en 2024, dijo Rubilar.

Estos créditos para la clase media, y de acuerdo a lo explicado por el mismo Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, operarían bajo una lógica similar a como lo hace el seguro para los trabajadores independientes, hoy día vigente.

Eso sí, la diferencia entre uno y otro (además de los montos y los giros), es que si al final del periodo de cuatro años el beneficiario no puede terminar de pagarlo, el crédito automáticamente “se convierte en un subsidio del Estado”, según completó Rubilar más tarde desde La Moneda.

¿Quienes pueden optar?

Según las estimaciones de Hacienda, el universo de potenciales beneficiarios es de al menos 605.000 personas: 116.000 de ellos son desempleados que reciben beneficios del Seguro de Cesantía, 279.000 tienen el contrato suspendido por la Ley de Protección al Empleo y 210.000 son empresas individuales (trabajadores por cuenta propia) reguladas por el SII.

Bajo esta lógica, podrán optar entonces quienes acrediten una caída significativa en sus ingresos (mayor o igual a 30%). Estos trabajadores elegibles deberán tener ingresos por sobre los $500.000 mensuales antes de la pandemia.

¿Y dónde lo solicito?

Como estos créditos son financiados por el Estado, una vez que esto se convierta en ley, la solicitud se hará ante el SII y se entregará a través de la Tesorería General de la República en cuatro cuotas mensuales de hasta $650.000 cada una. Los plazos de respuesta aún son desconocidos porque todavía no es público el proyecto.

¿Y si tengo Dicom puedo acceder?

Para efectos de este beneficio el hecho de tener Dicom no lo exenta de poder postular a este crédito. “Si yo tengo Dicom voy a poder postular igual a este préstamos solidario del Estado, acá pueden postular también las personas que tienen deudas anteriores con la Tesorería”, añadió Rubilar.

¿Y cuándo puedo hacerlo?

Esta es una de las medidas que se debe realizar vía proyecto de ley. Así que primero deberá tramitarse legislativamente y promulgarse para que se pueda optar al beneficio. Hay que tener presente que fue anunciada ayer en el marco de este plan de emergencia para la clase media, por lo que según lo esbozado por el Ejecutivo debería enviarse pronto al Congreso.

El segundo eslabón: Postergación del pago de dividendo

En lo concreto, el Gobierno facilitará la postergación del pago de dividendos de los créditos hipotecarios de las familias de clase media, por un plazo de hasta seis meses (incluyendo los dividendos que se hayan postergado a partir de abril), a través de una garantía estatal. Eso sí bajo ciertos criterios.

La garantía entregada obligará al Fisco a cubrir las nuevas cuotas postergadas en caso de haber pérdidas por incumplimiento y ejecución de la hipoteca, y tendrá una vigencia de 60 meses desde la postergación del crédito.

¿Y cuáles son esos ‘ciertos criterios’?

Bien. Los créditos elegibles son los siguientes: Créditos hipotecarios para primera vivienda; valor de la vivienda menor a UF 10.000 (Hasta $285.000.000) de acuerdo a la tasación original del crédito, lo que representa más del 90% de las primeras viviendas; y mora no superior a 29 días.

Por el lado de las personas elegibles figuran todos aquellos(as) jefes (as) de hogar que hayan sufrido una caída significativa de ingresos, porque están desempleados, o con contrato suspendido por Ley de Protección al Empleo o que sean independientes y declaren una caída significativa en sus ingresos. Es decir, esta postergación de dividendos es compatible con otras políticas públicas vigentes hoy día e incluso con las que que se plantean en este paquete.

Considerando las características de los créditos y las potenciales personas elegibles, estimaciones preliminares del Ministerio de Hacienda indican que los beneficiarios son 300.000 deudores y los dividendos postergados alcanzarían los US$ 650 millones.

Ajá, pero ¿ y qué dicen los bancos?

Según explicó el ministro de Hacienda, Ignacio Briones se acordó con los bancos que “toda persona que cumpla con ciertos requisitos básicos (revisar punto anterior) va a poder hacerse de una garantía estatal que le va permitir poder exigirle al banco que le haga una postergación de seis meses”.

En esta línea recalcó que en este caso “no es a criterio de banco, y sujeta a revisión. No, cuando se cumple con la condición de esta garantía, el banco accede automáticamente a hacer esta postergación. Esa es la novedad”, apuntó.

¿Y a qué tasa?

De acuerdo a lo explicado por el mismo Briones las condiciones del crédito se mantiene. “Cuando usted hace una postergación, eso se hace con las mismas condiciones originales y no bajo parámetros nuevos”, dijo.

¿Y si ya hice una postergación?

Si una persona ya lo hizo por seis meses no va a poder postergar a la luz de esta garantía otros seis meses más. Pero si hizo una postergación por tres meses, va a poder postergar tres meses adicionales de forma tal de completar los seis meses.

¿Cuando puedo solicitarlo?

Este al igual que el punto anterior todavía no están operativos porque sus tramitaciones son de índole legislativo y el proyecto no se ha ingresado.

¿Puedo hacer uso de dos medidas a la vez?

Sí. De hecho, el ministro Briones puso sobre la mesa el siguiente ejemplo: Hay una familia que antes de la crisis tenía ingresos por $2 millones al mes y producto de la contingencia estos bajaron a $1 millón y pese a esto todavía tiene que pagar un dividendo por $350 mil.

Bajo esta lógica, el ministro explicó que con la postergación del dividendo, esa familia “se olvida” que tiene que pagar esos $350 mil por seis meses, lo que supone un peso menos. Pero adicional a esto, se le permite en paralelo optar por un crédito mensual de $650 mil (que es el tope definido) por cuatro meses. Entonces, según explica, esa postergación, mas ese crédito al que accede, lleva a esa familia a recuperar ese millón que perdió. “Ese hogar por estos meses va a tener la liquidez que tenía en condiciones generales antes de esta caída de ingresos transitoria”, dijo.

El tercer eslabón: Ampliación de subsidios al arriendo

Como su nombre lo indica, se trata de una ampliación del programa de subsidios al arriendo vigente hoy día, y está dirigido a grupos familiares de ingresos bajos y medios con caída comprobada de ingresos superior al 30%, que no han obtenido con anterioridad al Subsidio de Arriendo y que no están cubiertos por el IFE 2.0.

Para los que resulten beneficiarios, se aumentará el monto a asignar desde $120.000 a $150.000 mensuales aproximadamente, y se ampliará el valor máximo de arriendo desde $315.000 a $400.000. Para este programa se consideran 50 mil subsidios por un plazo de tres meses, con un costo total de US$ 30 millones.

¿Cuando empieza a operar?

Al ser una ampliación de un programa ya vigente, no se necesita de tramitación legislativa, por lo que según aseguró el ministro de Vivienda Felipe Ward se podrá postular a partir del próximo lunes 13 de julio de manera online. Cada 15 días, harán cierres para ir seleccionando poco a poco a los beneficiarios, hasta completar los 50 mil cupos.

¿Cuáles son los requisitos?

Para postular, además de ser mayor de edad deberá encontrarse entre en 40% y 90% más vulnerable de la población; declarar el monto total de ingreso mensual familiar; y demostrar una baja de ingresos de hasta 30%. Asimismo, el postulante o algún integrante del grupo familiar debe declarar no ser propietario de una vivienda y por último, no pueden postular quienes presenten deudas con algún programa actualmente vigente con el Ministerio de Vivienda.

¿Los migrantes pueden acceder?

Sí. Según el Ministerio de Vivienda al ser consultado por este punto, indicó que la población migrante puede acceder a este beneficio siempre y cuando acrediten los requisitos anteriores y tengan su cédula de identidad para extranjeros vigente o vencida durante el año 2020.

El último eslabón: Crédito para la Educación Superior

Se abrirá un nuevo proceso excepcional de postulación al crédito para la educación superior (aún por definirse la fecha) dirigido a estudiantes que no cuenten con otros beneficios estudiantiles (ya sea gratuidad, beca y/o crédito) y que hayan visto menoscabada su situación financiera posteriormente al último proceso de postulación a beneficios estudiantiles de marzo de 2020.

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