La minuta de Hacienda que explica a quién favorece la reintegración
Según el informe, en la Operación Renta 2018 experimentaron un incremento en su tasa de impuesto personal por la sola razón de recibir utilidades provenientes de una empresa del sistema parcialmente integrado.
Tras el anuncio del proyecto de modernización tributaria del gobierno, han sido muchas las voces que han salido a opinar respecto de a quién favorece la reintegración total del sistema.
En ese sentido, se ha señalado que beneficia a un pequeño grupo de personas de mayores ingresos, es decir, los más ricos.
Para Hacienda esta discusión se ha centrado de forma errada en este grupo minoritario, razón por la cual elaboró una minuta explicando punto por punto los alcances de los cambios propuestos.
En ella explica que antes de la reforma del gobierno anterior, en Chile existía un sistema tributario totalmente integrado, en el cual la totalidad de los impuestos pagados por las empresas constituían un crédito de los impuestos pagados por las personas socias de dichas empresas.
"Con la reforma, se incorporó como alternativa un sistema parcialmente integrado, en el cual solo 65% del impuesto pagado por la empresa constituye un crédito para los impuestos finales pagados por las personas dueñas de dichas empresas", indica.
La minuta argumenta que en la práctica esto significó que todas las personas que tienen algún porcentaje, por mínimo que este sea, en la propiedad de una empresa, y reciben un dividendo o utilidad, experimentaron un incremento en su tasa de impuesto global complementario de 9,45%. "Incluso, quienes estaban exentos de pagar impuestos personales, por su bajo nivel de renta, debieron asumir este costo que afectó a todos los contribuyentes dueños de sociedades con sistema de integración parcial", señala.
Así, argumenta que la modernización tributaria implica una baja de 9,45% en las tasas de impuestos que pagan todas las personas propietarias de alguna empresa del sistema parcialmente integrado.
"Se ha tratado de instalar la idea de que estas personas representan el 1% de la población más rica de Chile, lo cual es absolutamente falso", argumenta Hacienda.
Según el informe, en la Operación Renta 2018 experimentaron un incremento en su tasa de impuesto personal por la sola razón de recibir utilidades provenientes de una empresa del sistema parcialmente integrado.
"Se trata de un total de 303.703 personas y, de esta cifra, la gran mayoría se concentra en los tramos de menores ingresos. De hecho, hay cerca de 80 mil personas (26% del total) que antes de la reforma del gobierno anterior estaban exentas de impuestos personales, porque ganan menos de $ 634 mil mensuales, y pasaron a pagar una sobretasa a consecuencia del sistema parcialmente integrado. A su vez, 276 mil personas, equivalentes al 91% de los socios de empresas que se verán beneficiadas con la reintegración del sistema, están en los cuatro primeros tramos del impuesto global complementario, con tasas de impuesto iguales o menores a 13,5%".
La minuta también desglosa que la tasa de impuesto personal de los de mayor ingreso también subió, pero este grupo incluye a 10.440 personas (3,4% del total), quienes pasarán de pagar una tasa de impuesto personal de 35% a una tasa de 44,45% (35%+9,45%).
Agrega que para este grupo la reintegración implicará un beneficio menor que el que se deriva directamente de la menor tasa de impuesto, toda vez que una parte importante no tributará por el impuesto sustitutivo del FUT que ya pagaron.
"Lo cierto es que la integración del sistema tributario es de toda justicia, por cuanto favorece con una reducción de la tasa de impuesto personal principalmente a personas de ingresos bajos y porque, además, restablece la equidad horizontal del sistema".
Agrega la minuta que la mayor tasa de impuesto que afecta actualmente a los dueños del capital castiga al emprendimiento y que con la reintegración, a igual renta, los dueños del capital y del trabajo pagan la misma tasa de impuesto.
Asimismo, explica que con la reintegración se eliminan las diferencias entre inversionistas locales y extranjeros, así como entre extranjeros con y sin tratados de doble tributación.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.